Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-13592)
Resolución de 23 de junio de 2025, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Jueves 3 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 87865

5.1.4 La falta de comparecencia de las personas aspirantes admitidas o la falta de
presentación de la documentación en este acto, implicará su exclusión automática del
proceso selectivo.
5.1.5 El/la secretario/a o el/la presidente/a, según se determine en el seno de la
comisión de acceso, será la persona responsable de la custodia de la documentación
depositada por las personas candidatas en el acto de presentación, desde el momento
de la presentación hasta la conclusión de las actuaciones de la comisión. A falta de
pronunciamiento, el custodio será el/la secretario/a.
Para acceder a la documentación, de acuerdo con lo indicado en la base 5.1.3, las
personas candidatas deberán dirigirse a la secretaría del centro en el que esté ubicada la
sede del departamento al que esté adscrita la plaza.
Concluidas las actuaciones de la comisión de acceso, el/la secretario/a del centro
citado en el párrafo anterior se hará cargo de la custodia de la documentación hasta la
finalización del concurso y, en su caso, posterior entrega a las personas interesadas. En
el supuesto de que se haya admitido a trámite alguna reclamación contra la propuesta de
nombramiento de la comisión de acceso, la documentación será remitida a través de
Her@ldo, mediante comunicación interna, a la Sección de Oposiciones, Concursos y
Reclamaciones de PDI del Servicio de Personal Docente e Investigador.
5.2

Proceso de selección.

Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de
parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera
de sus fases, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la
superación de las fases que hubieran quedado aplazadas. La realización de esta prueba
no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las personas
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por la comisión de acceso. En todo caso, la realización de la citada prueba
tendrá lugar antes de la publicación de la propuesta de provisión.

cve: BOE-A-2025-13592
Verificable en https://www.boe.es

5.2.1 El concurso de acceso constará de una única prueba, consistente en una
entrevista, realizada en sesión pública, de la comisión con cada persona candidata que,
teniendo en cuenta la adecuación del currículo de la persona candidata al perfil de la
plaza, su adaptación al tipo de tareas que han de realizarse y su propuesta de actuación
académica, permita valorar su historial académico, docente e investigador y su proyecto
docente e investigador, así como contrastar sus capacidades para la exposición y debate
en la correspondiente materia o especialidad.
En primer lugar, cada persona candidata, durante un tiempo máximo de 60 minutos,
realizará una exposición pública de la adecuación de su currículo docente e investigador
a las tareas docentes e investigadoras propias del perfil de la plaza y de su proyecto
docente.
Concluida la exposición oral, la comisión debatirá con la persona candidata durante
un tiempo máximo de tres horas.
La experiencia docente y la experiencia investigadora, incluyendo la de transferencia
e intercambio del conocimiento, tendrán una consideración análoga en el conjunto de los
criterios de valoración de los méritos a considerar.
5.2.2 Finalizada la prueba, cada miembro de la comisión entregará al/a la
presidente/a un informe razonado incluyendo la valoración numérica y ajustado a los
criterios previamente establecidos por la comisión, valorando, en todo caso, todos los
aspectos referidos en la base 5.2.1.
En los términos del artículo 34 del RD678 y de lo previsto en el reglamento, una vez
finalizado el proceso de selección y antes de elevar a la rectora la propuesta de
provisión, la comisión deberá elaborar y publicar en el e-TOUZ un documento con los
resultados de la evaluación de cada candidato o candidata, con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
5.2.3 Situaciones especiales relacionadas con el embarazo y parto.