Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-13592)
Resolución de 23 de junio de 2025, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Jueves 3 de julio de 2025
6.

Sec. II.B. Pág. 87866

Propuesta de provisión

6.1 La comisión encargada de juzgar el concurso de acceso propondrá a la rectora,
motivadamente y con carácter vinculante, una relación de las personas candidatas que
hayan superado el concurso por orden de preferencia para su nombramiento y sin que
se pueda exceder en la propuesta el número de plazas o dotaciones convocadas a
concurso. La comisión podrá proponer de manera motivada la no provisión de las plazas
convocadas.
La anterior propuesta se publicará en el e-TOUZ en un plazo máximo de dos días
después de concluir las pruebas.
6.2 Finalizadas las actuaciones de la comisión de selección, su secretario/a
entregará en el Servicio de Personal Docente e Investigador (Sección de Oposiciones,
Concursos y Reclamaciones de PDI) a través de Her@ldo, mediante comunicación
interna desde la secretaría del departamento, los documentos relativos a las actuaciones
de la comisión.
Simultáneamente, por el mismo medio, el/la secretario/a de la comisión de acceso
remitirá una copia de dichos documentos y toda la documentación aportada por las
personas candidatas al/a la secretario/a del centro en el que esté ubicada la sede del
departamento al que esté adscrita la plaza. Una vez finalizado con carácter firme el
procedimiento del concurso, la documentación podrá ser devuelta a las personas
candidatas si así lo solicitan. En todo caso, si transcurridos tres meses desde que el
procedimiento devenga firme sin que las personas interesadas hayan solicitado la
devolución de la documentación, se procederá a su destrucción, previa notificación.
7. Reclamaciones contra la propuesta de la comisión de acceso
7.1 Plazo, órgano competente, escrito de reclamación y alegaciones de las
personas interesadas.
Contra la propuesta de nombramiento realizada por la comisión de acceso, las
personas aspirantes podrán presentar reclamación ante la rectora en el plazo máximo de
diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de su publicación en el e-TOUZ.
La reclamación se presentará a través del registro electrónico de la Universidad y
deberá contener toda la información exigida en el artículo 66.1 de la L39/15 y, de manera
especial y con toda claridad, los hechos, razones y petición en que se concrete la
reclamación. A tal fin, las personas aspirantes tendrán acceso al expediente en la sede
del departamento al que esté adscrita la plaza objeto de la reclamación para lo cual la
persona interesada deberá concertar cita con la administración del departamento. Esta
consulta, en los supuestos en que, a juicio del departamento, resulte adecuado, podrá
realizarse por medios electrónicos.
Admisión a trámite de la reclamación y plazo de resolución.

Si la reclamación reúne los requisitos indicados en el apartado anterior, la rectora la
admitirá a trámite, se anunciará en el e-TOUZ y se remitirá al presidente de la Comisión
de Reclamaciones; en caso contrario, la rectora dictará resolución inadmitiendo la
reclamación y se notificará a la persona interesada.
Las personas participantes en el concurso de acceso dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación en el e-TOUZ de la
admisión a trámite, para formular las alegaciones que estimen procedentes ante la
Comisión de Reclamaciones.
La Comisión de Reclamaciones dispondrá de un plazo máximo de tres meses,
contados desde la fecha en que la reclamación sea notificada a su presidente, para
ratificar o no la propuesta de la comisión de acceso, tras lo que la rectora dictará la
correspondiente resolución. Trascurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución
expresa, la reclamación se entenderá desestimada.

cve: BOE-A-2025-13592
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