Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13625)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, E.P.E., para la gestión del Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 88113

la creación de un Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP) que tiene por
objeto prestar apoyo financiero para promover inversiones de carácter industrial.
II. Que de acuerdo a la mencionada D.A. 57.ª el FAIIP está adscrito al MINTUR través
de la Secretaría de Estado de Industria y le será de aplicación el régimen presupuestario,
económico financiero y contable, y de control previsto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria, para los fondos carentes de personalidad jurídica.
III. Que la mencionada D.A. 57.ª establece que la gestión del Fondo se encomienda
a SEPIDES y el procedimiento y condiciones aplicables a la gestión del FAIIP se
recogerá en un convenio que contendrá, además, los criterios de selección, concesión y
control de la financiación que otorgue.
IV. Que el control, seguimiento y participación del MINTUR en la gestión que realice
la entidad gestora corresponderá a la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Control
(en adelante también «la Comisión»).
V. Que con fecha de 19 de mayo de 2021 se publicó el convenio entre el MINTUR y
SEPIDES para la gestión del fondo de apoyo a la inversión industrial productiva. Este
convenio fue modificado parcialmente en una adenda al mismo publicada el 15 de
febrero de 2025 en lo referido fundamentalmente a la retribución de SEPIDES como
sociedad gestora.
VI. Que se ha producido un cambio de estructura del Ministerio de Industria y
Turismo en virtud del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales; el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales y el Real Decreto 409/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Industria y Turismo, así como la
transformación de SEPI Desarrollo Empresarial, SA, S.M.E. en SEPIDES E.P.E. hace
necesario modificar todas las referencias al Ministerio y a la Entidad pública para
adecuarlas a la estructura vigente.
VII. Que el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre por el que se adoptan
medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata,
reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en
Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre
de 2024, en su artículo 24 establece un mecanismo de financiación para empresas
afectadas por la DANA a través del Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial. Los
apartados 9 y 10 del citado artículo establecen que lo relativo a la gestión de la dotación
del Mecanismo y los gastos que deban imputarse al mismo se incluirán en el convenio
entre la Secretaría de Estado y SEPIDES para la gestión del FAIIP. Es necesario, por
tanto, incluir cláusulas referidas a estas cuestiones y a las características esenciales de
la financiación de este Mecanismo FAIIP DANA específico contenidas en el Real
Decreto-ley indicado.
VIII. Por todo ello, y transcurridos cuatro años de actividad del fondo que
recomiendan modificar o desarrollar adicionalmente otras cuestiones, como
determinadas condiciones de las operaciones de financiación o las funciones de
SEPIDES y la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Control, ambas partes acuerdan
suscribir un nuevo convenio, que sustituye y deja sin efecto el convenio formalizado con
fecha 11 de mayo de 2021, y su adenda única de fecha 15 de febrero de 2025, y que se
regirá por la siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Este convenio tiene por objeto dar cumplimiento al apartado cinco de la disposición
adicional quincuagésima séptima (D.A. 57.ª): El Convenio entre la Secretaría General de
Industria y PYME y SEPIDES deberá establecer el procedimiento y condiciones aplicables a
la gestión del Fondo, los derechos, obligaciones y tareas a desarrollar por la entidad gestora.

cve: BOE-A-2025-13625
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Núm. 159