Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-13755)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de «Estudios Científico-Técnicos en el desarrollo del Plan de Gestión de Riesgos y Adaptación al Cambio Climático de la Autoridad Portuaria de Bahía de Algeciras, 2024-2028».
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89521
Los intervinientes que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen
mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la formalización del presente
convenio y en su mérito,
MANIFIESTAN
I
Que la APBA es un organismo público de los previstos en la letra i) del apartado 2
del artículo 2 de la Ley General Presupuestaria, con personalidad jurídica y patrimonio
propios, y plena capacidad de obrar, dependiente del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible a través de Puertos del Estado, que se rige por su legislación
específica y por las disposiciones de la Ley General Presupuestaria que le sean de
aplicación.
Que la UPM es un Centro Público de Investigación de carácter multisectorial y
pluridisciplinario que desarrolla actividades de investigación y desarrollo científico y
tecnológico. La UPM, como Universidad Pública tiene encomendada las competencias
en materia de colaboración con entidades públicas y privadas con su personal docente e
investigador, basadas en el artículo 23 bis del Real Decreto-ley 8/2022, del 5 de abril, por
el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la contratación laboral del Sistema
Español de Ciencia y Tecnología e Innovación, realizando un servicio público en el marco
de educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio y tiene plena
personalidad jurídica y patrimonio propio para el desarrollo de sus funciones y la
consecución de sus fines.
II
Que la APBA en el ejercicio de sus competencias que le atribuye la Ley de Puertos,
posee, entre otras las descritas en el artículo 25 del TRLPEMM y puede realizar las
funciones que se detallan en el artículo 26 de la citada norma que, entre otras
cuestiones, dispone:
«Impulsar la formación de su personal y desarrollar estudios e investigaciones en
materia relacionada con la actividad portuaria y la protección del medio ambiente, así
como colaborar en ello con otros puertos, organizaciones o empresas, ya sean
nacionales o extranjeras.»
III
Que la APBA y la UPM han venido colaborando desde el año 2009 en diferentes
proyectos asociados a la docencia, realización de prácticas y distintas líneas de
investigación en el campo de ingeniería y explotación portuaria, operaciones portuarias,
gestión del riesgo y oceanografía física, dirigidos por el Dr. Rafael Molina Sánchez,
siendo la experiencia obtenida de esta colaboración muy satisfactoria y fructífera.
Que la metodología en gestión de riesgos a muy largo plazo, descrita por el Dr.
Rafael Molina y colaboradores ha sido validada científicamente a nivel internacional y de
directa aplicación al proyecto aquí conveniado, propicia el presente proyecto, con la
finalidad de aplicarla (y adaptarla si ello procediera) al contexto de la APBA, como una
apuesta firme de ésta para incentivar y aplicar herramientas de gestión de riesgos en el
contexto de la adaptación al cambio climático.
IV
Que los puertos son infraestructuras críticas al servicio de actividades económicas que
regularmente se ve expuestas a episodios de riesgos naturales a corto, medio y largo plazo.
La vulnerabilidad asociada a estos espacios portuarios y a sus operaciones, más allá de ser
cve: BOE-A-2025-13755
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89521
Los intervinientes que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen
mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la formalización del presente
convenio y en su mérito,
MANIFIESTAN
I
Que la APBA es un organismo público de los previstos en la letra i) del apartado 2
del artículo 2 de la Ley General Presupuestaria, con personalidad jurídica y patrimonio
propios, y plena capacidad de obrar, dependiente del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible a través de Puertos del Estado, que se rige por su legislación
específica y por las disposiciones de la Ley General Presupuestaria que le sean de
aplicación.
Que la UPM es un Centro Público de Investigación de carácter multisectorial y
pluridisciplinario que desarrolla actividades de investigación y desarrollo científico y
tecnológico. La UPM, como Universidad Pública tiene encomendada las competencias
en materia de colaboración con entidades públicas y privadas con su personal docente e
investigador, basadas en el artículo 23 bis del Real Decreto-ley 8/2022, del 5 de abril, por
el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la contratación laboral del Sistema
Español de Ciencia y Tecnología e Innovación, realizando un servicio público en el marco
de educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio y tiene plena
personalidad jurídica y patrimonio propio para el desarrollo de sus funciones y la
consecución de sus fines.
II
Que la APBA en el ejercicio de sus competencias que le atribuye la Ley de Puertos,
posee, entre otras las descritas en el artículo 25 del TRLPEMM y puede realizar las
funciones que se detallan en el artículo 26 de la citada norma que, entre otras
cuestiones, dispone:
«Impulsar la formación de su personal y desarrollar estudios e investigaciones en
materia relacionada con la actividad portuaria y la protección del medio ambiente, así
como colaborar en ello con otros puertos, organizaciones o empresas, ya sean
nacionales o extranjeras.»
III
Que la APBA y la UPM han venido colaborando desde el año 2009 en diferentes
proyectos asociados a la docencia, realización de prácticas y distintas líneas de
investigación en el campo de ingeniería y explotación portuaria, operaciones portuarias,
gestión del riesgo y oceanografía física, dirigidos por el Dr. Rafael Molina Sánchez,
siendo la experiencia obtenida de esta colaboración muy satisfactoria y fructífera.
Que la metodología en gestión de riesgos a muy largo plazo, descrita por el Dr.
Rafael Molina y colaboradores ha sido validada científicamente a nivel internacional y de
directa aplicación al proyecto aquí conveniado, propicia el presente proyecto, con la
finalidad de aplicarla (y adaptarla si ello procediera) al contexto de la APBA, como una
apuesta firme de ésta para incentivar y aplicar herramientas de gestión de riesgos en el
contexto de la adaptación al cambio climático.
IV
Que los puertos son infraestructuras críticas al servicio de actividades económicas que
regularmente se ve expuestas a episodios de riesgos naturales a corto, medio y largo plazo.
La vulnerabilidad asociada a estos espacios portuarios y a sus operaciones, más allá de ser
cve: BOE-A-2025-13755
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 160