Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13771)
Resolución de 20 de junio de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con Micromedia, SL, para establecer las condiciones de colaboración de ambas entidades en el Programa Kit Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89665
general, una serie de funciones con el objeto de contribuir al fomento y desarrollo de la
Economía y Sociedad Digital de España en todos los ámbitos de la actividad económica
y social, incluida la gestión de los fondos comunitarios, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 3 del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto
de la entidad pública empresarial Red.es.
II. Que mediante la Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la
Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas,
microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda
España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión
Europea– Next Generation EU (Programa Kit Digital), se incluyó como Categoría de
Solución de Digitalización el «Puesto de Trabajo Seguro».
El «Puesto de Trabajo Seguro» ofrece a microempresas y autónomos del Segmento
III (entre 0 y menos de 3 empleados) ordenadores de fabricantes que cumplen estrictos
estándares de calidad, rendimiento y sostenibilidad, incluyendo certificaciones
energéticas y de robustez. Estos equipos, diseñados para garantizar seguridad con
ciberprotección integrada y almacenamiento encriptado, aseguran la continuidad
operativa de las empresas.
III. Red.es ostenta la competencia para llevar a cabo las oportunas actuaciones de
verificación y control respecto de las entidades beneficiarias, a fin de constatar el
cumplimiento de los requisitos y condiciones dispuestos tanto en las Bases Reguladoras
como en la Convocatoria correspondiente.
En atención a dicha facultad, se considera que la formalización del presente
convenio, destinado a articular la colaboración con los fabricantes de hardware que
participan en el programa Kit Digital dentro de la categoría de Puesto de Trabajo Seguro,
contribuiría a mejorar el desarrollo del programa, la difusión del mismo así como la
puesta en marcha de verificaciones conjuntas orientadas a la detección y prevención de
eventuales prácticas fraudulentas.
IV. Por su parte, el fabricante está interesado en colaborar con las actuaciones de
verificación que conjuntamente se determinen sobre la Categoría de Solución de
Digitalización de «Puesto de Trabajo Seguro», con el objeto de conseguir un entorno
digital más seguro y confiable para los autónomos y micropymes españolas.
V. Adicionalmente, mediante este acuerdo, ambas partes están interesadas en la
realización conjunta de actividades de divulgación y promoción de la Categoría de
Solución de Digitalización «Puesto de Trabajo Seguro», con el objetivo de ampliar el
alcance de la iniciativa a un mayor número de microempresas y trabajadores autónomos
interesados en la incorporación de soluciones digitales que optimicen su productividad.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones que
regirán la colaboración entre las partes en dos ámbitos específicos: (i) la realización de
actuaciones de revisión y control orientadas a la prevención del fraude, y (ii) la ejecución
de acciones de difusión del Programa Kit Digital.
La colaboración se enfocará en actividades de control, verificación y supervisión
conjunta para garantizar la correcta ejecución del programa y prevenir posibles
irregularidades.
Por otro lado, las acciones de difusión se materializarán mediante actividades
conjuntas de divulgación y comunicación, con el propósito de informar a los potenciales
beneficiarios y partes interesadas, asegurando el cumplimiento efectivo de los objetivos
estratégicos y operativos definidos en el marco normativo del programa.
cve: BOE-A-2025-13771
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89665
general, una serie de funciones con el objeto de contribuir al fomento y desarrollo de la
Economía y Sociedad Digital de España en todos los ámbitos de la actividad económica
y social, incluida la gestión de los fondos comunitarios, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 3 del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto
de la entidad pública empresarial Red.es.
II. Que mediante la Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la
Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas,
microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda
España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión
Europea– Next Generation EU (Programa Kit Digital), se incluyó como Categoría de
Solución de Digitalización el «Puesto de Trabajo Seguro».
El «Puesto de Trabajo Seguro» ofrece a microempresas y autónomos del Segmento
III (entre 0 y menos de 3 empleados) ordenadores de fabricantes que cumplen estrictos
estándares de calidad, rendimiento y sostenibilidad, incluyendo certificaciones
energéticas y de robustez. Estos equipos, diseñados para garantizar seguridad con
ciberprotección integrada y almacenamiento encriptado, aseguran la continuidad
operativa de las empresas.
III. Red.es ostenta la competencia para llevar a cabo las oportunas actuaciones de
verificación y control respecto de las entidades beneficiarias, a fin de constatar el
cumplimiento de los requisitos y condiciones dispuestos tanto en las Bases Reguladoras
como en la Convocatoria correspondiente.
En atención a dicha facultad, se considera que la formalización del presente
convenio, destinado a articular la colaboración con los fabricantes de hardware que
participan en el programa Kit Digital dentro de la categoría de Puesto de Trabajo Seguro,
contribuiría a mejorar el desarrollo del programa, la difusión del mismo así como la
puesta en marcha de verificaciones conjuntas orientadas a la detección y prevención de
eventuales prácticas fraudulentas.
IV. Por su parte, el fabricante está interesado en colaborar con las actuaciones de
verificación que conjuntamente se determinen sobre la Categoría de Solución de
Digitalización de «Puesto de Trabajo Seguro», con el objeto de conseguir un entorno
digital más seguro y confiable para los autónomos y micropymes españolas.
V. Adicionalmente, mediante este acuerdo, ambas partes están interesadas en la
realización conjunta de actividades de divulgación y promoción de la Categoría de
Solución de Digitalización «Puesto de Trabajo Seguro», con el objetivo de ampliar el
alcance de la iniciativa a un mayor número de microempresas y trabajadores autónomos
interesados en la incorporación de soluciones digitales que optimicen su productividad.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones que
regirán la colaboración entre las partes en dos ámbitos específicos: (i) la realización de
actuaciones de revisión y control orientadas a la prevención del fraude, y (ii) la ejecución
de acciones de difusión del Programa Kit Digital.
La colaboración se enfocará en actividades de control, verificación y supervisión
conjunta para garantizar la correcta ejecución del programa y prevenir posibles
irregularidades.
Por otro lado, las acciones de difusión se materializarán mediante actividades
conjuntas de divulgación y comunicación, con el propósito de informar a los potenciales
beneficiarios y partes interesadas, asegurando el cumplimiento efectivo de los objetivos
estratégicos y operativos definidos en el marco normativo del programa.
cve: BOE-A-2025-13771
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 160