Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13709)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas de fomento e incentivos estatales a la cinematografía y al sector audiovisual, ejercicios 2020 y 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88677
Aunque en el componente se establece el efecto nulo de la inversión en el principio de no causar
un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales (o principio, DNSH), es destacable que
los perceptores de ayudas para la producción de largometrajes deben firmar una declaración
responsable por la que se comprometen a su respeto, lo que supone una incoherencia.
Además, en 2021, a pesar de haberse declarado la tramitación urgente de las ayudas a la
producción (tanto las selectivas como las generales), con la consiguiente reducción de plazos para
aportar documentación y subsanar deficiencias por parte de los solicitantes, el ICAA acabó
prorrogando el plazo para resolver la concesión de las ayudas selectivas, habiéndose comprobado
que la resolución definitiva de las ayudas se produjo a los seis meses de la publicación de la
convocatoria en el BOE, por tanto agotando el plazo legal establecido en la LGS para dictar tal
resolución.
Respecto de las ayudas para certámenes, se ha detectado que la norma reguladora dispone que
los beneficiarios deben hacer constar la colaboración del ICAA mediante la inserción del logotipo
facilitado a tal efecto, sin mencionar el logo de la financiación europea ni las obligaciones de
comunicación establecidas en el RDL 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del PRTR, ni
tampoco que los datos han de quedar a disposición de las autoridades europeas23.
Por lo que se refiere a las ayudas a las salas de exhibición del ejercicio 2021, la Conferencia
Sectorial de Cultura acordó, en junio de 2021, los términos de la ejecución por las CCAA, basándose
en la competencia asumida por estas en la materia. La tramitación de los criterios de reparto y
gestión requirió la autorización mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, tal como dispone el
artículo 86 de la LGP, en el que se reprodujeron los criterios adoptados previamente en dicha
conferencia. Según la memoria de gasto elaborada por el ICAA, el objetivo era contribuir, mediante
la transferencia del crédito a las CCAA, a mejorar la competitividad, competencia y resiliencia del
tejido empresarial y creativo del sector audiovisual, y en particular, de las salas de exhibición. Con
ello, y junto al resto de proyectos que forman parte de la inversión 1 del componente 25, “Programa
de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual”, se persigue transformar el actual
ecosistema audiovisual español en su conjunto. El objetivo cuantitativo individualizado mínimo a
lograr es el de apoyar entre el 60 y el 65 % de proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado
y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo
audiovisual de las salas de exhibición registradas en el ICAA. De entre los beneficiarios al menos
debe haber una PYME por CA.
Se establece la obligación de proporcionar la información de seguimiento señalada por la AGE,
tanto de la ejecución de gasto como de la consecución de objetivos y logro de los indicadores
asignados a cada Comunidad.
23
Según se recoge en el marco normativo aplicable a los fondos recibidos del MRR, España velará por que, previa
solicitud, la Comisión tenga pleno acceso a los datos pertinentes subyacentes que respalden la debida justificación de la
solicitud de pago, tanto para la evaluación de la solicitud de pago de conformidad con el artículo 24, apartado 3, del
Reglamento del MRR, como para fines de auditoría y control de conformidad con el artículo 22, apartado 2, letra e), del
Reglamento del MRR.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 26/10/2023
42
cve: BOE-A-2025-13709
Verificable en https://www.boe.es
La justificación de esta ayuda se basa en que las salas de cine necesitan renovar sus competencias
y prácticas, especialmente para animar al público a volver después de meses de cierre, de aforo
reducido y escasez de estrenos, así como ingresar nuevos enfoques de la experiencia del consumo
audiovisual para hacer frente a nuevas realidades en torno a la cultura, el público, la sociedad, el
desarrollo sostenible, los desequilibrios entre territorios, la tecnología y la industria.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88677
Aunque en el componente se establece el efecto nulo de la inversión en el principio de no causar
un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales (o principio, DNSH), es destacable que
los perceptores de ayudas para la producción de largometrajes deben firmar una declaración
responsable por la que se comprometen a su respeto, lo que supone una incoherencia.
Además, en 2021, a pesar de haberse declarado la tramitación urgente de las ayudas a la
producción (tanto las selectivas como las generales), con la consiguiente reducción de plazos para
aportar documentación y subsanar deficiencias por parte de los solicitantes, el ICAA acabó
prorrogando el plazo para resolver la concesión de las ayudas selectivas, habiéndose comprobado
que la resolución definitiva de las ayudas se produjo a los seis meses de la publicación de la
convocatoria en el BOE, por tanto agotando el plazo legal establecido en la LGS para dictar tal
resolución.
Respecto de las ayudas para certámenes, se ha detectado que la norma reguladora dispone que
los beneficiarios deben hacer constar la colaboración del ICAA mediante la inserción del logotipo
facilitado a tal efecto, sin mencionar el logo de la financiación europea ni las obligaciones de
comunicación establecidas en el RDL 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del PRTR, ni
tampoco que los datos han de quedar a disposición de las autoridades europeas23.
Por lo que se refiere a las ayudas a las salas de exhibición del ejercicio 2021, la Conferencia
Sectorial de Cultura acordó, en junio de 2021, los términos de la ejecución por las CCAA, basándose
en la competencia asumida por estas en la materia. La tramitación de los criterios de reparto y
gestión requirió la autorización mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, tal como dispone el
artículo 86 de la LGP, en el que se reprodujeron los criterios adoptados previamente en dicha
conferencia. Según la memoria de gasto elaborada por el ICAA, el objetivo era contribuir, mediante
la transferencia del crédito a las CCAA, a mejorar la competitividad, competencia y resiliencia del
tejido empresarial y creativo del sector audiovisual, y en particular, de las salas de exhibición. Con
ello, y junto al resto de proyectos que forman parte de la inversión 1 del componente 25, “Programa
de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual”, se persigue transformar el actual
ecosistema audiovisual español en su conjunto. El objetivo cuantitativo individualizado mínimo a
lograr es el de apoyar entre el 60 y el 65 % de proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado
y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo
audiovisual de las salas de exhibición registradas en el ICAA. De entre los beneficiarios al menos
debe haber una PYME por CA.
Se establece la obligación de proporcionar la información de seguimiento señalada por la AGE,
tanto de la ejecución de gasto como de la consecución de objetivos y logro de los indicadores
asignados a cada Comunidad.
23
Según se recoge en el marco normativo aplicable a los fondos recibidos del MRR, España velará por que, previa
solicitud, la Comisión tenga pleno acceso a los datos pertinentes subyacentes que respalden la debida justificación de la
solicitud de pago, tanto para la evaluación de la solicitud de pago de conformidad con el artículo 24, apartado 3, del
Reglamento del MRR, como para fines de auditoría y control de conformidad con el artículo 22, apartado 2, letra e), del
Reglamento del MRR.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 26/10/2023
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cve: BOE-A-2025-13709
Verificable en https://www.boe.es
La justificación de esta ayuda se basa en que las salas de cine necesitan renovar sus competencias
y prácticas, especialmente para animar al público a volver después de meses de cierre, de aforo
reducido y escasez de estrenos, así como ingresar nuevos enfoques de la experiencia del consumo
audiovisual para hacer frente a nuevas realidades en torno a la cultura, el público, la sociedad, el
desarrollo sostenible, los desequilibrios entre territorios, la tecnología y la industria.