Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13710)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de fiscalización de entidades del sector público empresarial estatal no financiero aprobados en el periodo 2016 a 2019.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88756
CUADRO N.º 4: RESOLUCIONES DE LA CNMC SOBRE LAS CONTABILIDADES ANALÍTICAS
DE CORREOS
2011
Fecha envío
de la
contabilidad
analítica
20/07/2012
2012
24/07/2013
2013
24/07/2014
16/07/2015
ago-15
15/12/2015
Revisión por ISDEFE
2014
23/07/2015
01/12/2016
ene-17
15/03/2018
Revisión realizada por empresa de auditoría
privada
2015
2016
2017
2018
2019
22/07/2016
24/07/2017
24/07/2018
24/07/2019
24/07/2020
13/01/2020
21/02/2020
20/02/2020
22/07/2021
14/09/2021
ene-20
feb-20
feb-20
jul-21
sep-21
18/02/2020
03/04/2020
28/04/2020
7/10/2021
4/11/2021
2020
23/07/2021
06/06/2022
jun-22
28/07/2022
N/D
N/D
Ejercicio
Fecha informe
auditoría
provisional
Fecha envío
alegaciones de
Correos al Informe
provisional
Fecha
resolución
CNMC
Observaciones
22/08/2014
sep-14
05/12/2014
La revisión de ambas contabilidades se realizó de
forma simultánea por parte de ISDEFE
2021
N/D
N/D
Fuente: Elaboración propia N/D: No disponible
Revisión simultánea realizada por empresa de
auditoría privada
Revisión simultánea realizada por empresa de
auditoría privada
Revisión simultánea realizada por empresa de
auditoría privada
N/D
La Resolución del 28 de julio de 2022 concluye que la aplicación del sistema de contabilidad de
costes utilizado por Correos para el ejercicio 2020 es, en general, conforme a los principios
contables generales establecidos en la Orden FOM/2447/2004 antes mencionada, excepción hecha
de los cálculos relativos al servicio de las notificaciones administrativas imputadas incorrectamente
dentro del apartado de cartas certificadas, cuando no forman parte del Servicio Postal Universal y
requiere a la sociedad para que introduzca en su sistema de contabilidad de costes las
modificaciones oportunas y reformule el ejercicio 2020.
En consecuencia, en el ejercicio 2020 se han cumplido los plazos previstos en la Resolución de 15
de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo del Consejo
de Ministros de 1 de junio de 2021, que aprobó el Plan de Prestación del SPU.
El 24 de junio de 2022 la CNMC publicó en la Plataforma de Contratos del Sector Público el anuncio
de licitación para la contratación de Servicios de revisión y verificación del modelo de contabilidad
analítica de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., correspondiente a los ejercicios 2021,
2022 y 2023, que fue adjudicado el 12 de septiembre a una empresa de auditoría privada.
La recomendación se considera cumplida.
Se considera necesario que la prestación de los servicios postales por parte de Correos a sus
grandes clientes se realice siempre dentro del marco de contratos que se hayan firmado con
anterioridad a que tenga lugar dicha prestación, de modo que la posición negociadora de Correos
no se vea debilitada en el momento de fijar los precios definitivos a facturar a los clientes a los que
ya ha prestado sus servicios.
En términos generales los grandes clientes de Correos firman sus contratos con fecha de entrada
en vigor de la prestación el 1 de enero. Hasta ahora los contratos comerciales recogían una cláusula
de prórroga automática de 3 meses. Con el fin de subsanar la deficiencia planteada y dar
cumplimiento a la recomendación, a partir del ejercicio 2022, la negociación con los clientes se inicia
cve: BOE-A-2025-13710
Verificable en https://www.boe.es
II.6.2.4. RECOMENDACIÓN 4
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88756
CUADRO N.º 4: RESOLUCIONES DE LA CNMC SOBRE LAS CONTABILIDADES ANALÍTICAS
DE CORREOS
2011
Fecha envío
de la
contabilidad
analítica
20/07/2012
2012
24/07/2013
2013
24/07/2014
16/07/2015
ago-15
15/12/2015
Revisión por ISDEFE
2014
23/07/2015
01/12/2016
ene-17
15/03/2018
Revisión realizada por empresa de auditoría
privada
2015
2016
2017
2018
2019
22/07/2016
24/07/2017
24/07/2018
24/07/2019
24/07/2020
13/01/2020
21/02/2020
20/02/2020
22/07/2021
14/09/2021
ene-20
feb-20
feb-20
jul-21
sep-21
18/02/2020
03/04/2020
28/04/2020
7/10/2021
4/11/2021
2020
23/07/2021
06/06/2022
jun-22
28/07/2022
N/D
N/D
Ejercicio
Fecha informe
auditoría
provisional
Fecha envío
alegaciones de
Correos al Informe
provisional
Fecha
resolución
CNMC
Observaciones
22/08/2014
sep-14
05/12/2014
La revisión de ambas contabilidades se realizó de
forma simultánea por parte de ISDEFE
2021
N/D
N/D
Fuente: Elaboración propia N/D: No disponible
Revisión simultánea realizada por empresa de
auditoría privada
Revisión simultánea realizada por empresa de
auditoría privada
Revisión simultánea realizada por empresa de
auditoría privada
N/D
La Resolución del 28 de julio de 2022 concluye que la aplicación del sistema de contabilidad de
costes utilizado por Correos para el ejercicio 2020 es, en general, conforme a los principios
contables generales establecidos en la Orden FOM/2447/2004 antes mencionada, excepción hecha
de los cálculos relativos al servicio de las notificaciones administrativas imputadas incorrectamente
dentro del apartado de cartas certificadas, cuando no forman parte del Servicio Postal Universal y
requiere a la sociedad para que introduzca en su sistema de contabilidad de costes las
modificaciones oportunas y reformule el ejercicio 2020.
En consecuencia, en el ejercicio 2020 se han cumplido los plazos previstos en la Resolución de 15
de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo del Consejo
de Ministros de 1 de junio de 2021, que aprobó el Plan de Prestación del SPU.
El 24 de junio de 2022 la CNMC publicó en la Plataforma de Contratos del Sector Público el anuncio
de licitación para la contratación de Servicios de revisión y verificación del modelo de contabilidad
analítica de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., correspondiente a los ejercicios 2021,
2022 y 2023, que fue adjudicado el 12 de septiembre a una empresa de auditoría privada.
La recomendación se considera cumplida.
Se considera necesario que la prestación de los servicios postales por parte de Correos a sus
grandes clientes se realice siempre dentro del marco de contratos que se hayan firmado con
anterioridad a que tenga lugar dicha prestación, de modo que la posición negociadora de Correos
no se vea debilitada en el momento de fijar los precios definitivos a facturar a los clientes a los que
ya ha prestado sus servicios.
En términos generales los grandes clientes de Correos firman sus contratos con fecha de entrada
en vigor de la prestación el 1 de enero. Hasta ahora los contratos comerciales recogían una cláusula
de prórroga automática de 3 meses. Con el fin de subsanar la deficiencia planteada y dar
cumplimiento a la recomendación, a partir del ejercicio 2022, la negociación con los clientes se inicia
cve: BOE-A-2025-13710
Verificable en https://www.boe.es
II.6.2.4. RECOMENDACIÓN 4