Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13710)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de fiscalización de entidades del sector público empresarial estatal no financiero aprobados en el periodo 2016 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 88772

- Aprobación del nuevo Manual de Organización Interna.
- Difusión de notas de prensa con alta periodicidad y contacto más activo con la prensa.
- Análisis exhaustivo del precio de venta para ajustarlo al valor de mercado, con el fin de incentivar
la venta de los activos y no incurrir en pérdidas.
- Participación en webinar, foros y entrevistas.
Con la aplicación de estas medidas, se ha incrementado el alquiler de oficinas a nivel nacional hasta
alcanzar el 97,7 %. El 5 de marzo de 2021, formalizó con CORREOS un contrato de arrendamiento
de dos plantas del Edificio Génesis (Madrid) y veintiséis plazas de garaje, y el 12 de julio de 2021,
formalizó otro contrato de arrendamiento de una planta y 19 plazas de garaje en el Edifico Villa de
Madrid.
La recomendación se considera cumplida.
II.10.3. Seguimiento de la Resolución aprobada por la Comisión Mixta relativa al Informe de
Fiscalización de los procedimientos de gestión de los ingresos derivados de las
inversiones inmobiliarias de SEPIDES, ejercicios 2016 y 2017
La Comisión Mixta Congreso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas en su sesión
celebrada el 27 de octubre de 2022 aprobó una Resolución por la que acordó:
1.- Instar al Gobierno para que SEPIDES:
– Intensifique sus esfuerzos para disponer, a la mayor brevedad posible, de un inventario único,
detallado y completo de los bienes inmobiliarios de su titularidad.
– Analice la situación de aquellas viviendas de su propiedad sobre los que desconoce la identidad
de los usuarios o el título jurídico que les autoriza, en su caso, a su ocupación.
– Adopte las medidas oportunas para ir desprendiéndose de las viviendas mediante su enajenación,
o mediante la firma de algún tipo de convenio para su cesión o gestión por la entidad pública local
o autonómica que tenga encomendada la política de vivienda.
– Realice políticas activas de promoción de los bienes comercializados, complementarias a la
exclusiva publicación en su página web de su cartera inmobiliaria, de manera que pudiese contactar
con clientes potenciales y aumentar la concurrencia en la adjudicación de los contratos.

– Intensificar los esfuerzos para poder disponer a la mayor brevedad posible de un inventario único,
detallado y completo de los bienes inmobiliarios de su titularidad, en el que se incluya, para cada
uno de los bienes, su descripción; valoración contable (valor de adquisición, amortización
acumulada y deterioro, en su caso); situación actual de explotación (arrendado, para venta, para
alquilar o no comercializado); los ingresos que genera; y otros datos técnicos (fecha de adquisición,
referencia catastral, situación, anterior propietario, superficie, datos registrales, etc.).
– Por considerarse conveniente desde el punto de vista operativo, en aras de una mayor eficiencia,
y teniendo en cuenta que la gestión de las viviendas de su titularidad genera unos costes que
exceden en la mayoría de los casos a los rendimientos obtenidos, analizar la situación particular de
cada uno de estos activos y adoptar las medidas oportunas para ir desprendiéndose de ellos

cve: BOE-A-2025-13710
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2.- Instar a SEPIDES a: