Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13712)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en el informe de la fiscalización horizontal de la imposición y el cobro de sanciones en entidades con funciones de regulación y supervisión de mercados, ejercicios 2017 y 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88911
I. INTRODUCCIÓN
La “Fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en el informe de la fiscalización
horizontal de la imposición y el cobro de sanciones en entidades con funciones de regulación y
supervisión de mercados, ejercicios 2017 y 2018” se incluyó, a iniciativa del Tribunal de Cuentas,
en el Programa de Fiscalizaciones para 2023, aprobado por el Pleno en sesión de 21 de diciembre
de 2022.
Esta fiscalización se enmarca en el objetivo estratégico 1: “Contribuir al buen gobierno y a la mejora
de la actividad económico-financiera del sector público” del Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas
2018-2021, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 25 de abril de 2018 y, en particular, al
objetivo estratégico 1.1. “Realizar actuaciones que sirvan a las Cortes Generales y a las Asambleas
Legislativas de las comunidades autónomas para impulsar la adopción de medidas que contribuyan
a conseguir un sector público más racional y eficiente”, que contempla entre sus medidas la
necesidad de articular mecanismos que posibiliten la efectividad de las recomendaciones y la
“sistematización de la fiscalización de seguimiento de recomendaciones y resoluciones”, a cuyos
efectos se considera de especial relevancia efectuar el seguimiento del adecuado cumplimiento de
las recomendaciones formuladas en anteriores informes de fiscalización.
La fiscalización ha tenido como finalidad el seguimiento de las recomendaciones formuladas en el
“Informe de la fiscalización horizontal de la imposición y el cobro de sanciones en entidades con
funciones de regulación y supervisión de mercados, ejercicios 2017 y 2018” (Informe n.º 1.420),
aprobado por el Pleno en sesión de 25 de febrero de 2021, así como el seguimiento de la resolución
adoptada por la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas
en relación con dicho Informe, aprobada en su sesión de 29 de noviembre de 2022 y publicada en
el Boletín Oficial del Estado de 8 de marzo de 2023. De acuerdo con las Directrices Técnicas
aprobadas por el Pleno en su sesión de 29 de marzo de 2023, se configura como una fiscalización
de seguimiento, según lo dispuesto en las Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas,
aprobadas por el Pleno el 23 de diciembre de 2013, y se ha llevado a cabo con el único objetivo de
comprobar el grado de cumplimiento de las recomendaciones incluidas en el Informe de fiscalización
referido y en la correspondiente resolución de la Comisión Mixta.
En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras, no se han producido limitaciones que hayan
impedido el cumplimiento de los objetivos previstos, habiendo prestado las entidades fiscalizadas
una adecuada colaboración. La fiscalización se ha realizado de conformidad con lo establecido en
las Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas. La tramitación interna y los procedimientos
aplicados en la fiscalización se detallan en el Anexo II de este Informe.
cve: BOE-A-2025-13712
Verificable en https://www.boe.es
El ámbito subjetivo está constituido por las cuatro entidades a las que se dirigieron las
recomendaciones contenidas en el mencionado informe: la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia (CNMC), la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), el Banco de España
(BE) y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). El régimen jurídico básico de estas
cuatro entidades se desarrolla en el Anexo I de este Informe. Las recomendaciones incluidas en el
informe objeto de seguimiento, junto con lo acordado en la resolución adoptada por la Comisión
Mixta Congreso-Senado en relación con el mismo, constituyen el ámbito objetivo de la fiscalización.
En ese informe se efectuaban doce recomendaciones, dos de ellas comunes a las cuatro entidades
objeto de la fiscalización y las otras diez se distribuían de manera específica entre ellas (cinco para
la CNMC, dos para la AEPD, dos para el BE y una para la CNMV). El seguimiento efectuado se ha
referido a la situación a 30 de junio de 2023.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88911
I. INTRODUCCIÓN
La “Fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en el informe de la fiscalización
horizontal de la imposición y el cobro de sanciones en entidades con funciones de regulación y
supervisión de mercados, ejercicios 2017 y 2018” se incluyó, a iniciativa del Tribunal de Cuentas,
en el Programa de Fiscalizaciones para 2023, aprobado por el Pleno en sesión de 21 de diciembre
de 2022.
Esta fiscalización se enmarca en el objetivo estratégico 1: “Contribuir al buen gobierno y a la mejora
de la actividad económico-financiera del sector público” del Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas
2018-2021, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 25 de abril de 2018 y, en particular, al
objetivo estratégico 1.1. “Realizar actuaciones que sirvan a las Cortes Generales y a las Asambleas
Legislativas de las comunidades autónomas para impulsar la adopción de medidas que contribuyan
a conseguir un sector público más racional y eficiente”, que contempla entre sus medidas la
necesidad de articular mecanismos que posibiliten la efectividad de las recomendaciones y la
“sistematización de la fiscalización de seguimiento de recomendaciones y resoluciones”, a cuyos
efectos se considera de especial relevancia efectuar el seguimiento del adecuado cumplimiento de
las recomendaciones formuladas en anteriores informes de fiscalización.
La fiscalización ha tenido como finalidad el seguimiento de las recomendaciones formuladas en el
“Informe de la fiscalización horizontal de la imposición y el cobro de sanciones en entidades con
funciones de regulación y supervisión de mercados, ejercicios 2017 y 2018” (Informe n.º 1.420),
aprobado por el Pleno en sesión de 25 de febrero de 2021, así como el seguimiento de la resolución
adoptada por la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas
en relación con dicho Informe, aprobada en su sesión de 29 de noviembre de 2022 y publicada en
el Boletín Oficial del Estado de 8 de marzo de 2023. De acuerdo con las Directrices Técnicas
aprobadas por el Pleno en su sesión de 29 de marzo de 2023, se configura como una fiscalización
de seguimiento, según lo dispuesto en las Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas,
aprobadas por el Pleno el 23 de diciembre de 2013, y se ha llevado a cabo con el único objetivo de
comprobar el grado de cumplimiento de las recomendaciones incluidas en el Informe de fiscalización
referido y en la correspondiente resolución de la Comisión Mixta.
En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras, no se han producido limitaciones que hayan
impedido el cumplimiento de los objetivos previstos, habiendo prestado las entidades fiscalizadas
una adecuada colaboración. La fiscalización se ha realizado de conformidad con lo establecido en
las Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas. La tramitación interna y los procedimientos
aplicados en la fiscalización se detallan en el Anexo II de este Informe.
cve: BOE-A-2025-13712
Verificable en https://www.boe.es
El ámbito subjetivo está constituido por las cuatro entidades a las que se dirigieron las
recomendaciones contenidas en el mencionado informe: la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia (CNMC), la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), el Banco de España
(BE) y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). El régimen jurídico básico de estas
cuatro entidades se desarrolla en el Anexo I de este Informe. Las recomendaciones incluidas en el
informe objeto de seguimiento, junto con lo acordado en la resolución adoptada por la Comisión
Mixta Congreso-Senado en relación con el mismo, constituyen el ámbito objetivo de la fiscalización.
En ese informe se efectuaban doce recomendaciones, dos de ellas comunes a las cuatro entidades
objeto de la fiscalización y las otras diez se distribuían de manera específica entre ellas (cinco para
la CNMC, dos para la AEPD, dos para el BE y una para la CNMV). El seguimiento efectuado se ha
referido a la situación a 30 de junio de 2023.