Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13717)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del seguimiento de las recomendaciones incluidas en los informes relativos al Área de Administración Económica del Estado, ejercicio 2020.
64 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 89306

El MHFP ha manifestado que, desde la IGAE, en la fase de alegaciones, se comunicó que las
auditorías públicas se planifican en función de los riesgos detectados tanto por las intervenciones
delegadas como por parte de los servicios centrales en un proceso que conlleva la asignación de
recursos escasos a las diversas actuaciones de control, muchas de ellas obligatorias como son las
auditorías de cuentas anuales. Además, ha comunicado que en el Plan de Control financiero
permanente para 2021, se incluyeron, con base en los riesgos revelados, actuaciones de control
financiero permanente en 18 organismos públicos relativas a los aspectos estratégicos de la entidad
(incluido el aspecto presupuestario). Respecto de estos controles, ha indicado que, no se configuran
como el control de programas presupuestarios previsto en la Orden de 14 de julio de 1992 sino que
tienen un alcance más amplio, si bien, se analizarán componentes propios de ese tipo de control de
seguimiento de programas presupuestarios.
Valoración
Si bien no se han adoptado unas medidas de seguimiento presupuestario específico en los términos
recogidos en la recomendación, la IGAE ha incorporado en el Plan de Control financiero permanente
para 2021 actuaciones de control financiero permanente en 18 organismos públicos que incluyen
aspectos presupuestarios de control. Por tanto, teniendo en cuenta estas nuevas actuaciones, la
recomendación puede considerarse cumplida parcialmente.
Recomendación 11: Se facilite a los gestores de programas presupuestarios los medios necesarios
para la implantación de sistemas de control de gestión y de contabilidad analítica que permitan
cuantificar los costes de las distintas actividades desarrolladas y valorar los indicadores y, a partir
del análisis de las desviaciones, suministrar información para la toma de decisiones.
A lo largo del informe se ponen de manifiesto las deficiencias en la determinación de objetivos e
indicadores que se considera que se podrían corregir mediante la implantación de sistemas de
control de gestión y de contabilidad analítica.
El MHFP ha manifestado que, según su apreciación de lo establecido en la Orden EHA/3067/2011,
de 8 de noviembre, regla 32 de especialidades de la memoria, punto 22.8 Balance de resultados e
informe de gestión12, la información de los costes en términos de gasto presupuestario, previsto y
realizado, ya figuran en la memoria, por lo que para facilitar la cumplimentación de esta información
no se considera necesaria la implantación de una contabilidad analítica.
El Ministerio manifiesta en sus alegaciones que el Sistema de Contabilidad Analítica Normalizada
para las Organizaciones Administrativas (conocido como CANOA), está implantado en los
organismos y entes del sector público administrativo estatal. Este sistema facilita información sobre
el cálculo de los costes de las actividades realizadas, así como los indicadores de gestión definidos,
constituyendo un apoyo para la adopción de decisiones por los gestores públicos.

A pesar de lo manifestado por el Ministerio, en los resultados de la fiscalización cuyas
recomendaciones son objeto de seguimiento, se concluyó que no estaba generalizada la
elaboración y publicación de balances de resultados e informe de gestión completos y coherentes
en las cuentas anuales de los entes analizados. Además, la heterogeneidad en la información que
12

Se incluirán los balances de resultados e informes de gestión que los centros gestores del gasto responsables de los
distintos programas presupuestarios deben formular, en los que se informará, dentro de cada programa, del grado de
realización de los objetivos, los costes en términos de gasto presupuestario (previsto y realizado) en los que se ha incurrido
para su realización y las desviaciones físicas y financieras, tanto absolutas como en porcentaje de lo realizado sobre lo
previsto, que, en su caso, se hubieran producido.

cve: BOE-A-2025-13717
Verificable en https://www.boe.es

Valoración