Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13717)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del seguimiento de las recomendaciones incluidas en los informes relativos al Área de Administración Económica del Estado, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89322
SOROLLA; y que se modifique, asimismo, el modelo de arqueo de caja de manera, que se suscriba
por el jefe de la unidad administrativa a la que esté adscrita la caja pagadora, además de por el
propio cajero pagador, para establecer una adecuada segregación de funciones.
El MHFP ha manifestado que se ha iniciado la modificación normativa y se encuentra en fase de
tramitación.
Valoración
A la vista de lo anterior, se considera que la recomendación debe continuar en curso.
Recomendación 2: Se considera conveniente analizar la oportunidad de la implantación, con las
garantías necesarias, del procedimiento previsto en la Resolución de 19 de septiembre de 2012 de
la IGAE, para la tramitación, en todas sus fases, de los modelos normalizados de cuentas
justificativas de los pagos a justificar y para la reposición de anticipos de caja fija en soporte fichero,
con el objeto de lograr, entre otros aspectos, una reducción de los tiempos de tramitación de las
cuentas, así como una reducción significativa de la probabilidad de extravío de la documentación.
Asimismo, sería igualmente conveniente valorar la implantación del procedimiento previsto en la
Resolución de 10 de junio de 2015, conjunta de la IGAE y de la Secretaria General del Tesoro y
Política Financiera, en todas las unidades de las que dependan cajas en el extranjero, para llevar a
cabo la remisión electrónica de la información de la cuenta de gestión (respecto a las cajas que se
encuentren en el extranjero), sin perjuicio de desarrollar también un procedimiento similar en el
ámbito nacional para la remisión de la información contenida en los estados de situación de
tesorería.
En relación con la primera parte de la recomendación, el MHFP ha manifestado de que se ha
procedido al establecimiento de modelos normalizados de cuentas justificativas de los pagos a
justificar y para la reposición de anticipos de caja fija en soporte fichero. En este sentido, el MHFP
ha comunicado que la Orden HAC/552/2019, de 11 de abril, modificó entre otras la Orden del
Ministerio de Economía y Hacienda de 1996 que regula los documentos contables a utilizar por la
AGE, reguló la obligación de utilizar documentos contables electrónicos, justificantes de las
transacciones en soporte electrónico y medios electrónicos para el registro en el SIC de todas las
transacciones realizadas en el ámbito de la AGE, siendo aplicable a partir de 1 de febrero de 2020.
Respecto a la recomendación en relación con la remisión electrónica de la información de la cuenta
de gestión que fue dirigida a las unidades de las que dependen cajas en el extranjero, el MHFP ha
informado de que únicamente figura operativo el procedimiento de remisión electrónica para las
unidades en el exterior que trabajen con SOROLLA.
Valoración
CONCLUSIONES
1. El estado de cumplimento de las recomendaciones formuladas en los informes de fiscalización
objeto de seguimiento en el presente informe se expone a continuación mediante un cuadro
sinóptico de resultados de la fiscalización, que contiene la valoración del estado de implementación
cve: BOE-A-2025-13717
Verificable en https://www.boe.es
Si bien se han llevado a cabo las acciones necesarias para implantar modelos normalizados de
cuentas justificativas de los pagos a justificar y para la reposición de anticipos de caja fija en soporte
fichero, no se ha podido implantar un procedimiento de remisión electrónica para todas las unidades
de las que dependan cajas en el extranjero no integradas en SOROLLA, por lo que en términos
globales la recomendación se considera cumplida parcialmente.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89322
SOROLLA; y que se modifique, asimismo, el modelo de arqueo de caja de manera, que se suscriba
por el jefe de la unidad administrativa a la que esté adscrita la caja pagadora, además de por el
propio cajero pagador, para establecer una adecuada segregación de funciones.
El MHFP ha manifestado que se ha iniciado la modificación normativa y se encuentra en fase de
tramitación.
Valoración
A la vista de lo anterior, se considera que la recomendación debe continuar en curso.
Recomendación 2: Se considera conveniente analizar la oportunidad de la implantación, con las
garantías necesarias, del procedimiento previsto en la Resolución de 19 de septiembre de 2012 de
la IGAE, para la tramitación, en todas sus fases, de los modelos normalizados de cuentas
justificativas de los pagos a justificar y para la reposición de anticipos de caja fija en soporte fichero,
con el objeto de lograr, entre otros aspectos, una reducción de los tiempos de tramitación de las
cuentas, así como una reducción significativa de la probabilidad de extravío de la documentación.
Asimismo, sería igualmente conveniente valorar la implantación del procedimiento previsto en la
Resolución de 10 de junio de 2015, conjunta de la IGAE y de la Secretaria General del Tesoro y
Política Financiera, en todas las unidades de las que dependan cajas en el extranjero, para llevar a
cabo la remisión electrónica de la información de la cuenta de gestión (respecto a las cajas que se
encuentren en el extranjero), sin perjuicio de desarrollar también un procedimiento similar en el
ámbito nacional para la remisión de la información contenida en los estados de situación de
tesorería.
En relación con la primera parte de la recomendación, el MHFP ha manifestado de que se ha
procedido al establecimiento de modelos normalizados de cuentas justificativas de los pagos a
justificar y para la reposición de anticipos de caja fija en soporte fichero. En este sentido, el MHFP
ha comunicado que la Orden HAC/552/2019, de 11 de abril, modificó entre otras la Orden del
Ministerio de Economía y Hacienda de 1996 que regula los documentos contables a utilizar por la
AGE, reguló la obligación de utilizar documentos contables electrónicos, justificantes de las
transacciones en soporte electrónico y medios electrónicos para el registro en el SIC de todas las
transacciones realizadas en el ámbito de la AGE, siendo aplicable a partir de 1 de febrero de 2020.
Respecto a la recomendación en relación con la remisión electrónica de la información de la cuenta
de gestión que fue dirigida a las unidades de las que dependen cajas en el extranjero, el MHFP ha
informado de que únicamente figura operativo el procedimiento de remisión electrónica para las
unidades en el exterior que trabajen con SOROLLA.
Valoración
CONCLUSIONES
1. El estado de cumplimento de las recomendaciones formuladas en los informes de fiscalización
objeto de seguimiento en el presente informe se expone a continuación mediante un cuadro
sinóptico de resultados de la fiscalización, que contiene la valoración del estado de implementación
cve: BOE-A-2025-13717
Verificable en https://www.boe.es
Si bien se han llevado a cabo las acciones necesarias para implantar modelos normalizados de
cuentas justificativas de los pagos a justificar y para la reposición de anticipos de caja fija en soporte
fichero, no se ha podido implantar un procedimiento de remisión electrónica para todas las unidades
de las que dependan cajas en el extranjero no integradas en SOROLLA, por lo que en términos
globales la recomendación se considera cumplida parcialmente.