Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13714)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones del informe de fiscalización de la Mancomunidad de Los Alcores para la gestión de los residuos sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 88988

Valoración:
Por lo expuesto, se considera no cumplida la recomendación 12 formulada por el Tribunal de
Cuentas, al no haberse adoptado medidas conducentes a su resolución.
II.5.2. Recomendación 13:
Debería profundizar en los avances iniciados en los ejercicios 2018 y 2019 hacia una mayor
regularidad en la contratación, eliminando el uso de la contratación verbal, salvo en caso de
emergencia, sujetando los contratos menores a los supuestos previstos en la normativa y
no acudiendo al procedimiento de urgencia si no está debidamente justificado.
En el Informe de fiscalización de la Mancomunidad de los Alcores para la gestión de los residuos
sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019, se puso de manifiesto que la Mancomunidad había acudido
de forma generalizada en el periodo fiscalizado a la adjudicación directa mediante contratos
verbales y menores −el 98,10 % de los contratos y el 72,07 % del importe−, empleándose solo otros
procedimientos en un 1,9 % del número total de contratos. Asimismo, se apreció un avance en los
ejercicios 2018 y 2019 hacia una mayor regularidad en la contratación, aumentando el número de
contratos menores y reduciéndose correlativamente el recurso a la contratación verbal.
Examinada la contratación celebrada en los ejercicios siguientes12 −ejercicios 2020 a 2022−, se ha
constatado que la Mancomunidad ha continuado acudiendo a la adjudicación directa mediante
contratos menores y verbales, a pesar de que tanto la contratación menor como la contratación
verbal son procedimientos que no garantizan la aplicación de los principios de publicidad y
concurrencia, y que, por otra parte, no incorporan las actuaciones preparatorias necesarias para
una correcta definición del contenido contractual.
En el Anexo 3 se detallan los contratos celebrados por la Mancomunidad en los ejercicios 2017 a
2022, a fin de ofrecer una visión global de la contratación celebrada por la entidad y su evolución
desde 2017 (primer ejercicio que fue examinado por este Tribunal en el Informe que es objeto de
seguimiento) hasta 2022.

12

Los contratos celebrados en el ejercicio 2022 tenidos en cuenta en este Epígrafe y en sus Anexos son los contenidos
en la relación de contratos remitida al Tribunal de Cuentas en el curso de la fiscalización.

cve: BOE-A-2025-13714
Verificable en https://www.boe.es

Según se expone en ese Anexo, la Mancomunidad celebró en los ejercicios siguientes a los
fiscalizados en el anterior Informe −ejercicios 2020 a 2022−, 162 contratos menores, por importe de
1.492.380,16 euros, y 20 contratos verbales, por importe de 469.062,73 euros, lo que supone que
el 97,85 % de los contratos fuera adjudicado de esta forma, alcanzando su importe de adjudicación
el 73,13 % del total. Solo cuatro contratos celebrados en 2022, un 2,15 % del total, se adjudicaron
por otros procedimientos.