Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13714)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones del informe de fiscalización de la Mancomunidad de Los Alcores para la gestión de los residuos sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 88987

Respecto del resto de información a suministrar al Ministerio de Hacienda y Función Pública, consta
el envío del informe de morosidad correspondiente al tercer trimestre del ejercicio 2022, de la
información trimestral sobre ejecución del presupuesto correspondientes al primer, tercer y cuarto
trimestre de 2022, del periodo medio de pago del primer y tercer trimestre de 2022 y del coste de
los servicios de 2021.
Valoración:
A la vista de lo expuesto, la recomendación 11 se considera que se encuentra cumplida
parcialmente, en la medida en que se observa un cierto avance en la elaboración y envío de los
informes requeridos por la Ley 15/2010, al igual que del resto de la información económicofinanciera establecida en la Orden HAP/2105/2012.
II.5. SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES REFERIDAS A LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
II.5.1. Recomendación 12:
Debería identificar y planificar sus necesidades contractuales para cada ejercicio y las
actuaciones necesarias para cubrirlas, de forma que se garantice la correcta preparación y
adjudicación de los contratos por los procedimientos legalmente previstos.
En el Informe de fiscalización de la Mancomunidad de los Alcores para la gestión de los residuos
sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019, se acreditó la existencia de una deficiente gestión
contractual en la entidad, como consecuencia de la carencia de los medios y la organización
necesarios para la adecuada planificación de la contratación y para la correcta preparación y
adjudicación de los contratos por los procedimientos legales ordinarios.
La Mancomunidad no ha subsanado dicha deficiencia, pues no ha aportado documentación alguna
que acredite el uso de herramientas dirigidas a planificar su actividad contractual desde la
aprobación del citado Informe.
Únicamente ha proporcionado un documento elaborado exclusivamente a efectos de la
fiscalización, en la que se relacionan diecinueve contratos que están previstos celebrar en el
ejercicio 2023, así como documentación preparatoria de cinco de ellos, todos ellos sin aprobar y
mayoritariamente sin firma.

La falta de dicha planificación también se refleja en el uso de la contratación menor para atender
sus necesidades, cuando, en algunos casos −que se analizarán al abordar la recomendación 13 en
el Epígrafe II.5.2−, podría haberse efectuado una contratación única por el importe conjunto de las
prestaciones que constituyen un mismo objeto contractual, práctica que ya se cuestionó en el
Informe de fiscalización cuyas recomendaciones son objeto de seguimiento.

cve: BOE-A-2025-13714
Verificable en https://www.boe.es

Precisamente uno de los contratos relacionados es el de telefonía e internet para la Mancomunidad.
Este servicio se contrató en 2019 y su vigencia finaliza en julio de 2023, una vez agotadas las dos
prórrogas estipuladas en los pliegos. Según la información facilitada en el curso de la fiscalización,
la entidad prevé comenzar en esa fecha una nueva licitación, lo que evidencia una insuficiente
planificación del servicio, teniendo en cuenta que el tiempo que se precisa para la tramitación de
ese nuevo expediente se prolongará más allá de la fecha de finalización del contrato ahora vigente.
Ello supone que, si el servicio continuara prestándose hasta que tuviera lugar la nueva contratación,
dicha prestación carecerá de cobertura contractual.