Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13714)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones del informe de fiscalización de la Mancomunidad de Los Alcores para la gestión de los residuos sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89011
Con respecto a las inversiones financieras, la cuenta 544 Créditos a corto plazo al personal,
presenta un saldo inicial y final contrario a su naturaleza, lo que indica que la entidad continúa
realizando un incorrecto registro contable de las operaciones de préstamos al personal.
En relación con los saldos de acreedores y otras cuentas a pagar a corto plazo destaca:
‒
La existencia de acreedores pendientes de pago por operaciones presupuestarias, con un
saldo de 532.626,04 euros de ejercicios cerrados, de los que, según la información contenida
en la Memoria, 408.383,08 euros corresponden a obligaciones pendientes de pago
reconocidas en los ejercicios 2014 y 2015 en concepto de Transferencias a otras Entidades
Locales Aportación Consorcio Central que no resultan exigibles como consecuencia de la
inactividad de dicha entidad, por lo que procedería la anulación de las mismas, y 113.260,74
euros a obligaciones pendientes de pago reconocidas en los ejercicios 2017 y 2018 en
concepto de aportaciones a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias.
‒
Se ha aumentado en el ejercicio 2019 el saldo de la cuenta 4130 Acreedores por
operaciones pendientes de aplicar al presupuesto en 93.407,58 euros, pasando
prácticamente a duplicar su saldo inicial que procedía de ejercicios anteriores a 2017. Esta
cuenta recoge las obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos
sin la preceptiva cobertura presupuestaria, por lo que debería procederse a su
regularización.
‒
Se ha incrementado en 2019 el saldo de la cuenta 554 Cobros pendientes de aplicación
presupuestaria en 378.577,42 euros, presentando un saldo final pendiente de regularización
de 533.555,12 euros, duplicando el saldo existente a 31 de diciembre de 2017.
Además, la Mancomunidad no ha remitido con la cuenta general del ejercicio 2019 las actas de
arqueo de las existencias en la caja referidas a fin de ejercicio ni las certificaciones de las
entidades bancarias de los saldos existentes a favor de la entidad, referidos a fin de ejercicio y
agrupados por nombre o razón social de la entidad bancaria, conforme establece la Regla 45.3
de la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción del
modelo normal de contabilidad local.
Valoración
Por lo expuesto, se considera no cumplida la recomendación 24 formulada por este Tribunal, ya que
no se han adoptado medidas conducentes a su resolución.
II.9. SEGUIMIENTO
TRANSPARENCIA
DE
RECOMENDACIONES
REFERIDAS
A
LA
NORMATIVA
DE
II.9.1. Recomendación 25:
La Mancomunidad de los Alcores sigue sin disponer de un Portal de Transparencia y de sede
electrónica. Su página web también continúa con similar contenido al indicado en el Informe de
fiscalización cuyas recomendaciones son objeto de seguimiento, con una información sumarísima
y algunas noticias relativas a la Mancomunidad.
cve: BOE-A-2025-13714
Verificable en https://www.boe.es
Debería tomar las medidas necesarias para dotarse de un portal de Transparencia y una Sede
Electrónica que permita a las distintos agentes públicos y privados y al ciudadano el acceso
a la información sobre su actividad.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89011
Con respecto a las inversiones financieras, la cuenta 544 Créditos a corto plazo al personal,
presenta un saldo inicial y final contrario a su naturaleza, lo que indica que la entidad continúa
realizando un incorrecto registro contable de las operaciones de préstamos al personal.
En relación con los saldos de acreedores y otras cuentas a pagar a corto plazo destaca:
‒
La existencia de acreedores pendientes de pago por operaciones presupuestarias, con un
saldo de 532.626,04 euros de ejercicios cerrados, de los que, según la información contenida
en la Memoria, 408.383,08 euros corresponden a obligaciones pendientes de pago
reconocidas en los ejercicios 2014 y 2015 en concepto de Transferencias a otras Entidades
Locales Aportación Consorcio Central que no resultan exigibles como consecuencia de la
inactividad de dicha entidad, por lo que procedería la anulación de las mismas, y 113.260,74
euros a obligaciones pendientes de pago reconocidas en los ejercicios 2017 y 2018 en
concepto de aportaciones a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias.
‒
Se ha aumentado en el ejercicio 2019 el saldo de la cuenta 4130 Acreedores por
operaciones pendientes de aplicar al presupuesto en 93.407,58 euros, pasando
prácticamente a duplicar su saldo inicial que procedía de ejercicios anteriores a 2017. Esta
cuenta recoge las obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos
sin la preceptiva cobertura presupuestaria, por lo que debería procederse a su
regularización.
‒
Se ha incrementado en 2019 el saldo de la cuenta 554 Cobros pendientes de aplicación
presupuestaria en 378.577,42 euros, presentando un saldo final pendiente de regularización
de 533.555,12 euros, duplicando el saldo existente a 31 de diciembre de 2017.
Además, la Mancomunidad no ha remitido con la cuenta general del ejercicio 2019 las actas de
arqueo de las existencias en la caja referidas a fin de ejercicio ni las certificaciones de las
entidades bancarias de los saldos existentes a favor de la entidad, referidos a fin de ejercicio y
agrupados por nombre o razón social de la entidad bancaria, conforme establece la Regla 45.3
de la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción del
modelo normal de contabilidad local.
Valoración
Por lo expuesto, se considera no cumplida la recomendación 24 formulada por este Tribunal, ya que
no se han adoptado medidas conducentes a su resolución.
II.9. SEGUIMIENTO
TRANSPARENCIA
DE
RECOMENDACIONES
REFERIDAS
A
LA
NORMATIVA
DE
II.9.1. Recomendación 25:
La Mancomunidad de los Alcores sigue sin disponer de un Portal de Transparencia y de sede
electrónica. Su página web también continúa con similar contenido al indicado en el Informe de
fiscalización cuyas recomendaciones son objeto de seguimiento, con una información sumarísima
y algunas noticias relativas a la Mancomunidad.
cve: BOE-A-2025-13714
Verificable en https://www.boe.es
Debería tomar las medidas necesarias para dotarse de un portal de Transparencia y una Sede
Electrónica que permita a las distintos agentes públicos y privados y al ciudadano el acceso
a la información sobre su actividad.