Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13708)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la situación financiera de determinados ayuntamientos de municipios de más de 100.000 habitantes con un elevado nivel de endeudamiento en los ejercicios 2020 y 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 88508

que puedan producirse, adoptando las medidas necesarias para su adecuado
cumplimiento, en aras de garantizar su sostenibilidad financiera.
5. Instar a los Ayuntamientos de Algeciras, Jaén, Jerez de la Frontera y Parla, que
presentaban un elevado nivel de endeudamiento en el periodo fiscalizado en los
ejercicios 2020 y 2021 a:
– Adoptar todas las medidas necesarias para reducir su nivel de endeudamiento,
incluida la deuda comercial, y la carga financiera derivada del mismo, con el fin de
garantizar su sostenibilidad financiera, en especial, a partir del ejercicio 2024, como
consecuencia de la entrada en vigor nuevamente de las reglas fiscales de la Unión
Europea.
– Llevar a cabo actuaciones dirigidas específicamente a la reducción de su periodo
medio de pago a proveedores, incluyendo la actualización de sus planes de tesorería,
así como adoptarse las decisiones adecuadas que refuercen los mecanismos de alerta y
de seguimiento de los incumplimientos de los límites del periodo medio de pago a
proveedores.
– Realizar los esfuerzos necesarios para proceder a una adecuada planificación
económico-financiera y presupuestaria y para dar cumplimiento a los compromisos
adquiridos y a las condiciones exigidas por el Ministerio de Hacienda y Función Pública
con ocasión de la emisión de los informes preceptivos y vinculantes previos a la
aprobación de los presupuestos, o a la prórroga de los mismos, adoptando las medidas
previstas en los correspondientes planes de ajuste aprobados.
– Elaborar un plan para habilitar crédito a lo largo de varios ejercicios, que permita la
aplicación a su presupuesto de las operaciones registradas que se encuentren
pendientes de imputación, incluyendo las operaciones abonadas y contabilizadas como
pagos pendientes de aplicación.
– Revisar y actualizar con el mayor rigor posible los objetivos y les medidas
contenidas en sus planes de ajuste en vigor, con arreglo a los criterios de la Intervención
local y la condicionalidad exigida por el Ministerio de Hacienda y Función Pública y, en su
caso, por el órgano de tutela financiera de la comunidad autónoma.
– Reforzar los mecanismos de seguimiento y control de su ejecución, para corregir
las desviaciones que puedan producirse, adoptando las medidas necesarias para su
adecuado cumplimiento, en aras de garantizar su sostenibilidad financiera.
6. Instar al Tribunal de Cuentas a realizar un informe sobre las propias necesidades
financieras que precisan las entidades locales de nuestro país.
Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de marzo de 2025.–El Presidente de la
Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión,
Salvador de Foronda Vaquero.

cve: BOE-A-2025-13708
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