Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-13758)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXIX Convenio colectivo de Bimbo, SAU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89578
– Los valores económicos del CPC se ajustarán a las revisiones económicas que se
establezcan expresamente por las partes en la negociación colectiva.
– Una vez estén debidamente integradas las cantidades que correspondían a cada
trabajador/a en febrero de 2013, este complemento pasó a denominarse CPIH, al ser
una cantidad que se percibe por razones históricas y de forma individual en función de la
situación particular de cada trabajador/a que tienen derecho a cobrar la misma. Este
complemento por su propia naturaleza no será compensable ni absorbible.
– La cantidad diaria que corresponda a cada trabajador/a por el CPIH a partir de
febrero de 2013, se establecerá en función del valor anual del mismo dividido por 477
para el personal directo que cobra salario diario (365 días más el importe de 4 pagas
de 28 días); y para el personal indirecto o que cobra salario mensual a razón de 30 días,
se adaptará este cálculo diario a su situación de pagos mensuales de 30 días y pagas
extras.
ANEXO V
Tabla salarios brutos diarios
Pago
Nivel Salarial
Sal. Base Dia
Plus Conv. Dia
Total Dia
M
S
67,34
16,83
84,17
M
M
60,86
15,21
76,07
D
O1
48,43
12,10
60,53
D
O2
45,97
11,49
57,46
E1
45,97
11,49
57,46
E2
45,58
11,39
56,97
D
E3
43,80
10,95
54,75
M
SD
65,90
16,48
82,38
M
JE
63,05
15,76
78,81
M
D
60,86
15,21
76,07
M
S
67,34
16,83
84,17
D
T
59,15
14,79
73,94
O1
55,78
13,95
69,73
D
E
49,83
12,46
62,29
D
A
44,14
11,03
55,17
M
SR
65,90
16,48
82,38
M
S
63,05
15,76
78,81
O1
48,36
12,09
60,45
D
O2
46,59
11,65
58,23
D
O3
43,80
10,95
54,75
M
A
60,86
15,21
76,07
R
48,36
12,09
60,45
P
45,10
11,28
56,38
D
D
D
D
D
D
Dpto
Producc-Distribución.
Mantenimiento.
Taller Vehículos.
Serv. Compl.
cve: BOE-A-2025-13758
Verificable en https://www.boe.es
Valores año 2021
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89578
– Los valores económicos del CPC se ajustarán a las revisiones económicas que se
establezcan expresamente por las partes en la negociación colectiva.
– Una vez estén debidamente integradas las cantidades que correspondían a cada
trabajador/a en febrero de 2013, este complemento pasó a denominarse CPIH, al ser
una cantidad que se percibe por razones históricas y de forma individual en función de la
situación particular de cada trabajador/a que tienen derecho a cobrar la misma. Este
complemento por su propia naturaleza no será compensable ni absorbible.
– La cantidad diaria que corresponda a cada trabajador/a por el CPIH a partir de
febrero de 2013, se establecerá en función del valor anual del mismo dividido por 477
para el personal directo que cobra salario diario (365 días más el importe de 4 pagas
de 28 días); y para el personal indirecto o que cobra salario mensual a razón de 30 días,
se adaptará este cálculo diario a su situación de pagos mensuales de 30 días y pagas
extras.
ANEXO V
Tabla salarios brutos diarios
Pago
Nivel Salarial
Sal. Base Dia
Plus Conv. Dia
Total Dia
M
S
67,34
16,83
84,17
M
M
60,86
15,21
76,07
D
O1
48,43
12,10
60,53
D
O2
45,97
11,49
57,46
E1
45,97
11,49
57,46
E2
45,58
11,39
56,97
D
E3
43,80
10,95
54,75
M
SD
65,90
16,48
82,38
M
JE
63,05
15,76
78,81
M
D
60,86
15,21
76,07
M
S
67,34
16,83
84,17
D
T
59,15
14,79
73,94
O1
55,78
13,95
69,73
D
E
49,83
12,46
62,29
D
A
44,14
11,03
55,17
M
SR
65,90
16,48
82,38
M
S
63,05
15,76
78,81
O1
48,36
12,09
60,45
D
O2
46,59
11,65
58,23
D
O3
43,80
10,95
54,75
M
A
60,86
15,21
76,07
R
48,36
12,09
60,45
P
45,10
11,28
56,38
D
D
D
D
D
D
Dpto
Producc-Distribución.
Mantenimiento.
Taller Vehículos.
Serv. Compl.
cve: BOE-A-2025-13758
Verificable en https://www.boe.es
Valores año 2021