Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13764)
Resolución de 25 de junio de 2025, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Universitat Oberta de Catalunya, para la organización del encuentro Studium Generale UOC.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 89639

7. Determinar, en el momento de la finalización del desarrollo de las funciones de
encargado del tratamiento, el destino de los datos personales.
A los efectos de coordinar y vehicular los compromisos logrados por las partes en la
presente cláusula, se indican a continuación los delegados de protección de datos de
cada una de las partes.
– Para la UOC: dpd@uoc.edu.
– Por la MNCARS, infoderechos@museoreinasofia.es.
Los datos de los firmantes del convenio, así como de aquellas otras personas
encargadas del seguimiento o ejecución del mismo, serán recogidos y tratados,
respectivamente, por la UOC y por la MNCARS, los domicilios del cuales constan al
encabezamiento (en adelante los responsables del tratamiento) con las siguientes
finalidades:
– Llevar a cabo una adecuada gestión de la relación contractual con la entidad a la
que trabaja o de la que es representante.
– Mantener contacto comercial con la entidad a la que trabaja o de la que es
representante.
La base legal que legitima el tratamiento de los datos personales es:
– La existencia de una relación jurídica o contrato.
– El interés legítimo al realizar una adecuada gestión de los clientes y/o socios, a
través del tratamiento de datos de contacto profesional de las personas que prestan los
servicios a los mismos o que los representan.
Los datos se tratarán durante todo el tiempo que dure la relación contractual entre las
partes. Finalizada la relación contractual se procederá al bloqueo de los datos durante el
periodo en que se pueda derivar cualquier tipo de responsabilidad del tratamiento o del
convenio. Una vez finalice el plazo de prescripción legal y expiren dichas
responsabilidades, los datos serán eliminados.
Los afectados tienen derecho a acceder, rectificar, suprimir, limitar, oponerse al
tratamiento de los datos, a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, así
como a ejercer el resto de derechos que se reconocen a la normativa vigente en materia
de protección de datos, dirigiéndose respectivamente al Responsable del Tratamiento
que corresponda, a las siguientes direcciones de correo electrónico:
– para la UOC: fuoc_pd@uoc.edu.
– por la MNCARS: dpd@museoreinasofia.es.
Asimismo, pueden poner en conocimiento de la Autoridad Catalana de Protección de
Datos (www.apdcat.cat) por lo que respecta a la UOC y de la Agencia Española de
Protección de Datos (www.aepd.es) por lo que respecta a MNCARS, cualquier situación
que considere que vulnera sus derechos.
Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

1. El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo estipulado
por las partes en el mismo y, subsidiariamente, por lo dispuesto en el capítulo VI de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación,
resolución y efectos se resolverán entre las partes, en el seno de la Comisión mixta
prevista en la cláusula novena, agotando todas las formas posibles de conciliación
para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. Si ello no fuera posible, las cuestiones
litigiosas que puedan surgir en su interpretación y cumplimiento serán de
conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo,

cve: BOE-A-2025-13764
Verificable en https://www.boe.es

Decimocuarta.