Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13769)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Lilly, para establecer una colaboración para tres actividades de la Universidad, consideradas de interés general.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 89655

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
13769

Resolución de 25 de junio de 2025, de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación
Lilly, para establecer una colaboración para tres actividades de la
Universidad, consideradas de interés general.

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O. A. y la Fundación Lilly han
suscrito, con fecha 25 de junio de 2025, un convenio para la realización del Encuentro
«La aventura de divulgar ciencia en español con éxito: claves y herramientas», el «XIII
Curso de Traducción Médica UIMP Santander: «Una visión calidoscópica de la
traducción médica» y la actividad cultural «Bailar el pasado», por lo que conforme a lo
previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Santander, 25 de junio de 2025.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, Rafael Álvarez
Luque.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Fundación
Lilly para establecer una colaboración para tres actividades de la Universidad,
consideradas de interés general
REUNIDOS

Los presentes declaran que las facultades y poderes con los que actúan se
encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados y que, en
su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento;
capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo público dependiente del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 472/2024,

cve: BOE-A-2025-13769
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Carlos Andradas Heranz, actuando en nombre y representación
de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. –en adelante UIMP– (organismo
con NIF Q-2818022-B y domicilio social en calle Isaac Peral n.º 23, 28040 Madrid), en su
condición de Rector Magnífico de la misma, cargo para el que fue nombrado por Real
Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el
artículo 12.4 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobado
por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y de otra, don José Antonio Sacristán del Castillo y don Manuel Guzmán Amador,
actuando en nombre y representación de la Fundación Lilly (entidad con NIF G82966045
y domicilio social en Avenida de La Industria 30, 28108 Alcobendas, Madrid), cuya
representación ostentan en su condición de apoderados, y con facultad representativa
legal vigente en virtud de escritura de poderes mancomunados otorgada ante el notario
de Madrid, don Luis Núñez Boluda, el 29 de noviembre de 2024, con número de
protocolo 2011.