Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13770)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, para el fomento, apoyo e internacionalización a la investigación científica de excelencia.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89662
Actuando las partes en razón de sus respectivos cargos y reconociéndose
mutuamente capacidad y facultad suficientes para formalizar la presente adenda,
EXPONEN
I. Que con fecha 26 de octubre de 2021, CSIC y FECYT suscribieron un Protocolo
General de Actuación con el propósito de impulsar y desarrollar actividades en áreas de
interés común, cuya relación, sin carácter exhaustivo se detalla en la cláusula
SEGUNDA del mencionado Protocolo. De conformidad con el apartado TERCERO, para
la aplicación del contenido del referido protocolo se procedería a la suscripción de
convenios e instrumentos específicos, que se firmarían entre las partes, y en los que se
concretarían objetivos, medidas, medios, compromisos económicos y actuaciones a
desarrollar por cada una de ellas. En todo caso, dichos instrumentos específicos se
ajustarían a lo dispuesto en las normas reguladoras de actuación de las Instituciones
firmantes, especialmente en lo relacionado con los contenidos de las actividades
propuestas.
II. Que, conforme a lo anterior, con fecha 27 de mayo de 2022, se suscribió entre
CSIC y FECYT, un convenio para la colaboración en el fomento, apoyo e
internacionalización a la investigación científica de excelencia. (Ref. FECYT AD II
CC/2021/022).
El citado convenio fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) con fecha 30 de mayo
de 2022 y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 7 de junio de 2022, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
III. Que la cláusula decimoquinta del convenio («Vigencia») establece que éste
permanecerá en vigor hasta el 26 de octubre de 2025, con posibilidad de prórroga por un
período de hasta cuatro años adicionales, siempre que ambas partes lo acuerden
expresamente y formalicen esta extensión por escrito mediante una adenda.
«…Permanecerá en vigor hasta la finalización de las acciones objeto del convenio y
del cumplimiento de las obligaciones de las partes y, en todo caso, el periodo de vigencia
se extenderá hasta el 26 de octubre de 2025, contado desde el día siguiente al de su
inscripción en el REOICO. Mediante preaviso de tres meses antes de su finalización, la
citada duración podrá prorrogarse por un periodo de hasta 4 años adicionales mediante
acuerdo expreso y por escrito de las partes, formalizado en una adenda que se suscriba
con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de vigencia del convenio.»
IV. Que, estando próxima la finalización de la vigencia del convenio, ambas partes
consideran oportuno prorrogar su duración por un período adicional de cuatro años, con
el propósito de continuar con las actividades de colaboración previstas, en virtud del
éxito de las acciones llevadas a cabo hasta la fecha.
Por ello, es voluntad de aquéllas suscribir la presente adenda de prórroga, con
sujeción a los términos que establecen las siguientes
Primera.
Objeto.
El objeto de la presente adenda es prorrogar el convenio suscrito por las partes en
fecha 27 de mayo de 2022, publicado en el BOE el 7 de junio de 2022, por un período
adicional de cuatro años, así como modificar en todos los apartados y cláusulas del
convenio donde se mencione el término «Horizonte Europa», sustituyéndolo por
«Programa Marco Europeo» a fin de adecuar la terminología a la nueva fase del
programa.
cve: BOE-A-2025-13770
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89662
Actuando las partes en razón de sus respectivos cargos y reconociéndose
mutuamente capacidad y facultad suficientes para formalizar la presente adenda,
EXPONEN
I. Que con fecha 26 de octubre de 2021, CSIC y FECYT suscribieron un Protocolo
General de Actuación con el propósito de impulsar y desarrollar actividades en áreas de
interés común, cuya relación, sin carácter exhaustivo se detalla en la cláusula
SEGUNDA del mencionado Protocolo. De conformidad con el apartado TERCERO, para
la aplicación del contenido del referido protocolo se procedería a la suscripción de
convenios e instrumentos específicos, que se firmarían entre las partes, y en los que se
concretarían objetivos, medidas, medios, compromisos económicos y actuaciones a
desarrollar por cada una de ellas. En todo caso, dichos instrumentos específicos se
ajustarían a lo dispuesto en las normas reguladoras de actuación de las Instituciones
firmantes, especialmente en lo relacionado con los contenidos de las actividades
propuestas.
II. Que, conforme a lo anterior, con fecha 27 de mayo de 2022, se suscribió entre
CSIC y FECYT, un convenio para la colaboración en el fomento, apoyo e
internacionalización a la investigación científica de excelencia. (Ref. FECYT AD II
CC/2021/022).
El citado convenio fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) con fecha 30 de mayo
de 2022 y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 7 de junio de 2022, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
III. Que la cláusula decimoquinta del convenio («Vigencia») establece que éste
permanecerá en vigor hasta el 26 de octubre de 2025, con posibilidad de prórroga por un
período de hasta cuatro años adicionales, siempre que ambas partes lo acuerden
expresamente y formalicen esta extensión por escrito mediante una adenda.
«…Permanecerá en vigor hasta la finalización de las acciones objeto del convenio y
del cumplimiento de las obligaciones de las partes y, en todo caso, el periodo de vigencia
se extenderá hasta el 26 de octubre de 2025, contado desde el día siguiente al de su
inscripción en el REOICO. Mediante preaviso de tres meses antes de su finalización, la
citada duración podrá prorrogarse por un periodo de hasta 4 años adicionales mediante
acuerdo expreso y por escrito de las partes, formalizado en una adenda que se suscriba
con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de vigencia del convenio.»
IV. Que, estando próxima la finalización de la vigencia del convenio, ambas partes
consideran oportuno prorrogar su duración por un período adicional de cuatro años, con
el propósito de continuar con las actividades de colaboración previstas, en virtud del
éxito de las acciones llevadas a cabo hasta la fecha.
Por ello, es voluntad de aquéllas suscribir la presente adenda de prórroga, con
sujeción a los términos que establecen las siguientes
Primera.
Objeto.
El objeto de la presente adenda es prorrogar el convenio suscrito por las partes en
fecha 27 de mayo de 2022, publicado en el BOE el 7 de junio de 2022, por un período
adicional de cuatro años, así como modificar en todos los apartados y cláusulas del
convenio donde se mencione el término «Horizonte Europa», sustituyéndolo por
«Programa Marco Europeo» a fin de adecuar la terminología a la nueva fase del
programa.
cve: BOE-A-2025-13770
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS