Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13770)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, para el fomento, apoyo e internacionalización a la investigación científica de excelencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 89663
Prórroga.
Siendo conforme con lo previsto en las disposiciones normativas, y tras su
inscripción en REOICO, la vigencia del convenio, bajo las mismas condiciones y
estipulaciones que contiene, se prorrogará hasta el 26 de octubre de 2029.
Tercera. Modificación terminológica del convenio.
Para todo lo no previsto en la presente adenda, serán de aplicación las cláusulas
establecidas en el convenio original, del que esta adenda forma parte de forma
inseparable. No obstante, en todos los apartados y cláusulas del convenio donde se
mencione el término «Horizonte Europa», este será sustituido por «Programa Marco
Europeo», a fin de adecuar la terminología a la nueva fase del programa teniendo en
cuenta que «Horizonte Europa» concluye el 31 de diciembre de 2027 y que la
denominación oficial del próximo programa aún no ha sido determinada. Esta
modificación no altera el contenido ni las obligaciones asumidas por las partes.
Cuarta.
Régimen jurídico.
La presente adenda instrumenta la prórroga y modificación del citado convenio y
queda sujeta a sus propias previsiones y a las disposiciones que, en materia de
convenios, incluye el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Quinta.
Eficacia.
La presente adenda de prórroga y modificación surtirá efectos el día de la finalización
de la vigencia del convenio, previa sustanciación de todos los trámites normativamente
previstos, incluida su suscripción e inscripción en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación, antes de la fecha de extinción del convenio.
Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-13770
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes firman la presente
adenda el 13 de junio de 2025.–La Directora General de la Fundación Española para la
Ciencia y la Tecnología F.S.P. (FECYT), Izaskun Lacunza Aguirrebengoa.–El
Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales, de la Agencia Estatal
Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), Carlos Closa Montero.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 89663
Prórroga.
Siendo conforme con lo previsto en las disposiciones normativas, y tras su
inscripción en REOICO, la vigencia del convenio, bajo las mismas condiciones y
estipulaciones que contiene, se prorrogará hasta el 26 de octubre de 2029.
Tercera. Modificación terminológica del convenio.
Para todo lo no previsto en la presente adenda, serán de aplicación las cláusulas
establecidas en el convenio original, del que esta adenda forma parte de forma
inseparable. No obstante, en todos los apartados y cláusulas del convenio donde se
mencione el término «Horizonte Europa», este será sustituido por «Programa Marco
Europeo», a fin de adecuar la terminología a la nueva fase del programa teniendo en
cuenta que «Horizonte Europa» concluye el 31 de diciembre de 2027 y que la
denominación oficial del próximo programa aún no ha sido determinada. Esta
modificación no altera el contenido ni las obligaciones asumidas por las partes.
Cuarta.
Régimen jurídico.
La presente adenda instrumenta la prórroga y modificación del citado convenio y
queda sujeta a sus propias previsiones y a las disposiciones que, en materia de
convenios, incluye el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Quinta.
Eficacia.
La presente adenda de prórroga y modificación surtirá efectos el día de la finalización
de la vigencia del convenio, previa sustanciación de todos los trámites normativamente
previstos, incluida su suscripción e inscripción en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación, antes de la fecha de extinción del convenio.
Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-13770
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes firman la presente
adenda el 13 de junio de 2025.–La Directora General de la Fundación Española para la
Ciencia y la Tecnología F.S.P. (FECYT), Izaskun Lacunza Aguirrebengoa.–El
Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales, de la Agencia Estatal
Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), Carlos Closa Montero.
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