Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Profesión de Procura. (BOE-A-2025-13848)
Orden PJC/691/2025, de 3 de julio, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la procura para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Sábado 5 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89928
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13848
Orden PJC/691/2025, de 3 de julio, por la que se convoca la prueba de
evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la
procura para el año 2025.
El artículo 7.7 de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones
de la Abogacía y la Procura, establece que reglamentariamente se regulará el
procedimiento de convocatoria de la prueba de evaluación de aptitud para el ejercicio de
la profesión de la Procura.
El artículo 18 de su reglamento, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de
junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, sobre el acceso a las
profesiones de la Abogacía y la Procura, establece que es competencia de los
Ministerios de Justicia y de Educación convocar la prueba de evaluación de aptitud para
el ejercicio de la profesión de la Procura.
Las competencias en materia de justicia corresponden actualmente al Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y las competencias en materia de
educación corresponden al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, de
conformidad con lo establecido en el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el
que se reestructuran los Departamentos Ministeriales.
La experiencia adquirida con respecto a la planificación e implantación de la prueba
de evaluación de la aptitud profesional para el acceso a la Procura online en las
convocatorias de los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, así como el alto grado de
satisfacción obtenido en cuanto a la ejecución y desarrollo de estas, aconsejan que la
prueba de acceso a la profesión de la Procura se realice nuevamente online de manera
simultánea en este año 2025.
En su virtud, a propuesta conjunta del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes y de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, dispongo:
Apartado único.
Se convoca la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el ejercicio de la
profesión de la Abogacía para el año 2025, que se regirá por lo dispuesto en la presente
convocatoria que figura como anejo a esta orden.
Madrid, 3 de julio de 2025.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, Félix Bolaños García.
ANEJO
Convocatoria
Se convoca la prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación
profesional para el acceso a la profesión de la Procura, dirigida a comprobar la formación
suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas
deontológicas y profesionales, así como, en particular, la adquisición de las
competencias previstas en los cursos de formación impartidos por Universidades o
Escuelas de Práctica Jurídica debidamente acreditadas.
Esta convocatoria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de
la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la
cve: BOE-A-2025-13848
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 161
Sábado 5 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89928
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13848
Orden PJC/691/2025, de 3 de julio, por la que se convoca la prueba de
evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la
procura para el año 2025.
El artículo 7.7 de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones
de la Abogacía y la Procura, establece que reglamentariamente se regulará el
procedimiento de convocatoria de la prueba de evaluación de aptitud para el ejercicio de
la profesión de la Procura.
El artículo 18 de su reglamento, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de
junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, sobre el acceso a las
profesiones de la Abogacía y la Procura, establece que es competencia de los
Ministerios de Justicia y de Educación convocar la prueba de evaluación de aptitud para
el ejercicio de la profesión de la Procura.
Las competencias en materia de justicia corresponden actualmente al Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y las competencias en materia de
educación corresponden al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, de
conformidad con lo establecido en el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el
que se reestructuran los Departamentos Ministeriales.
La experiencia adquirida con respecto a la planificación e implantación de la prueba
de evaluación de la aptitud profesional para el acceso a la Procura online en las
convocatorias de los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, así como el alto grado de
satisfacción obtenido en cuanto a la ejecución y desarrollo de estas, aconsejan que la
prueba de acceso a la profesión de la Procura se realice nuevamente online de manera
simultánea en este año 2025.
En su virtud, a propuesta conjunta del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes y de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, dispongo:
Apartado único.
Se convoca la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el ejercicio de la
profesión de la Abogacía para el año 2025, que se regirá por lo dispuesto en la presente
convocatoria que figura como anejo a esta orden.
Madrid, 3 de julio de 2025.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, Félix Bolaños García.
ANEJO
Convocatoria
Se convoca la prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación
profesional para el acceso a la profesión de la Procura, dirigida a comprobar la formación
suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas
deontológicas y profesionales, así como, en particular, la adquisición de las
competencias previstas en los cursos de formación impartidos por Universidades o
Escuelas de Práctica Jurídica debidamente acreditadas.
Esta convocatoria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de
la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la
cve: BOE-A-2025-13848
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