Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-13850)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Universidad Carlos III de Madrid, para la adscripción del Centro Universitario de la Guardia Civil a dicha Universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Sábado 5 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 89951

Tercera. Compromisos de las partes.
a)

Compromisos de la Secretaría de Estado (Dirección General de la Guardia Civil):

1. La Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil), a
través del CUGC se compromete a proporcionar los presupuestos económicos anuales y
los medios materiales, tecnológicos e instalaciones necesarias para garantizar el
funcionamiento del centro y el cumplimiento de sus objetivos.
2. La gestión administrativa de la matriculación y los expedientes académicos de
los estudiantes se realizará por el CUGC, disponiendo la UC3M de toda la información
correspondiente a los expedientes académicos de los estudiantes matriculados.
3. El CUGC adoptará los instrumentos necesarios y cumplirá los procedimientos
universitarios establecidos para la promoción y mejora de la calidad docente que se
establezcan con carácter general en todos los centros de la UC3M.
4. El CUGC hará figurar su condición de centro adscrito a la UC3M,
comprometiéndose a utilizar su imagen corporativa en las actividades relacionadas en el
presente convenio.
b)

Compromisos de la UC3M:

1. Los estudios impartidos por el CUGC conducentes a la obtención de los títulos
de Grado y Posgrado, tendrán los mismos efectos académicos y profesionales que los
cursados en los centros propios de la UC3M.
2. La UC3M expedirá, en nombre de S.M. el Rey, los títulos oficiales
correspondientes a las enseñanzas impartidas por el CUGC en el marco del presente
convenio.
3. La UC3M facilitará, según su disponibilidad, el uso de sus propios medios e
instalaciones cuando sea requerido.
4. La UC3M establecerá el procedimiento de acceso del personal del CUGC en los
cursos de formación organizados por la Universidad en las mismas condiciones que el
personal de la UC3M.
5. La UC3M proporcionará al CUGC apoyo en la actividad docente, investigadora y
de administración, derivados de proyectos de colaboración mutua, sin que en ningún
caso pueda entenderse que configuran una relación laboral o contractual del personal
del CUGC con la UC3M.
Cuarta. Órganos de gobierno y organización.
Los fines, funciones, órganos de gobierno y organización, se recogen en las normas
de organización y funcionamiento del CUGC.
Delegado de la Universidad en el CUGC.

1. La vinculación académica entre la UC3M y el CUGC se establece a través de la
figura del Delegado de la Universidad.
2. El Delegado de la UC3M será nombrado por el Rector entre el profesorado con
vinculación permanente a la UC3M y desempeñará la tarea de coordinación con
el CUGC en todo lo que se refiere a la gestión académica del mismo.
3. El Delegado de la UC3M en el CUGC será conocedor en todo momento de la
actividad académica relacionada con los títulos universitarios impartidos por el Centro y
expedidos por la UC3M.
4. El Delegado de la UC3M elaborará y remitirá al Rectorado, en su caso, las
propuestas y actividades de formación. Igualmente, participará en la confección de la
Memoria Anual del curso anterior, con carácter previo, a su elevación al Patronato.

cve: BOE-A-2025-13850
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.