Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2025-13868)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Generalitat Valenciana, para la realización de un curso de Incapacidad Temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Sábado 5 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90055
2. El pago de la actividad formativa prevista en este convenio se efectuará
conforme a las siguientes actuaciones:
Finalizada cada una de las ediciones de la actividad formativa, la UAH remitirá una
factura a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana en la que se indicará el
importe total a satisfacer por los alumnos matriculados, la expedición del certificado de
los alumnos que hayan superado el curso y su envío a estos, así como el importe
derivado del canon a satisfacer como consecuencia de las plazas no matriculadas de las
inicialmente asignadas, si hubiera lugar a ello.
La Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana procederá a efectuar el pago
de la factura recibida en el plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha de
recepción de la factura. De no efectuar el pago en el plazo señalado anteriormente, la
UAH se dirigirá nuevamente a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana,
reclamando el pago de la factura en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de
recepción de esta reclamación.
En caso de no efectuarse el pago en los plazos señalados, la UAH procederá:
– A no emitir un informe final para el INSS sobre el rendimiento de los alumnos
participantes en dicho curso en modalidad virtual correspondientes a la Generalitat
Valenciana.
– A no posibilitar la participación de la Generalitat Valenciana, en la siguiente edición
de la actividad formativa.
En consecuencia, la participación de los médicos asistenciales de la Generalitat
Valenciana en las ediciones sucesivas de la actividad formativa, estará condicionada al
abono de la factura correspondiente a la edición previa del curso por parte de esta
Comunidad Autónoma conforme al procedimiento y plazos fijados en este apartado.
El importe de las facturas que deberán pagar la Generalitat Valenciana será
ingresado en la cuenta corriente que la UAH indicará en las facturas.
Sexta.
Duración y ediciones de la actividad formativa y asignación de alumnos.
La duración del curso será de ocho semanas, y se prevé la celebración de siete
ediciones del curso que se desarrollarán a lo largo de los ejercicios 2025-2028
distribuidas de la siguiente manera: Una edición del curso en 2025, y dos ediciones del
curso en cada uno de los ejercicios 2026, 2027 y 2028.
A continuación, señalamos la correspondencia de cada una de las siete ediciones del
curso previstas con los años académicos de la UAH:
El número de asistentes a la actividad formativa, que será de un máximo de 1.532
alumnos en cada año de vigencia del convenio, se distribuirá proporcionalmente en
función del número de Médicos de Atención Primaria de las Consejerías de Sanidad o
Salud de las Comunidades Autónomas e INGESA que participen en esta acción
formativa. De acuerdo con lo anterior, a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat
Valenciana le corresponde un número inicial de asistentes de 208 personas en la única
edición del 2025, y 104 personas por cada una de las dos ediciones del curso en los
ejercicios 2026, 2027 y 2028.
cve: BOE-A-2025-13868
Verificable en https://www.boe.es
– Año 2025. 1.ª edición del curso que corresponde al año académico 2025/2026.
– Año 2026. 2.ª edición del curso que corresponde al año académico 2025/2026,
y 3.ª edición que corresponde al año académico 2026/2027.
– Año 2027. 4.ª edición del curso que corresponde al año académico 2026/2027, y
la 5.ª edición que corresponde al año académico 2027/2028.
– Año 2028. 6.ª edición del curso que corresponde al año académico 2027/2028, y
la 7.ª edición que corresponde al año académico 2028/2029 (se realiza en el año 2028).
Núm. 161
Sábado 5 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90055
2. El pago de la actividad formativa prevista en este convenio se efectuará
conforme a las siguientes actuaciones:
Finalizada cada una de las ediciones de la actividad formativa, la UAH remitirá una
factura a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana en la que se indicará el
importe total a satisfacer por los alumnos matriculados, la expedición del certificado de
los alumnos que hayan superado el curso y su envío a estos, así como el importe
derivado del canon a satisfacer como consecuencia de las plazas no matriculadas de las
inicialmente asignadas, si hubiera lugar a ello.
La Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana procederá a efectuar el pago
de la factura recibida en el plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha de
recepción de la factura. De no efectuar el pago en el plazo señalado anteriormente, la
UAH se dirigirá nuevamente a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana,
reclamando el pago de la factura en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de
recepción de esta reclamación.
En caso de no efectuarse el pago en los plazos señalados, la UAH procederá:
– A no emitir un informe final para el INSS sobre el rendimiento de los alumnos
participantes en dicho curso en modalidad virtual correspondientes a la Generalitat
Valenciana.
– A no posibilitar la participación de la Generalitat Valenciana, en la siguiente edición
de la actividad formativa.
En consecuencia, la participación de los médicos asistenciales de la Generalitat
Valenciana en las ediciones sucesivas de la actividad formativa, estará condicionada al
abono de la factura correspondiente a la edición previa del curso por parte de esta
Comunidad Autónoma conforme al procedimiento y plazos fijados en este apartado.
El importe de las facturas que deberán pagar la Generalitat Valenciana será
ingresado en la cuenta corriente que la UAH indicará en las facturas.
Sexta.
Duración y ediciones de la actividad formativa y asignación de alumnos.
La duración del curso será de ocho semanas, y se prevé la celebración de siete
ediciones del curso que se desarrollarán a lo largo de los ejercicios 2025-2028
distribuidas de la siguiente manera: Una edición del curso en 2025, y dos ediciones del
curso en cada uno de los ejercicios 2026, 2027 y 2028.
A continuación, señalamos la correspondencia de cada una de las siete ediciones del
curso previstas con los años académicos de la UAH:
El número de asistentes a la actividad formativa, que será de un máximo de 1.532
alumnos en cada año de vigencia del convenio, se distribuirá proporcionalmente en
función del número de Médicos de Atención Primaria de las Consejerías de Sanidad o
Salud de las Comunidades Autónomas e INGESA que participen en esta acción
formativa. De acuerdo con lo anterior, a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat
Valenciana le corresponde un número inicial de asistentes de 208 personas en la única
edición del 2025, y 104 personas por cada una de las dos ediciones del curso en los
ejercicios 2026, 2027 y 2028.
cve: BOE-A-2025-13868
Verificable en https://www.boe.es
– Año 2025. 1.ª edición del curso que corresponde al año académico 2025/2026.
– Año 2026. 2.ª edición del curso que corresponde al año académico 2025/2026,
y 3.ª edición que corresponde al año académico 2026/2027.
– Año 2027. 4.ª edición del curso que corresponde al año académico 2026/2027, y
la 5.ª edición que corresponde al año académico 2027/2028.
– Año 2028. 6.ª edición del curso que corresponde al año académico 2027/2028, y
la 7.ª edición que corresponde al año académico 2028/2029 (se realiza en el año 2028).