Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-16690)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Generación, SAU, autorización administrativa previa de la instalación solar fotovoltaica «Azután III», de 60 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para hibridación del grupo 3 de la central hidráulica existente Azután, en Calera y Chozas y Alcolea de Tajo (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 108864

caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las
mismas.
Preguntados la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Planificación Territorial
y Urbanismo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Dirección General
de Políticas Agroambientales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,
Exolum, SA, Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, Naturgy Iberia, SA, Red
Eléctrica de España, SA, Telefónica de España, SAU y FCC Aqualia, SL no se ha
recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos
en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 29 de diciembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 5 de enero de 2022 en el «Boletín Oficial Provincial de
Toledo» y el 14 de enero de 2022 en el periódico ABC, así como en los tablones
de edictos de los Ayuntamientos de Alcolea del Tajo y Calera y Chozas, no habiéndose
recibido alegaciones.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental a la Dirección General de Medio Natural
y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Dirección
General de Salud Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la
Dirección General Patrimonio Cultural de Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,
a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, a la Dirección General de Economía Circular de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Viceconsejería de Cultura y Deportes de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Viceconsejería de Medio Ambiente
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Oficina de Cambio Climático
de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Transición Energética de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Confederación Hidrográfica del Tajo, a la
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General de Protección
Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, a Ecologistas en Acción-ACMADEN (Asociación
Castellano-Manchega de Defensa de Patrimonio Natural), a Ecologistas en AcciónCODA (Confederación Nacional), a la Sociedad Española de Ornitología, SEO/
BIRDLIFE, y al Fondo Mundial para la Naturaleza, WWF/ADENA.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo emitió
informe en fecha 14 de junio de 2022, complementado posteriormente.
Con fecha 2 de octubre de 2024, el promotor presenta modificaciones al proyecto,
en cumplimiento de los condicionantes recibidos desde los organismos consultados,
y que ha sido considerada en el trámite de evaluación ambiental, introduciéndose los
siguientes cambios:
Modificación de las plantas fotovoltaicas Azután I, Azután II y Azután III, eliminando
de la poligonal una zona de 118 hectáreas por condición de la Dirección General de
Medio Natural de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.

cve: BOE-A-2025-16690
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Núm. 192