Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-16687)
Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a SPK Falcon, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la planta solar fotovoltaica «SPK Trujillo», de 156 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, y declaración, en concreto, de utilidad pública, en Trujillo (Cáceres).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 108836

Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Trujillo, el cual manifiesta que la
actuación es favorable urbanísticamente y establece un condicionado de carácter
ambiental y técnico. Se ha dado traslado al promotor, el cual expresa su conformidad con
la misma.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de
la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura,
informando de que la instalación solar fotovoltaica «SPK Trujillo» y su infraestructura de
evacuación, deberán tener en cuenta los yacimientos minerales, derechos mineros y
entidades mineras afectados por el citado proyecto, concretamente, el permiso de
investigación «Trujillo Norte» n.º10C10366-00, en trámite de otorgamiento y cuyo titular
es «Mineral Exploration Network (Finland), y el recurso geológico hidromineral
denominado «Baños de la Guarra». Se ha dado traslado al promotor, el cual expresa su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU (Iberdrola), de
fecha 2 de mayo de 2023, manifestando su no conformidad con la ejecución del proyecto
debido a que en la separata recibida no se hace mención alguna ni a las distancias entre
los conductores de la línea proyectada de evacuación a 220 kV y los correspondientes a
la actual Línea Aérea de Alta Tensión (45 kV) L307823-T52 Trujillo de la ST Cáceres
(vano 5327-5328), ni a la distancia entre los apoyos de la línea proyectada con respecto
a la línea de i-DE mencionada anteriormente. El promotor ha adjuntado una nueva
separata en la que se especifica lo requerido en el Informe de i-DE Redes Eléctricas
Inteligentes SAU El 29 de junio de 2023, el organismo ha mostrado su conformidad con
el proyecto y ha autorizado el cruzamiento de vano 15-16 de la línea proyectada de
evacuación a 220 kV y la actual Línea Aérea de Alta Tensión (45 kV) L307823-T52
Trujillo de la ST Cáceres (vano 5327-5328). El promotor ha mostrado su conformidad con
este último informe de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU de 29 de junio de 2023.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo y del
Servicio de Red Viaria de la Diputación Provincial de Cáceres, en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Demarcación de Carreteras del Estado en
Extremadura del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, fechada en 10
de mayo de 2023, en la que se establece que las fincas n.º 35, polígono 36, parcela 9014
(referencia catastral 10199A03609014), n.º 41, polígono 37, parcela 9002 (referencia
catastral 10199A03709002) y n.º 42, polígono 37, parcela 9006 (referencia
catastral 10199A03709006), de Trujillo, están adscritas al Dominio Público Viario de la
Autovía Extremeña A-58 y de la carretera convencional N-521, y que por tanto, dichos
terrenos no podrán en ningún caso ser objeto de expropiación. Posteriormente, con
fecha 25 de mayo de 2023, se ha recibido una segunda respuesta de este organismo, en
la que se informa favorablemente el proyecto de instalación fotovoltaica, siempre y
cuando en futuras etapas de tramitación y concepción de dicha planta se cumpla el
condicionado recogido en la contestación, debiendo recabarse de dicha Demarcación de
Carreteras las correspondientes autorizaciones administrativas. Asimismo, en esta
segunda contestación se reitera que los terrenos adscritos al Dominio Público Viario de
la Autovía Extremeña A-58 y de la carretera convencional N-521 no podrán en ningún
caso ser objeto de expropiación. Se ha dado traslado al promotor, el cual expresa su
conformidad con las mismas. En base a los informes de la Demarcación de Carreteras
del Estado en Extremadura del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
con fecha 8 de octubre de 2024, el promotor ha presentado su renuncia expresa a la
solicitud de declaración de utilidad pública de las parcelas catastrales 10199A03609014,
10199A03709002 y 10199A03709006 del término municipal de Trujillo, en Cáceres.
Se ha recibido alegación de la sociedad mercantil FRV La Solanilla SLU, la cual
indica la posible afección de la planta solar fotovoltaica «SPK Trujillo» y su

cve: BOE-A-2025-16687
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Núm. 192