Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-16677)
Resolución de 29 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del VII Convenio colectivo estatal para la acuicultura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Lunes 11 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 108757
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
16677
Resolución de 29 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Acuerdo de modificación del VII Convenio
colectivo estatal para la acuicultura.
Visto el texto del acuerdo de modificación del VII Convenio colectivo estatal para la
acuicultura (código de convenio núm. 99016365012007), que fue publicado en el BOE
de 3 de mayo de 2024, por el que se aprueba la inclusión en el convenio de las cláusulas
adicionales novena, décima y decimoprimera, acuerdo que ha sido suscrito el día 16 de
junio de 2025, de una parte por la Asociación Empresarial de Acuicultura de España
(APROMAR), en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos
CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE
del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación del convenio colectivo en el
correspondiente Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo,
con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de julio de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CLÁUSULA ADICIONAL NOVENA
Protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI
para el sector de la acuicultura estatal
Declaración de principios
La Constitución española declara que la dignidad de la persona constituye uno de los
fundamentos del orden político y de la paz social, reconociendo el derecho de toda
persona a la no discriminación, a la igualdad de trato, al libre desarrollo de su
personalidad y a su integridad física y moral.
El Estatuto de los Trabajadores, de forma específica, contempla el derecho de las
personas trabajadoras al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su
dignidad, incluida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico,
religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso
sexual, al acoso por razón de sexo y al laboral.
El 1 de marzo de 2023 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Ley 4/2023,
de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía
de los derechos de las personas LGTBI, cuyo objeto es desarrollar y garantizar sus
derechos erradicando las situaciones de discriminación para asegurar que en España se
cve: BOE-A-2025-16677
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 192
Lunes 11 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 108757
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
16677
Resolución de 29 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Acuerdo de modificación del VII Convenio
colectivo estatal para la acuicultura.
Visto el texto del acuerdo de modificación del VII Convenio colectivo estatal para la
acuicultura (código de convenio núm. 99016365012007), que fue publicado en el BOE
de 3 de mayo de 2024, por el que se aprueba la inclusión en el convenio de las cláusulas
adicionales novena, décima y decimoprimera, acuerdo que ha sido suscrito el día 16 de
junio de 2025, de una parte por la Asociación Empresarial de Acuicultura de España
(APROMAR), en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos
CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE
del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación del convenio colectivo en el
correspondiente Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo,
con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de julio de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CLÁUSULA ADICIONAL NOVENA
Protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI
para el sector de la acuicultura estatal
Declaración de principios
La Constitución española declara que la dignidad de la persona constituye uno de los
fundamentos del orden político y de la paz social, reconociendo el derecho de toda
persona a la no discriminación, a la igualdad de trato, al libre desarrollo de su
personalidad y a su integridad física y moral.
El Estatuto de los Trabajadores, de forma específica, contempla el derecho de las
personas trabajadoras al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su
dignidad, incluida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico,
religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso
sexual, al acoso por razón de sexo y al laboral.
El 1 de marzo de 2023 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Ley 4/2023,
de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía
de los derechos de las personas LGTBI, cuyo objeto es desarrollar y garantizar sus
derechos erradicando las situaciones de discriminación para asegurar que en España se
cve: BOE-A-2025-16677
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