Ministerio Del Interior. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2025-16611)
Resolución de 31 de julio de 2025, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector o Inspectora, de la Policía Nacional.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Lunes 11 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 108544
realización de las citadas pruebas analíticas quedarán excluidos y excluidas del proceso
selectivo.
Por razones de seguridad, en los ejercicios físicos que se realicen tanto en
polideportivo cubierto como en pista al aire libre no se permitirá el acceso de público.
No se permitirá grabación por medio audiovisual alguno al poder afectar a la
seguridad, al derecho a la intimidad personal y la propia imagen de las personas
intervinientes.
Para la realización de la prueba, las personas opositoras deberán presentarse
provistas de atuendo deportivo, y entregar al tribunal un certificado médico que cumpla
con los requisitos que establecen los Colegios Oficiales de Médicos, en el que se haga
constar que la persona aspirante reúne las condiciones físicas necesarias para la
realización de las pruebas físicas detalladas en mencionado anexo I de esta
convocatoria. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión de la
persona aspirante del proceso selectivo.
Las personas aspirantes ya pertenecientes a la Policía Nacional que se encuentren
en situación de servicio activo, estarán exentas de la realización de las pruebas físicas,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 del Reglamento de procesos
selectivos y formación de la Policía Nacional.
6.1.2
Segunda Prueba (de conocimientos).
La prueba consistirá en la realización de los dos ejercicios siguientes:
6.1.2.a)
Contestación de un cuestionario de preguntas.
Consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos a un cuestionario de
cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo una
es verdadera, relacionadas con el temario que figura como anexo II de la presente
convocatoria.
En la corrección se utilizará la fórmula: [A–E/(n–1)]*10/P, siendo «A» el número de
aciertos, «E» el de errores, «n» el número de alternativas de respuesta y «P» el número
total de preguntas.
Se calificará de cero a diez puntos y únicamente serán seleccionadas para continuar
en el proceso las personas aspirantes que habiendo alcanzado la puntuación mínima
de 3 puntos obtengan las mejores calificaciones hasta llegar a la proporción de 1,75
aspirantes por plaza convocada, el resto de candidatos y candidatas quedarán excluidos
del proceso.
Si hubiere varios opositores u opositoras con igual puntuación a la que determina el
número máximo de aspirantes señalado en el párrafo anterior, quedarán todos admitidos,
aunque se supere el límite indicado.
Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto o supuestos cuya duración
total no será superior a noventa minutos, en los que deberán interrelacionarse las
materias del referido anexo II.
Las personas opositoras que en el ejercicio anterior hayan sido seleccionadas para
continuar en el proceso deberán leer posteriormente ante el tribunal, en sesión pública,
el trabajo realizado, en la cual el tribunal podrá hacerles las preguntas o requerir las
aclaraciones que estime pertinentes para contrastar sus conocimientos. El tiempo
empleado en la lectura no podrá exceder de veinte minutos. El tribunal valorará el rigor
analítico, el conocimiento teórico y práctico de las materias expuestas, la capacidad de
síntesis y la puesta al día de la persona aspirante en la problemática policial.
El ejercicio se valorará de cero a diez puntos debiendo obtener una puntuación
mínima de cinco para superarlo. El personal que no supere este ejercicio quedará
excluido del proceso selectivo.
cve: BOE-A-2025-16611
Verificable en https://www.boe.es
6.1.2.b) Resolución de uno o varios supuestos prácticos.
Núm. 192
Lunes 11 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 108544
realización de las citadas pruebas analíticas quedarán excluidos y excluidas del proceso
selectivo.
Por razones de seguridad, en los ejercicios físicos que se realicen tanto en
polideportivo cubierto como en pista al aire libre no se permitirá el acceso de público.
No se permitirá grabación por medio audiovisual alguno al poder afectar a la
seguridad, al derecho a la intimidad personal y la propia imagen de las personas
intervinientes.
Para la realización de la prueba, las personas opositoras deberán presentarse
provistas de atuendo deportivo, y entregar al tribunal un certificado médico que cumpla
con los requisitos que establecen los Colegios Oficiales de Médicos, en el que se haga
constar que la persona aspirante reúne las condiciones físicas necesarias para la
realización de las pruebas físicas detalladas en mencionado anexo I de esta
convocatoria. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión de la
persona aspirante del proceso selectivo.
Las personas aspirantes ya pertenecientes a la Policía Nacional que se encuentren
en situación de servicio activo, estarán exentas de la realización de las pruebas físicas,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 del Reglamento de procesos
selectivos y formación de la Policía Nacional.
6.1.2
Segunda Prueba (de conocimientos).
La prueba consistirá en la realización de los dos ejercicios siguientes:
6.1.2.a)
Contestación de un cuestionario de preguntas.
Consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos a un cuestionario de
cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo una
es verdadera, relacionadas con el temario que figura como anexo II de la presente
convocatoria.
En la corrección se utilizará la fórmula: [A–E/(n–1)]*10/P, siendo «A» el número de
aciertos, «E» el de errores, «n» el número de alternativas de respuesta y «P» el número
total de preguntas.
Se calificará de cero a diez puntos y únicamente serán seleccionadas para continuar
en el proceso las personas aspirantes que habiendo alcanzado la puntuación mínima
de 3 puntos obtengan las mejores calificaciones hasta llegar a la proporción de 1,75
aspirantes por plaza convocada, el resto de candidatos y candidatas quedarán excluidos
del proceso.
Si hubiere varios opositores u opositoras con igual puntuación a la que determina el
número máximo de aspirantes señalado en el párrafo anterior, quedarán todos admitidos,
aunque se supere el límite indicado.
Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto o supuestos cuya duración
total no será superior a noventa minutos, en los que deberán interrelacionarse las
materias del referido anexo II.
Las personas opositoras que en el ejercicio anterior hayan sido seleccionadas para
continuar en el proceso deberán leer posteriormente ante el tribunal, en sesión pública,
el trabajo realizado, en la cual el tribunal podrá hacerles las preguntas o requerir las
aclaraciones que estime pertinentes para contrastar sus conocimientos. El tiempo
empleado en la lectura no podrá exceder de veinte minutos. El tribunal valorará el rigor
analítico, el conocimiento teórico y práctico de las materias expuestas, la capacidad de
síntesis y la puesta al día de la persona aspirante en la problemática policial.
El ejercicio se valorará de cero a diez puntos debiendo obtener una puntuación
mínima de cinco para superarlo. El personal que no supere este ejercicio quedará
excluido del proceso selectivo.
cve: BOE-A-2025-16611
Verificable en https://www.boe.es
6.1.2.b) Resolución de uno o varios supuestos prácticos.