Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-16755)
Resolución de 5 de agosto de 2025, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Martes 12 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 109148
La Comisión de Selección hallará la media ponderada de las calificaciones obtenidas
en esta prueba y emitirá una propuesta motivada de provisión.
Los resultados de la valoración de cada candidatura se harán públicos a través del
tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La Laguna con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
9. Propuesta de provisión y reclamaciones
Las Comisiones de Selección propondrán al Rector motivadamente, y con carácter
vinculante, una relación de todas las candidaturas por orden de puntuación para su
nombramiento en el plazo máximo de quince días hábiles siguientes a la finalización de
las pruebas.
Dicha propuesta se hará pública a través del tablón de anuncios electrónico de la
Universidad de La Laguna por parte del Servicio de Recursos Humanos y servirá de
notificación a las personas interesadas a todos los efectos. La propuesta deberá incluir la
evaluación de cada concursante, con una exposición motivada y desglosada por cada
uno de los aspectos evaluados.
El concurso podrá concluir con la decisión de la Comisión de no provisión de la plaza
convocada, cuando ninguna candidatura obtenga la puntuación mínima requerida.
Formulada la propuesta, y en el plazo de tres días hábiles siguientes a la finalización
de las pruebas, la persona que ostente la secretaría de la Comisión de Selección deberá
remitir al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad el expediente administrativo
del concurso, incluyendo toda la documentación relativa a las actuaciones de la
Comisión de Selección.
Contra la propuesta de nombramiento de la Comisión juzgadora las personas
candidatas podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo máximo de diez días
hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios
electrónico de la Universidad de La Laguna.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento de la candidatura
propuesta hasta su resolución definitiva. No se admitirá la reclamación en el supuesto de
que la persona reclamante hubiese desistido tácitamente del concurso o no se hubiese
presentado a alguna de las pruebas.
Dicha reclamación será valorada y tramitada conforme a lo dispuesto en el
artículo 26 del Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los Cuerpos
Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna.
10.
Documentación a presentar por las personas candidatas propuestas
a) Declaración jurada de no haber sido separada o separado de la Administración
del Estado, institucional o local, ni de las administraciones de las comunidades
autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse en situación de
inhabilitación para el ejercicio de la función pública.
b) Declaración de no estar afectado o afectada por incompatibilidad en el caso de
venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni discapacidad física ni
psíquica que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a
profesorado de Universidad.
d) Copia del título de Doctor en el supuesto de títulos no expedidos por el Sr.
Rector o Rectora de la Universidad de La Laguna.
cve: BOE-A-2025-16755
Verificable en https://www.boe.es
En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en
el tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La Laguna de la propuesta de la
Comisión de Selección, las personas candidatas propuestas deberán acreditar, por
medios electrónicos en el Registro de esta Universidad, el cumplimiento de los requisitos
establecidos en la convocatoria mediante la presentación de la siguiente documentación:
Núm. 193
Martes 12 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 109148
La Comisión de Selección hallará la media ponderada de las calificaciones obtenidas
en esta prueba y emitirá una propuesta motivada de provisión.
Los resultados de la valoración de cada candidatura se harán públicos a través del
tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La Laguna con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
9. Propuesta de provisión y reclamaciones
Las Comisiones de Selección propondrán al Rector motivadamente, y con carácter
vinculante, una relación de todas las candidaturas por orden de puntuación para su
nombramiento en el plazo máximo de quince días hábiles siguientes a la finalización de
las pruebas.
Dicha propuesta se hará pública a través del tablón de anuncios electrónico de la
Universidad de La Laguna por parte del Servicio de Recursos Humanos y servirá de
notificación a las personas interesadas a todos los efectos. La propuesta deberá incluir la
evaluación de cada concursante, con una exposición motivada y desglosada por cada
uno de los aspectos evaluados.
El concurso podrá concluir con la decisión de la Comisión de no provisión de la plaza
convocada, cuando ninguna candidatura obtenga la puntuación mínima requerida.
Formulada la propuesta, y en el plazo de tres días hábiles siguientes a la finalización
de las pruebas, la persona que ostente la secretaría de la Comisión de Selección deberá
remitir al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad el expediente administrativo
del concurso, incluyendo toda la documentación relativa a las actuaciones de la
Comisión de Selección.
Contra la propuesta de nombramiento de la Comisión juzgadora las personas
candidatas podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo máximo de diez días
hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios
electrónico de la Universidad de La Laguna.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento de la candidatura
propuesta hasta su resolución definitiva. No se admitirá la reclamación en el supuesto de
que la persona reclamante hubiese desistido tácitamente del concurso o no se hubiese
presentado a alguna de las pruebas.
Dicha reclamación será valorada y tramitada conforme a lo dispuesto en el
artículo 26 del Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los Cuerpos
Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna.
10.
Documentación a presentar por las personas candidatas propuestas
a) Declaración jurada de no haber sido separada o separado de la Administración
del Estado, institucional o local, ni de las administraciones de las comunidades
autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse en situación de
inhabilitación para el ejercicio de la función pública.
b) Declaración de no estar afectado o afectada por incompatibilidad en el caso de
venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni discapacidad física ni
psíquica que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a
profesorado de Universidad.
d) Copia del título de Doctor en el supuesto de títulos no expedidos por el Sr.
Rector o Rectora de la Universidad de La Laguna.
cve: BOE-A-2025-16755
Verificable en https://www.boe.es
En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en
el tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La Laguna de la propuesta de la
Comisión de Selección, las personas candidatas propuestas deberán acreditar, por
medios electrónicos en el Registro de esta Universidad, el cumplimiento de los requisitos
establecidos en la convocatoria mediante la presentación de la siguiente documentación: