Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-16755)
Resolución de 5 de agosto de 2025, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Martes 12 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 109149
En el caso de que conste en el expediente los documentos solicitados en formato
original y los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo
estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar
certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición
de personal funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
11.
Nombramiento y toma de posesión
11.1 El nombramiento como personal funcionario de carrera, que no podrá exceder
de uno para cada plaza convocada, será efectuado por el Rector o Rectora de la
Universidad de La Laguna, después de que el candidato o candidata propuesta para la
provisión de la plaza haya presentado la documentación a que se refiere la base anterior.
En caso de que la persona propuesta renuncie o no presente oportunamente la
documentación requerida, el Rector o Rectora procederá al nombramiento de la
siguiente persona en el orden de valoración formulado por la Comisión.
11.2 El nombramiento será comunicado al correspondiente Registro a efectos de
otorgamiento del número de Registro Personal e inscrito en el Cuerpo respectivo,
especificará la denominación de la plaza: Cuerpo, Área de conocimiento y Centro. Dicho
nombramiento será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial
de Canarias», y comunicado al Consejo de Universidades. El nombramiento no podrá
ser anterior a la fecha de 30 de septiembre de 2025.
11.3 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la candidatura
propuesta deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición
de personal funcionario del cuerpo docente universitario de que se trate, con los
derechos y deberes que le son propios.
11.4 La toma de posesión del candidato propuesto se realizará a partir del 1 de
octubre de 2025.
11.5 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse al menos
durante dos años antes de poder participar en un nuevo concurso a efectos de obtener
plaza en otra Universidad.
Norma final
12.1 Durante el desarrollo del concurso, la Comisión de selección resolverá las
dudas que pudieran en la aplicación de estas normas, así como la actuación que
proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a
lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
12.2 De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE núm. 294, de 6 de
diciembre de 2018), y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), los datos
facilitados por los aspirantes, pasarán a formar parte del fichero de Personal, cuya
finalidad es la gestión del personal de la Universidad de La Laguna, gestión de la
docencia e investigación, gestión de la participación del personal en los servicios y actos
universitarios, así como la gestión de la participación de los candidatos en los procesos
de selección. Siendo algunos de los servicios prestados por empresas externas, la
activación de los mismos (p.ej. el correo electrónico) puede requerir que el interesado
preste su consentimiento a condiciones adicionales sobre el uso de sus datos de
carácter personal; en todo caso la activación de dichos servicios y, por ende, la
cve: BOE-A-2025-16755
Verificable en https://www.boe.es
12.
Núm. 193
Martes 12 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 109149
En el caso de que conste en el expediente los documentos solicitados en formato
original y los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo
estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar
certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición
de personal funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
11.
Nombramiento y toma de posesión
11.1 El nombramiento como personal funcionario de carrera, que no podrá exceder
de uno para cada plaza convocada, será efectuado por el Rector o Rectora de la
Universidad de La Laguna, después de que el candidato o candidata propuesta para la
provisión de la plaza haya presentado la documentación a que se refiere la base anterior.
En caso de que la persona propuesta renuncie o no presente oportunamente la
documentación requerida, el Rector o Rectora procederá al nombramiento de la
siguiente persona en el orden de valoración formulado por la Comisión.
11.2 El nombramiento será comunicado al correspondiente Registro a efectos de
otorgamiento del número de Registro Personal e inscrito en el Cuerpo respectivo,
especificará la denominación de la plaza: Cuerpo, Área de conocimiento y Centro. Dicho
nombramiento será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial
de Canarias», y comunicado al Consejo de Universidades. El nombramiento no podrá
ser anterior a la fecha de 30 de septiembre de 2025.
11.3 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la candidatura
propuesta deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición
de personal funcionario del cuerpo docente universitario de que se trate, con los
derechos y deberes que le son propios.
11.4 La toma de posesión del candidato propuesto se realizará a partir del 1 de
octubre de 2025.
11.5 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse al menos
durante dos años antes de poder participar en un nuevo concurso a efectos de obtener
plaza en otra Universidad.
Norma final
12.1 Durante el desarrollo del concurso, la Comisión de selección resolverá las
dudas que pudieran en la aplicación de estas normas, así como la actuación que
proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a
lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
12.2 De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE núm. 294, de 6 de
diciembre de 2018), y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), los datos
facilitados por los aspirantes, pasarán a formar parte del fichero de Personal, cuya
finalidad es la gestión del personal de la Universidad de La Laguna, gestión de la
docencia e investigación, gestión de la participación del personal en los servicios y actos
universitarios, así como la gestión de la participación de los candidatos en los procesos
de selección. Siendo algunos de los servicios prestados por empresas externas, la
activación de los mismos (p.ej. el correo electrónico) puede requerir que el interesado
preste su consentimiento a condiciones adicionales sobre el uso de sus datos de
carácter personal; en todo caso la activación de dichos servicios y, por ende, la
cve: BOE-A-2025-16755
Verificable en https://www.boe.es
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