Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-16808)
Resolución de 10 de junio de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., ejercicio 2020.
58 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Miércoles 13 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 110153
Al inicio del periodo fiscalizado, el Patronato estuvo formado por diez miembros, al contar con solo
dos patronos de los designados por el Consejo de Ministros. Tras los ceses y nombramientos
acordados el 2 de julio de 2020 el Patronato pasó a estar formado por once patronos: los cuatro
patronos ex oficio, los cuatro designados por la familia Thyssen Bornemisza y tres designados por
el Consejo de Ministros. La vacante de este último grupo fue cubierta el 23 de noviembre de 2021.
La Fundación cuenta además con los siguientes órganos y cargos: a) el Consejo Asesor Artístico;
b) los Comités Ejecutivos, que actúan como comisiones delegadas de Patronos para finalidades
transitorias o permanentes; c) el Director gerente, que desempeña funciones económicas y
administrativas; y d) el Director artístico, encargado de la propuesta del Plan Museográfico y de la
conservación y cuidado de las obras de arte y demás bienes en posesión de la Fundación.
En el contrato de adquisición de la Colección Permanente, la Administración del Estado asumió el
compromiso de aportar los recursos necesarios para cubrir las diferencias que pudieran producirse
entre los ingresos de la FCTB y la totalidad de los gastos necesarios para el cumplimiento de sus
fines fundacionales, incluidos los asociados a la compra de la Colección.
El Museo Nacional Thyssen-Bornemisza forma parte de la Red de Museos de España, regulada en
el Real Decreto 1305/2009, de 31 de julio, y es beneficiario de la garantía del Estado por las obras
recibidas en préstamo, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 16/1985,
de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre,
sobre garantía del Estado para obras de interés cultural.
I.4. OBJETIVOS, ALCANCE Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN
De acuerdo con lo previsto en las Directrices Técnicas, se ha realizado una fiscalización integral de
la FCTB con los siguientes objetivos generales:
a) Comprobar que las cuentas anuales del ejercicio 2020 de la FCTB representan adecuadamente
la imagen fiel de su situación financiera y patrimonial, del resultado económico patrimonial y de la
ejecución del presupuesto, de conformidad con los principios y criterios contables y presupuestarios
de aplicación.
b) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias a que está sometida la
gestión económico-financiera de la Fundación.
d) Comprobar el grado de cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el Informe de
fiscalización de la FCTB referido al ejercicio 2013, así como de las contenidas en los de las dos
siguientes fiscalizaciones horizontales y que guarden relación con la FCTB: la de la gestión de su
patrimonio inmobiliario por diversas Fundaciones del sector público estatal, referida a los ejercicios
2014 y 20152, y la de la contratación de tres entidades, entre ellas la FCTB, referida a los ejercicios
2015 y 2016. También se ha analizado el grado de cumplimiento de las correspondientes
2
Este Informe no incluyó recomendaciones dirigidas expresamente a la FCTB, pero se han analizado en la presente
fiscalización los cambios en la gestión del patrimonio por la FCTB producidos desde la aprobación de aquel Informe, con
los resultados que se expondrán en el subepígrafe II.1.2.1.
cve: BOE-A-2025-16808
Verificable en https://www.boe.es
c) Evaluar los sistemas y procedimientos de gestión, en cuanto a su racionalidad económicofinanciera, su sometimiento a los principios de buena gestión y su adecuación para el cumplimiento
de las actividades asignadas a la Fundación.
Núm. 194
Miércoles 13 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 110153
Al inicio del periodo fiscalizado, el Patronato estuvo formado por diez miembros, al contar con solo
dos patronos de los designados por el Consejo de Ministros. Tras los ceses y nombramientos
acordados el 2 de julio de 2020 el Patronato pasó a estar formado por once patronos: los cuatro
patronos ex oficio, los cuatro designados por la familia Thyssen Bornemisza y tres designados por
el Consejo de Ministros. La vacante de este último grupo fue cubierta el 23 de noviembre de 2021.
La Fundación cuenta además con los siguientes órganos y cargos: a) el Consejo Asesor Artístico;
b) los Comités Ejecutivos, que actúan como comisiones delegadas de Patronos para finalidades
transitorias o permanentes; c) el Director gerente, que desempeña funciones económicas y
administrativas; y d) el Director artístico, encargado de la propuesta del Plan Museográfico y de la
conservación y cuidado de las obras de arte y demás bienes en posesión de la Fundación.
En el contrato de adquisición de la Colección Permanente, la Administración del Estado asumió el
compromiso de aportar los recursos necesarios para cubrir las diferencias que pudieran producirse
entre los ingresos de la FCTB y la totalidad de los gastos necesarios para el cumplimiento de sus
fines fundacionales, incluidos los asociados a la compra de la Colección.
El Museo Nacional Thyssen-Bornemisza forma parte de la Red de Museos de España, regulada en
el Real Decreto 1305/2009, de 31 de julio, y es beneficiario de la garantía del Estado por las obras
recibidas en préstamo, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 16/1985,
de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre,
sobre garantía del Estado para obras de interés cultural.
I.4. OBJETIVOS, ALCANCE Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN
De acuerdo con lo previsto en las Directrices Técnicas, se ha realizado una fiscalización integral de
la FCTB con los siguientes objetivos generales:
a) Comprobar que las cuentas anuales del ejercicio 2020 de la FCTB representan adecuadamente
la imagen fiel de su situación financiera y patrimonial, del resultado económico patrimonial y de la
ejecución del presupuesto, de conformidad con los principios y criterios contables y presupuestarios
de aplicación.
b) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias a que está sometida la
gestión económico-financiera de la Fundación.
d) Comprobar el grado de cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el Informe de
fiscalización de la FCTB referido al ejercicio 2013, así como de las contenidas en los de las dos
siguientes fiscalizaciones horizontales y que guarden relación con la FCTB: la de la gestión de su
patrimonio inmobiliario por diversas Fundaciones del sector público estatal, referida a los ejercicios
2014 y 20152, y la de la contratación de tres entidades, entre ellas la FCTB, referida a los ejercicios
2015 y 2016. También se ha analizado el grado de cumplimiento de las correspondientes
2
Este Informe no incluyó recomendaciones dirigidas expresamente a la FCTB, pero se han analizado en la presente
fiscalización los cambios en la gestión del patrimonio por la FCTB producidos desde la aprobación de aquel Informe, con
los resultados que se expondrán en el subepígrafe II.1.2.1.
cve: BOE-A-2025-16808
Verificable en https://www.boe.es
c) Evaluar los sistemas y procedimientos de gestión, en cuanto a su racionalidad económicofinanciera, su sometimiento a los principios de buena gestión y su adecuación para el cumplimiento
de las actividades asignadas a la Fundación.