Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-16808)
Resolución de 10 de junio de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Miércoles 13 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 110152
Público (LCSP), en todo aquello que resulte aplicable a los poderes adjudicadores que no sean
Administraciones públicas.
I.3.2. Fines fundacionales, organización y financiación
De acuerdo con sus Estatutos vigentes en el periodo fiscalizado, los fines fundacionales de la FCTB
son:
a) Adquirir la propiedad de la colección de pinturas expuesta en el Museo Nacional ThyssenBornemisza.
b) Albergar la Colección Permanente y exhibirla al público en el Museo.
c) El mantenimiento, conservación y promoción de la Colección Permanente.
d) El mantenimiento de la vocación internacional de la Colección Thyssen-Bornemisza, incluyendo
la adquisición o recepción en préstamo superior a un año de obras de arte que formen parte de
dicha Colección y sean complementarias con la Colección Permanente.
e) La recepción en préstamo temporal, por un plazo igual o inferior a un año, de obras de arte a fin
de exhibirlas públicamente en el Museo junto con la Colección Permanente.
f) El mantenimiento del Museo en condiciones adecuadas a la exhibición pública de la Colección
Permanente y a la consecución de los demás fines.
g) El cumplimiento de las obligaciones de la Fundación en los términos del contrato de adquisición
de la Colección Permanente.
Para el cumplimiento de dichos fines, la Fundación ejerce las siguientes actividades propias:
a) Albergar parte de la Colección Permanente, en solitario o junto con otras obras de arte, y exhibirla
en el Museo Nacional de Arte de Cataluña.
b) Organizar exposiciones periódicas de obras de arte y realizar exposiciones especiales de obras
de arte que complementen a la Colección Permanente.
c) Realizar otras actividades que puedan ser convenientes o necesarias para la conservación,
exposición y promoción de la Colección Permanente.
d) Realizar otras actividades complementarias de promoción, organización o celebración de actos
culturales, conferencias, publicación de libros, catálogos y otras publicaciones, concesión de ayudas
financieras o de becas o actividades similares compatibles.
Al Patronato de la FCTB le corresponde la representación, el gobierno, la administración y la
disposición del patrimonio de la Fundación. De acuerdo con lo dispuesto en sus Estatutos, está
integrado por un máximo de doce miembros: cuatro son designados por razón de su cargo (las
personas titulares del Ministerio de Cultura, de la Subsecretaría del mismo Ministerio, de la Dirección
General de Bellas Artes y Bienes Culturares y de la Secretaría de Estado de Hacienda y
Presupuestos), cuatro por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto y cuatro por la familia
Thyssen-Bornemisza. Los Estatutos disponen que ostenta la Presidencia del Patronato la persona
titular del Ministerio de Cultura y la Vicepresidencia vitalicia la baronesa Carmen ThyssenBornemisza.
cve: BOE-A-2025-16808
Verificable en https://www.boe.es
e) Explotar directamente, o mediante subcontratación, actividades relacionadas con la proyección
de películas, la venta en tienda o librerías, o los servicios de restaurante y cafetería que convenga
desarrollar en el Museo.
Núm. 194
Miércoles 13 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 110152
Público (LCSP), en todo aquello que resulte aplicable a los poderes adjudicadores que no sean
Administraciones públicas.
I.3.2. Fines fundacionales, organización y financiación
De acuerdo con sus Estatutos vigentes en el periodo fiscalizado, los fines fundacionales de la FCTB
son:
a) Adquirir la propiedad de la colección de pinturas expuesta en el Museo Nacional ThyssenBornemisza.
b) Albergar la Colección Permanente y exhibirla al público en el Museo.
c) El mantenimiento, conservación y promoción de la Colección Permanente.
d) El mantenimiento de la vocación internacional de la Colección Thyssen-Bornemisza, incluyendo
la adquisición o recepción en préstamo superior a un año de obras de arte que formen parte de
dicha Colección y sean complementarias con la Colección Permanente.
e) La recepción en préstamo temporal, por un plazo igual o inferior a un año, de obras de arte a fin
de exhibirlas públicamente en el Museo junto con la Colección Permanente.
f) El mantenimiento del Museo en condiciones adecuadas a la exhibición pública de la Colección
Permanente y a la consecución de los demás fines.
g) El cumplimiento de las obligaciones de la Fundación en los términos del contrato de adquisición
de la Colección Permanente.
Para el cumplimiento de dichos fines, la Fundación ejerce las siguientes actividades propias:
a) Albergar parte de la Colección Permanente, en solitario o junto con otras obras de arte, y exhibirla
en el Museo Nacional de Arte de Cataluña.
b) Organizar exposiciones periódicas de obras de arte y realizar exposiciones especiales de obras
de arte que complementen a la Colección Permanente.
c) Realizar otras actividades que puedan ser convenientes o necesarias para la conservación,
exposición y promoción de la Colección Permanente.
d) Realizar otras actividades complementarias de promoción, organización o celebración de actos
culturales, conferencias, publicación de libros, catálogos y otras publicaciones, concesión de ayudas
financieras o de becas o actividades similares compatibles.
Al Patronato de la FCTB le corresponde la representación, el gobierno, la administración y la
disposición del patrimonio de la Fundación. De acuerdo con lo dispuesto en sus Estatutos, está
integrado por un máximo de doce miembros: cuatro son designados por razón de su cargo (las
personas titulares del Ministerio de Cultura, de la Subsecretaría del mismo Ministerio, de la Dirección
General de Bellas Artes y Bienes Culturares y de la Secretaría de Estado de Hacienda y
Presupuestos), cuatro por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto y cuatro por la familia
Thyssen-Bornemisza. Los Estatutos disponen que ostenta la Presidencia del Patronato la persona
titular del Ministerio de Cultura y la Vicepresidencia vitalicia la baronesa Carmen ThyssenBornemisza.
cve: BOE-A-2025-16808
Verificable en https://www.boe.es
e) Explotar directamente, o mediante subcontratación, actividades relacionadas con la proyección
de películas, la venta en tienda o librerías, o los servicios de restaurante y cafetería que convenga
desarrollar en el Museo.