Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-16807)
Resolución de 10 de junio de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., ejercicio 2021.
113 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Miércoles 13 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 110041
contabilizar la participación de ICEX en COFIDES en la cuenta 2404 “Participaciones a largo plazo
en empresas asociadas” 1.
En el ejercicio fiscalizado se produjo un incremento muy relevante en los importes correspondientes
a las inversiones financieras, tanto a largo como a corto plazo, contabilizados por la Entidad. A pesar
de la significativa variación de los saldos de estas partidas, no se ha podido extraer de la información
contable facilitada una justificación o causa de la misma. El cuadro siguiente recoge los incrementos
registrados en estas partidas.
CUADRO N.º 3: VARIACIÓN EN LOS SALDOS DE INVERSIONES FINANCIERAS
(en euros)
Concepto
Otros activos financieros (Inversiones financieras a largo plazo)
Inversiones financieras a corto plazo
Valor contable en
2020
30.864
Valor contable en
2021
5.030.864
5.000.000
Fuente: Elaboración por el Tribunal de Cuentas
En el transcurso de esta fiscalización también se ha puesto de manifiesto que, en relación con el
inmovilizado material de la Entidad, no se ha actualizado la normativa interna y el procedimiento
contemplado sobre el inventario físico de los elementos que componen dicho inmovilizado (en vigor
desde el 30 de abril de 2003). Concretamente, los criterios de amortización establecidos en esta
normativa de 2003 han sufrido modificaciones desde entonces que no han sido trasladadas al
régimen aplicable previsto en la normativa interna para este cálculo2.
En cuanto a los errores e incorrecciones contables detectadas en el Balance de 2021, se puede
destacar, en el activo del Balance, la contabilización duplicada de diversos saldos en la cuenta de
deudores de dudoso cobro de la Entidad y el mantenimiento en esta cuenta del saldo de un deudor
ya declarado como incobrable, todo ello por importe de 3.147 euros; y se han detectado saldos
duplicados en la cuenta “Provisión de cuotas de IVA ferias 2014-2016” y que la provisión se ha
revertido por 2.830 euros menos de lo que correspondería. En lo que respecta a las cuentas de
pasivo, se ha contabilizado en la cuenta “Proveedores, moneda extranjera” un saldo deudor, en
lugar de acreedor, por un importe de 13.156 euros (de acuerdo con el principio de no compensación,
este saldo debería haberse contabilizado como saldo deudor en el activo).
II.1.3. Ingresos y gastos
1
La Entidad señala en sus alegaciones que esta circunstancia se ha corregido en las cuentas correspondientes al ejercicio
2022.
2 La Entidad señala en sus alegaciones que la nueva normativa y el procedimiento de inventario fueron aprobados por la
Consejera delegada, el 28 de diciembre de 2022.
cve: BOE-A-2025-16807
Verificable en https://www.boe.es
La cuenta 678 “Sanciones, multas y recargos” reflejaba un saldo a final del ejercicio 2021 de
19.687,10 euros. Aunque este saldo no resultaba excesivamente significativo en ese momento, el
análisis de los importes registrados en ejercicios anteriores permite apreciar una cierta recurrencia
en abonos de sanciones y recargos, de naturaleza principalmente tributaria, por parte de ICEX, que
ascendieron en algún ejercicio previo a importes relevantes. Se ha comprobado que los datos
relativos a un porcentaje significativo de facturas recibidas, en las que sería aplicable el mecanismo
de la inversión del sujeto pasivo en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), se consignaron
extemporáneamente en liquidaciones de IVA de periodos posteriores a los del devengo. Los datos
Núm. 194
Miércoles 13 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 110041
contabilizar la participación de ICEX en COFIDES en la cuenta 2404 “Participaciones a largo plazo
en empresas asociadas” 1.
En el ejercicio fiscalizado se produjo un incremento muy relevante en los importes correspondientes
a las inversiones financieras, tanto a largo como a corto plazo, contabilizados por la Entidad. A pesar
de la significativa variación de los saldos de estas partidas, no se ha podido extraer de la información
contable facilitada una justificación o causa de la misma. El cuadro siguiente recoge los incrementos
registrados en estas partidas.
CUADRO N.º 3: VARIACIÓN EN LOS SALDOS DE INVERSIONES FINANCIERAS
(en euros)
Concepto
Otros activos financieros (Inversiones financieras a largo plazo)
Inversiones financieras a corto plazo
Valor contable en
2020
30.864
Valor contable en
2021
5.030.864
5.000.000
Fuente: Elaboración por el Tribunal de Cuentas
En el transcurso de esta fiscalización también se ha puesto de manifiesto que, en relación con el
inmovilizado material de la Entidad, no se ha actualizado la normativa interna y el procedimiento
contemplado sobre el inventario físico de los elementos que componen dicho inmovilizado (en vigor
desde el 30 de abril de 2003). Concretamente, los criterios de amortización establecidos en esta
normativa de 2003 han sufrido modificaciones desde entonces que no han sido trasladadas al
régimen aplicable previsto en la normativa interna para este cálculo2.
En cuanto a los errores e incorrecciones contables detectadas en el Balance de 2021, se puede
destacar, en el activo del Balance, la contabilización duplicada de diversos saldos en la cuenta de
deudores de dudoso cobro de la Entidad y el mantenimiento en esta cuenta del saldo de un deudor
ya declarado como incobrable, todo ello por importe de 3.147 euros; y se han detectado saldos
duplicados en la cuenta “Provisión de cuotas de IVA ferias 2014-2016” y que la provisión se ha
revertido por 2.830 euros menos de lo que correspondería. En lo que respecta a las cuentas de
pasivo, se ha contabilizado en la cuenta “Proveedores, moneda extranjera” un saldo deudor, en
lugar de acreedor, por un importe de 13.156 euros (de acuerdo con el principio de no compensación,
este saldo debería haberse contabilizado como saldo deudor en el activo).
II.1.3. Ingresos y gastos
1
La Entidad señala en sus alegaciones que esta circunstancia se ha corregido en las cuentas correspondientes al ejercicio
2022.
2 La Entidad señala en sus alegaciones que la nueva normativa y el procedimiento de inventario fueron aprobados por la
Consejera delegada, el 28 de diciembre de 2022.
cve: BOE-A-2025-16807
Verificable en https://www.boe.es
La cuenta 678 “Sanciones, multas y recargos” reflejaba un saldo a final del ejercicio 2021 de
19.687,10 euros. Aunque este saldo no resultaba excesivamente significativo en ese momento, el
análisis de los importes registrados en ejercicios anteriores permite apreciar una cierta recurrencia
en abonos de sanciones y recargos, de naturaleza principalmente tributaria, por parte de ICEX, que
ascendieron en algún ejercicio previo a importes relevantes. Se ha comprobado que los datos
relativos a un porcentaje significativo de facturas recibidas, en las que sería aplicable el mecanismo
de la inversión del sujeto pasivo en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), se consignaron
extemporáneamente en liquidaciones de IVA de periodos posteriores a los del devengo. Los datos