Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-16810)
Resolución de 10 de junio de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y sus centros asociados, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Miércoles 13 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 110318
Por otra parte, el régimen de convenios de la UNED con los centros asociados se encontraba
regulado por el Real Decreto 1317/1995, de 21 de julio.
Según se estableció en la disposición adicional única de la Orden HAC/874/2018, de 30 de julio,
por la que se modifica la Orden HAP/1724/2015, que regula la elaboración de la Cuenta General
del Estado, la UNED debía formular cuentas anuales consolidadas a partir del ejercicio 2018,
integrando en las mismas las cuentas anuales de los centros asociados. Se daba cumplimiento, con
ello, a una de las recomendaciones contenidas en el Informe de fiscalización de la UNED referido
al ejercicio 2012. A su vez, los centros asociados se encuentran obligados a la rendición de sus
cuentas al Tribunal a través de la IGAE, con los criterios establecidos por la Resolución aprobada
por esta en fecha 10 de octubre de 2018, en virtud de la que se aprueba la adaptación del PGCP a
los centros asociados de la UNED, aplicable, asimismo, a partir de las cuentas anuales del ejercicio
2018.
Por otro lado, la UNED tiene una participación minoritaria en varias entidades mercantiles: SIGMA
Gestión Universitaria, AIE (1 % de participación), SEPRODETI, SL (15 %), JÓVENES Inventores,
SL (20 %), SEMANTIA LAB, SL (21 %), SOIREM RESEARCH, SL (25 %), UNIVERSIA ESPAÑA
Red de Universidades, SA (0,4 %) y DECISUPPORT AI, SL (15 %).
I.4.4. Funciones, organización y financiación de los centros asociados
El órgano de gobierno de los centros asociados con forma jurídica de consorcios universitarios es
la Junta Rectora, formada por representantes de la UNED y del resto de instituciones que participan
en el respectivo consorcio, siendo su máximo representante el Presidente, elegido por sus
miembros.
Las principales funciones de la Junta Rectora, definidas en los estatutos de cada centro asociado,
son las siguientes:
a) Proponer la modificación de los Estatutos que rijan el funcionamiento del consorcio que, en todo
caso, deberá ser aprobada por todas las instituciones consorciadas.
b) Aprobar la incorporación de nuevas entidades.
c) Proponer a la UNED la creación de Aulas que, en cualquier caso, deberán ser autorizadas por
ella.
d) Acordar la implantación en el centro de nuevas enseñanzas regladas y no regladas, conforme
a lo que se dispone en la legislación vigente, aprobando el gasto necesario a incluir en el
presupuesto para la implantación de las nuevas enseñanzas regladas.
e) Conceder subvenciones a otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, así como
ayudas o becas a estudiantes, en el ámbito de sus objetivos.
f)
Aprobar el presupuesto anual y su liquidación, los estados de cuentas y la memoria anual,
remitiéndolo a la UNED junto con el inventario existente al cierre del ejercicio.
h) Adquirir, disponer, administrar y enajenar los bienes y derechos del centro asociado siempre
que no supongan alteración de la voluntad y fines fundacionales.
i)
Aprobar los derechos o ingresos de cualquier clase procedentes de las actividades del centro
asociado, de acuerdo con las normas de la UNED.
cve: BOE-A-2025-16810
Verificable en https://www.boe.es
g) Aprobar los gastos extraordinarios y la aportación con la que contribuirá cada ente consorciado
que, como principio general, se distribuirá en función de las posibilidades de cada uno; ello sin
perjuicio de la ratificación que en su caso sea procedente.
Núm. 194
Miércoles 13 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 110318
Por otra parte, el régimen de convenios de la UNED con los centros asociados se encontraba
regulado por el Real Decreto 1317/1995, de 21 de julio.
Según se estableció en la disposición adicional única de la Orden HAC/874/2018, de 30 de julio,
por la que se modifica la Orden HAP/1724/2015, que regula la elaboración de la Cuenta General
del Estado, la UNED debía formular cuentas anuales consolidadas a partir del ejercicio 2018,
integrando en las mismas las cuentas anuales de los centros asociados. Se daba cumplimiento, con
ello, a una de las recomendaciones contenidas en el Informe de fiscalización de la UNED referido
al ejercicio 2012. A su vez, los centros asociados se encuentran obligados a la rendición de sus
cuentas al Tribunal a través de la IGAE, con los criterios establecidos por la Resolución aprobada
por esta en fecha 10 de octubre de 2018, en virtud de la que se aprueba la adaptación del PGCP a
los centros asociados de la UNED, aplicable, asimismo, a partir de las cuentas anuales del ejercicio
2018.
Por otro lado, la UNED tiene una participación minoritaria en varias entidades mercantiles: SIGMA
Gestión Universitaria, AIE (1 % de participación), SEPRODETI, SL (15 %), JÓVENES Inventores,
SL (20 %), SEMANTIA LAB, SL (21 %), SOIREM RESEARCH, SL (25 %), UNIVERSIA ESPAÑA
Red de Universidades, SA (0,4 %) y DECISUPPORT AI, SL (15 %).
I.4.4. Funciones, organización y financiación de los centros asociados
El órgano de gobierno de los centros asociados con forma jurídica de consorcios universitarios es
la Junta Rectora, formada por representantes de la UNED y del resto de instituciones que participan
en el respectivo consorcio, siendo su máximo representante el Presidente, elegido por sus
miembros.
Las principales funciones de la Junta Rectora, definidas en los estatutos de cada centro asociado,
son las siguientes:
a) Proponer la modificación de los Estatutos que rijan el funcionamiento del consorcio que, en todo
caso, deberá ser aprobada por todas las instituciones consorciadas.
b) Aprobar la incorporación de nuevas entidades.
c) Proponer a la UNED la creación de Aulas que, en cualquier caso, deberán ser autorizadas por
ella.
d) Acordar la implantación en el centro de nuevas enseñanzas regladas y no regladas, conforme
a lo que se dispone en la legislación vigente, aprobando el gasto necesario a incluir en el
presupuesto para la implantación de las nuevas enseñanzas regladas.
e) Conceder subvenciones a otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, así como
ayudas o becas a estudiantes, en el ámbito de sus objetivos.
f)
Aprobar el presupuesto anual y su liquidación, los estados de cuentas y la memoria anual,
remitiéndolo a la UNED junto con el inventario existente al cierre del ejercicio.
h) Adquirir, disponer, administrar y enajenar los bienes y derechos del centro asociado siempre
que no supongan alteración de la voluntad y fines fundacionales.
i)
Aprobar los derechos o ingresos de cualquier clase procedentes de las actividades del centro
asociado, de acuerdo con las normas de la UNED.
cve: BOE-A-2025-16810
Verificable en https://www.boe.es
g) Aprobar los gastos extraordinarios y la aportación con la que contribuirá cada ente consorciado
que, como principio general, se distribuirá en función de las posibilidades de cada uno; ello sin
perjuicio de la ratificación que en su caso sea procedente.