Comunidad Autónoma de Cataluña. I. Disposiciones generales. Municipios. (BOE-A-2025-16832)
Ley 7/2025, de 30 de julio, de cambio de adscripción comarcal y veguerial del municipio de Aiguafreda.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195

Jueves 14 de agosto de 2025

Sec. I. Pág. 110751

se cumple lo dispuesto por el artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de organización
comarcal de Cataluña.
El Departamento de la Presidencia sometió la propuesta de cambio de adscripción
comarcal del municipio de Aiguafreda a información pública y solicitó el informe a los
ayuntamientos afectados y a los consejos comarcales de El Vallès Oriental y de Osona.
La Comisión de Delimitación Territorial, en la sesión de 18 de enero de 2024, emitió
informe favorable sobre el expediente de cambio de adscripción comarcal del municipio
de Aiguafreda. Por su parte, la Comisión Jurídica Asesora, reunida el 25 de abril
de 2024, aprobó el Dictamen sobre la modificación de la adscripción comarcal de
Aiguafreda a la comarca de Osona, en que se concluye que en la memoria se justifican
suficientemente los motivos y la oportunidad del cambio comarcal y se informa
favorablemente sobre el expediente, dado que se han respetado las exigencias
procedimentales y concurren los requisitos materiales necesarios legalmente.
El artículo 5 del texto refundido de la Ley de organización comarcal de Cataluña
determina que cualquier modificación de las demarcaciones comarcales debe realizarse
por ley, excepto si se trata de modificaciones que afectan a partes de los términos
municipales y son consecuencia de la modificación de los límites de los correspondientes
términos municipales.
Artículo 1.

Objeto.

El objeto de la presente ley es el cambio de adscripción comarcal y veguerial del
municipio de Aiguafreda.
Artículo 2.

Cambio de adscripción comarcal y veguerial.

1. El municipio de Aiguafreda se segrega de la comarca de El Vallès Oriental y se
agrega a la comarca de Osona.
2. El municipio de Aiguafreda, como consecuencia del cambio de adscripción de la
comarca de El Vallés Oriental a la de Osona, pasa a formar parte de la veguería de la
Catalunya Central.
Artículo 3. Modificaciones comarcales y vegueriales.
1. Las comarcas de El Vallès Oriental y de Osona quedan modificadas de acuerdo
con el cambio de adscripción comarcal del municipio de Aiguafreda establecido por la
presente ley.
2. Las veguerías de Barcelona y de la Catalunya Central quedan modificadas de
acuerdo con el cambio de adscripción comarcal del municipio de Aiguafreda establecido
por la presente ley.
Disposición adicional primera.

División patrimonial.

El Gobierno debe fijar la distribución de los bienes, derechos, obligaciones, usos
públicos, aprovechamientos, cargas y personal entre los consejos comarcales de El
Vallès Oriental y de Osona, previa audiencia de estos consejos comarcales.
Empleados públicos.

Los empleados públicos del Consejo Comarcal de El Vallès Oriental que sean
traspasados al Consejo Comarcal de Osona se integran en este como personal propio,
con la misma vinculación.
Disposición adicional tercera.

Adscripción sanitaria.

El cambio de adscripción comarcal y veguerial del municipio de Aiguafreda no altera
la organización del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña ni la

cve: BOE-A-2025-16832
Verificable en https://www.boe.es

Disposición adicional segunda.