Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Documentación administrativa. (BOE-A-2025-16889)
Resolución de 11 de junio de 2025, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se autoriza la eliminación de documentación perteneciente al Patrimonio Documental, parte integrante del Patrimonio Histórico Español, al amparo del artículo 48 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195
Jueves 14 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 111467
ANEXO
Calendario de conservación de series documentales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
Dictamen CSCDA
115/2022
Clasificación/serie documental
Registro de entrada y salida de documentos (1889 – […]).
Selección
Regla conservación
Transferencia
Plazo retención (años)
Muestra a conservar
Regla
Plazo (años)
Archivo receptor
Acceso
ET.
Asientos registrales de los Registros internos, para control administrativo interno de
las diferentes Unidades.
A los 5 años (salvo excepciones*).
–
No aplica
–
–
–
ET.
Justificantes/recibos de presentación/salida o de transmisión, y reparto a la Unidad
destinataria, así como notificaciones a los interesados.
A los 5 años.
–
No aplica
–
–
PR
Dictamen CSCDA
52/2021
Clasificación/serie documental
Expedientes económicos de gasto. Gastos corrientes […].
Selección
Regla conservación
EP.
Albaranes justificativos de entrega a correos de la documentación enviada.
Transferencia
Plazo retención (años)
A partir de los 10 años, eliminación total.
Muestra a conservar
1 expediente por año
Regla
Plazo (años)
Archivo receptor
–
–
–
Acceso
L
cve: BOE-A-2025-16889
Verificable en https://www.boe.es
* Excepciones: se podrán considerar excepciones a efectos de aplicación del dictamen, cuya conservación deberá considerarse en cada caso:
– Registros internos, para control administrativo interno de las diferentes Unidades, en caso de fondos de archivo perdidos total o parcialmente.
En caso de fondos total o parcialmente perdidos, los registros internos pueden aportar un valor recapitulativo igual que el registro general.
– Duplicados del registro de entrada/salida formados por las Secretarías de Unidades tramitadoras a partir de originales o minutas.
Se trata de originales (o minutas con valor de original) pertenecientes a múltiples trámites.
Criterios generales para la valoración de los documentos de la Administración General del Estado. (Documento aprobado por la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, en sesión de 27 de noviembre de 2003.): 1.3 «Los
documentos de archivo insuficientemente identificados no pueden valorarse adecuadamente».
Estas colecciones que duplican el registro son una práctica desaconsejada (Recomendaciones para la gestión de documentos en materia de registro electrónico de entrada y salida de la Administración General del Estado).
Estas excepciones no afectan al tipo de documentos seleccionados y propuestos para eliminación en la presente resolución.
Núm. 195
Jueves 14 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 111467
ANEXO
Calendario de conservación de series documentales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
Dictamen CSCDA
115/2022
Clasificación/serie documental
Registro de entrada y salida de documentos (1889 – […]).
Selección
Regla conservación
Transferencia
Plazo retención (años)
Muestra a conservar
Regla
Plazo (años)
Archivo receptor
Acceso
ET.
Asientos registrales de los Registros internos, para control administrativo interno de
las diferentes Unidades.
A los 5 años (salvo excepciones*).
–
No aplica
–
–
–
ET.
Justificantes/recibos de presentación/salida o de transmisión, y reparto a la Unidad
destinataria, así como notificaciones a los interesados.
A los 5 años.
–
No aplica
–
–
PR
Dictamen CSCDA
52/2021
Clasificación/serie documental
Expedientes económicos de gasto. Gastos corrientes […].
Selección
Regla conservación
EP.
Albaranes justificativos de entrega a correos de la documentación enviada.
Transferencia
Plazo retención (años)
A partir de los 10 años, eliminación total.
Muestra a conservar
1 expediente por año
Regla
Plazo (años)
Archivo receptor
–
–
–
Acceso
L
cve: BOE-A-2025-16889
Verificable en https://www.boe.es
* Excepciones: se podrán considerar excepciones a efectos de aplicación del dictamen, cuya conservación deberá considerarse en cada caso:
– Registros internos, para control administrativo interno de las diferentes Unidades, en caso de fondos de archivo perdidos total o parcialmente.
En caso de fondos total o parcialmente perdidos, los registros internos pueden aportar un valor recapitulativo igual que el registro general.
– Duplicados del registro de entrada/salida formados por las Secretarías de Unidades tramitadoras a partir de originales o minutas.
Se trata de originales (o minutas con valor de original) pertenecientes a múltiples trámites.
Criterios generales para la valoración de los documentos de la Administración General del Estado. (Documento aprobado por la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, en sesión de 27 de noviembre de 2003.): 1.3 «Los
documentos de archivo insuficientemente identificados no pueden valorarse adecuadamente».
Estas colecciones que duplican el registro son una práctica desaconsejada (Recomendaciones para la gestión de documentos en materia de registro electrónico de entrada y salida de la Administración General del Estado).
Estas excepciones no afectan al tipo de documentos seleccionados y propuestos para eliminación en la presente resolución.