Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-16947)
Resolución de 24 de junio de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las medidas de ahorro y eficiencia energética en el ámbito local.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 197
Sábado 16 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 112146
I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO
El Pleno del Tribunal de Cuentas (TCu), en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo
3.a) de su Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento, aprobó, en sesión de 20 de diciembre de
2023, el Programa de Fiscalizaciones para el año 2024, en el que figura, entre las programadas a
iniciativa propia, la Fiscalización de las medidas de ahorro y eficiencia energética en el ámbito local.
Asimismo, el Pleno acordó el 29 de junio de 2023, a propuesta del Consejero ponente, el inicio de
este procedimiento fiscalizador, conforme a lo establecido en el artículo 3.b) de la Ley 7/1988, de 5
de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Esta actuación fiscalizadora fue incluida en el Programa de Fiscalizaciones correspondiente al
ejercicio 2023, por lo que se enmarca en el Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas y de la
Planificación a medio plazo de la actividad fiscalizadora del Tribunal de Cuentas, aprobada mediante
Acuerdo del Pleno de 28 de julio de 2022 y modificada el 28 de septiembre de 2023. En el gráfico 1
se indican las medidas y los objetivos específicos del citado Plan Estratégico en las que se encuadra
la actuación fiscalizadora.
GRÁFICO 1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL PLAN ESTRATÉGICO
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.2: Fomentar buenas prácticas de organización
•
•
Medida (M 1): Desarrollar fiscalizaciones en las que se determinen las irregularidades y deficiencias
detectadas en la organización, gestión y control de las entidades públicas fiscalizadas, así como los
progresos y buenas prácticas de gestión observadas.
M 3: Fiscalizar actuaciones económico-financieras de relevancia y actualidad
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.3: identificar y fiscalizar las principales áreas de riesgo.
•
M 4: Reforzar la coordinación con los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas
(OCEX) acerca de los criterios de elaboración de los programas anuales de fiscalización en lo relativo a
las Entidades Locales y Comunidades Autónoma.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.4: Incrementar las fiscalizaciones operativas
•
•
M 2: Incrementar las fiscalizaciones operativas que contribuyan al buen gobierno y a orientar la toma de
decisiones en la gestión de la actividad económico-financiera pública y la ejecución de los programas de
ingresos y gastos.
M 4: Impulsar la realización de fiscalizaciones medioambientales
•
•
M 1: Intercambiar información con los OCEX sobre la programación anual de fiscalización, teniendo en
cuenta sus informes para la planificación y ejecución de la actividad fiscalizadora del Tribunal.
M 3: Impulsar la coordinación y colaboración con los OCEX en el ejercicio de actuaciones fiscalizadoras y
en el establecimiento de criterios, herramientas y técnicas comunes de fiscalización
Fuente: Elaboración propia.
cve: BOE-A-2025-16947
Verificable en https://www.boe.es
OBJETIVO ESPECÍFICO 2.2: Reforzar la cooperación y la coordinación del sistema de control
externo
Núm. 197
Sábado 16 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 112146
I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO
El Pleno del Tribunal de Cuentas (TCu), en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo
3.a) de su Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento, aprobó, en sesión de 20 de diciembre de
2023, el Programa de Fiscalizaciones para el año 2024, en el que figura, entre las programadas a
iniciativa propia, la Fiscalización de las medidas de ahorro y eficiencia energética en el ámbito local.
Asimismo, el Pleno acordó el 29 de junio de 2023, a propuesta del Consejero ponente, el inicio de
este procedimiento fiscalizador, conforme a lo establecido en el artículo 3.b) de la Ley 7/1988, de 5
de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Esta actuación fiscalizadora fue incluida en el Programa de Fiscalizaciones correspondiente al
ejercicio 2023, por lo que se enmarca en el Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas y de la
Planificación a medio plazo de la actividad fiscalizadora del Tribunal de Cuentas, aprobada mediante
Acuerdo del Pleno de 28 de julio de 2022 y modificada el 28 de septiembre de 2023. En el gráfico 1
se indican las medidas y los objetivos específicos del citado Plan Estratégico en las que se encuadra
la actuación fiscalizadora.
GRÁFICO 1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL PLAN ESTRATÉGICO
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.2: Fomentar buenas prácticas de organización
•
•
Medida (M 1): Desarrollar fiscalizaciones en las que se determinen las irregularidades y deficiencias
detectadas en la organización, gestión y control de las entidades públicas fiscalizadas, así como los
progresos y buenas prácticas de gestión observadas.
M 3: Fiscalizar actuaciones económico-financieras de relevancia y actualidad
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.3: identificar y fiscalizar las principales áreas de riesgo.
•
M 4: Reforzar la coordinación con los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas
(OCEX) acerca de los criterios de elaboración de los programas anuales de fiscalización en lo relativo a
las Entidades Locales y Comunidades Autónoma.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.4: Incrementar las fiscalizaciones operativas
•
•
M 2: Incrementar las fiscalizaciones operativas que contribuyan al buen gobierno y a orientar la toma de
decisiones en la gestión de la actividad económico-financiera pública y la ejecución de los programas de
ingresos y gastos.
M 4: Impulsar la realización de fiscalizaciones medioambientales
•
•
M 1: Intercambiar información con los OCEX sobre la programación anual de fiscalización, teniendo en
cuenta sus informes para la planificación y ejecución de la actividad fiscalizadora del Tribunal.
M 3: Impulsar la coordinación y colaboración con los OCEX en el ejercicio de actuaciones fiscalizadoras y
en el establecimiento de criterios, herramientas y técnicas comunes de fiscalización
Fuente: Elaboración propia.
cve: BOE-A-2025-16947
Verificable en https://www.boe.es
OBJETIVO ESPECÍFICO 2.2: Reforzar la cooperación y la coordinación del sistema de control
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