Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16953)
Resolución de 8 de agosto de 2025, del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se publica el Convenio con el Comité Nacional de Secretarios de Hacienda, Finanzas, Ingresos o Tributación de los Estados y del Distrito Federal, de la República Federativa de Brasil, para la financiación de actividades relacionadas con la XI edición del Máster Universitario Oficial en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria, en el curso 2025/2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 16 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 112278

protección de datos) Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), los alumnos
y formadores darán su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales
identificativos y financieros con el fin de que se ejecute lo contenido en el objeto del
convenio. Los alumnos y formadores deberán prestar su consentimiento informado,
expreso y por escrito para la difusión de grabaciones que contengan su imagen y/o voz.
Los alumnos y formadores podrán ejercer los derechos que les reconoce el RGPD ante
cualquiera de las partes.
Los interesados, alumnos y profesores serán informados de sus derechos,
contemplados en los artículos 13 y 14 del RGPD.
d) De acuerdo con el artículo 6.1.e) del RGPD, la base de legitimación para la
obtención de los datos reside en la necesidad del tratamiento de los datos para el
cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes
públicos conferidos al responsable del tratamiento.
El IEF está legitimado tanto por el artículo 51 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre,
de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, por el que se crea, como por el
Real Decreto 63/2001, de 26 de enero (BOE de 27 de enero), por el que se aprueba el
Estatuto del organismo autónomo, entre cuyas funciones se encuentra la cooperación y
coordinación con otros centros, universidades, etc., en materia de estudios e
investigación.
El COMSEFAZ se crea mediante el Protocolo de Cooperación Técnica de 28 de
septiembre de 2012, publicado en el Diario Oficial de 8 de octubre de 2012, sección 1,
página 32. Es una asociación civil sin fines de lucro, con personalidad jurídica de
derecho privado, cuyo objeto es fortalecer las relaciones entre sí y con otras entidades
federativas, así como la acción conjunta en asuntos de interés para la mayoría de sus
asociados.
e) El tratamiento de datos personales incluirá la recogida, comunicación, registro,
estructuración, modificación, conservación, extracción, consulta, comunicación por
transmisión, cotejo, limitación, supresión, destrucción y conservación.
f) En el caso de que se produzcan incidentes de seguridad que afecten a los
sistemas objeto de este convenio, las partes se comprometen a informarse mutuamente
con la máxima celeridad posible con objeto de identificar si el incidente es susceptible de
comunicación a la Autoridad de Control (la Agencia Española de Protección de Datos) y
a las personas concernidas sin sobrepasar el límite de setenta y dos horas según
establece el RGPD en su artículo 33. A su vez, las partes se comprometen a colaborar
para resolver el incidente y poner los medios para que no se vuelvan a producir
incidentes similares. La Agencia dispone de un apartado en su sede electrónica para
realizar la notificación, en el siguiente enlace:
https://sedeaepd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/infoSede/nbs/
guiadoBrechasNotificacion.jsf
g) Las partes fijarán interlocutores relativos a la seguridad de la información y a la
protección de datos personales, que se encargarán de comunicar y coordinar el
tratamiento de los posibles incidentes de seguridad que se produzcan.
h) Durante la vigencia del convenio, cuando para el ejercicio de la función
educativa, cuyo fundamento se basa en el artículo 6.1.e) del RGPD, fuese necesaria la
grabación y retrasmisión de las sesiones de cursos o seminarios, esta se realizará
utilizando las herramientas oficiales de una de las partes e informará a las demás de
dicha circunstancia.
i) Los responsables del tratamiento se comprometen a:
i. Tratar confidencialmente los datos personales obtenidos durante la ejecución del
presente contrato convenio y mantener el deber de secreto, poniéndolos a disposición
únicamente de las personas autorizadas necesarias para el fiel cumplimiento del mismo,
durante la vigencia del convenio y los eliminarán una vez finalizado su tratamiento, de
conformidad con los plazos legales, salvo obligación legal de conservación.

cve: BOE-A-2025-16953
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Núm. 197