Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-16956)
Resolución de 8 de agosto de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas curriculares en la Intervención General de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 197
Sábado 16 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 112300
En función de lo anterior:
1. La Universidad Complutense de Madrid tiene interés en el desarrollo de un
Programa de Cooperación Educativa a través del cual se canaliza el interés de
participación de empresas y Administraciones Públicas.
2. Tal es el caso de la IGSS, que asume como finalidad de las prácticas logros tales
como:
a) Contribuir a la formación integral de los estudiantes complementando su
aprendizaje teórico y práctico.
b) Facilitar el conocimiento y metodología de trabajo adecuados a la realidad
profesional en que los estudiantes habrán de operar, contrastando y aplicando los
conocimientos adquiridos.
c) Favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y
participativas.
d) Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de
trabajo y mejore su empleabilidad futura.
e) Favorecer los valores de innovación, la creatividad y el emprendimiento.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre la IGSS y la
Universidad para determinar las condiciones en las que los estudiantes matriculados en
la asignatura de prácticas académicas de estudios oficiales de grado o máster que
imparte la Universidad realicen prácticas de formación curriculares, de manera no
remunerada, en la IGSS, que conduzcan a completar sus estudios universitarios.
Segunda.
Obligaciones de la Universidad Complutense de Madrid.
La Universidad Complutense de Madrid impartirá las enseñanzas oficiales de los
grados y estudios de máster en áreas económicas o jurídicas entre otras, según su Plan
de Estudios vigente. A tal fin, dedicará el personal docente necesario, desarrollará la
estructura organizativa que el programa exige, y designará al profesor/a que haya de
atender a los estudiantes incorporados a él, a modo de tutor académico.
Obligaciones de la IGSS.
La IGSS recibirá a los estudiantes durante el curso académico por periodos de hasta
seis meses, responsabilizándose de su formación durante esos períodos y designando
un responsable que actuará como tutor de los alumnos a ella confiados. Dicho tutor será
un funcionario del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de
la Seguridad Social, con experiencia profesional y conocimientos necesarios para
realizar una tutela efectiva y será interlocutor con el estudiante, el tutor académico y la
unidad de prácticas externas. Dicha labor será reconocida por la Universidad
Complutense de Madrid según lo previsto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
El tutor designado por la IGSS fijará el plan de trabajo del estudiante, le orientará en
sus dudas y dificultades y evaluará la estancia de éste, cooperando con el tutor
académico en la redacción del informe final a la Universidad.
cve: BOE-A-2025-16956
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 197
Sábado 16 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 112300
En función de lo anterior:
1. La Universidad Complutense de Madrid tiene interés en el desarrollo de un
Programa de Cooperación Educativa a través del cual se canaliza el interés de
participación de empresas y Administraciones Públicas.
2. Tal es el caso de la IGSS, que asume como finalidad de las prácticas logros tales
como:
a) Contribuir a la formación integral de los estudiantes complementando su
aprendizaje teórico y práctico.
b) Facilitar el conocimiento y metodología de trabajo adecuados a la realidad
profesional en que los estudiantes habrán de operar, contrastando y aplicando los
conocimientos adquiridos.
c) Favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y
participativas.
d) Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de
trabajo y mejore su empleabilidad futura.
e) Favorecer los valores de innovación, la creatividad y el emprendimiento.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre la IGSS y la
Universidad para determinar las condiciones en las que los estudiantes matriculados en
la asignatura de prácticas académicas de estudios oficiales de grado o máster que
imparte la Universidad realicen prácticas de formación curriculares, de manera no
remunerada, en la IGSS, que conduzcan a completar sus estudios universitarios.
Segunda.
Obligaciones de la Universidad Complutense de Madrid.
La Universidad Complutense de Madrid impartirá las enseñanzas oficiales de los
grados y estudios de máster en áreas económicas o jurídicas entre otras, según su Plan
de Estudios vigente. A tal fin, dedicará el personal docente necesario, desarrollará la
estructura organizativa que el programa exige, y designará al profesor/a que haya de
atender a los estudiantes incorporados a él, a modo de tutor académico.
Obligaciones de la IGSS.
La IGSS recibirá a los estudiantes durante el curso académico por periodos de hasta
seis meses, responsabilizándose de su formación durante esos períodos y designando
un responsable que actuará como tutor de los alumnos a ella confiados. Dicho tutor será
un funcionario del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de
la Seguridad Social, con experiencia profesional y conocimientos necesarios para
realizar una tutela efectiva y será interlocutor con el estudiante, el tutor académico y la
unidad de prácticas externas. Dicha labor será reconocida por la Universidad
Complutense de Madrid según lo previsto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
El tutor designado por la IGSS fijará el plan de trabajo del estudiante, le orientará en
sus dudas y dificultades y evaluará la estancia de éste, cooperando con el tutor
académico en la redacción del informe final a la Universidad.
cve: BOE-A-2025-16956
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.