Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Servicios mínimos. (BOE-A-2025-17000)
Orden TED/927/2025, de 11 de agosto, por la que se establecen los servicios mínimos durante la huelga de los trabajadores de Avincis Aviation España, SAU, adjudicataria de contratos de servicios de extinción de incendios forestales .
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 198

Lunes 18 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 112879

julio, las aéreas quemadas aumentaron en España de manera significativa. Dicha
tendencia de incremento de superficie afectada se prevé continuar al menos en línea con
la media registrada en EFFIS y en la EGIF para las próximas semanas, pudiéndose ver
intensificada con la intensidad y duración de las olas de calor o situaciones sinópticas
vinculadas.
Con carácter añadido, debe tenerse en cuenta que más del 90 % de los incendios
forestales están relacionados con causas humanas, teniendo aproximadamente el 50 %
un carácter intencionado, lo cual aporta un grado de impredecibilidad a la ocurrencia de
estos.
Pues bien, tomando todos estos factores como referencia, debe tenerse en cuenta
que los helicópteros de los lotes 1 y 4 se utilizan para el transporte de las Brigadas de
Refuerzo en Incendios Forestales del MITECO, las cuales pueden acceder a las zonas
inaccesibles de los incendios para los medios terrestres, o bien en un tiempo mucho
menor, garantizando una actuación rápida, fundamental en la extinción. En cuanto al
Lote 8, se trata de un helicóptero semipesado, sin transporte de brigadas, previsto para
el apoyo a los dispositivos regionales en situaciones de alta intensidad de incendios
forestales.
Estos medios aéreos, por tanto, son indispensables para garantizar un servicio
uniforme y cohesionado en todo el territorio nacional, servicio que podría verse
gravemente comprometido si se prescindiese de alguno de ellos durante los meses que,
en principio, y a la vista de la información trasladada, son indudablemente los más
críticos en lo que a incendios forestales se refiere.
En este contexto, y en virtud de las observaciones y predicciones meteorológicas y
estadísticas citadas anteriormente, se considera imprescindible que, durante el mes de
septiembre, todo el personal asociado a la operatividad y mantenimiento de los medios
aéreos de apoyo a las CC.AA. en la extinción de incendios forestales derivado de los
contratos suscritos con Avincis y referidos a lo largo de esta orden ministerial, deba ser
nombrado en servicios mínimos, puesto que las funciones que tiene encomendadas ese
personal son imprescindibles para la prestación de dicho servicio, pudiendo quedar el
mismo inoperativo si no se atienden estos servicios mínimos.
Transcurrido ese periodo, y teniendo en cuenta la evolución de las condiciones
meteorológicas, predicciones estacionales y siniestralidad por incendios forestales, se
procederá a fijar los servicios mínimos para el periodo de huelga comprendido entre el 1
de octubre y el 31 de diciembre.
En virtud de lo anterior, dispongo:
Primero.

a) Entre las 00:01 horas de 1 de septiembre y las 23:59 del 30 de septiembre,
Avincis garantizará la totalidad de las tareas de mantenimiento necesarias para asegurar
la aeronavegabilidad y operatividad diaria de los helicópteros que prestan servicio
durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre y el 30 de septiembre de 2025,
así como la atención de las averías y otras incidencias que surjan durante la operación.
b) Entre 00:01 horas de 1 de septiembre y las 23:59 del 30 de septiembre, Avincis
garantizará la presencia en base, durante las horas establecidas en el pliego de
contratación, de la totalidad de la tripulación necesaria para la operación de los
helicópteros.
Segundo.
Se difiere la fijación de los servicios mínimos para el periodo comprendido entre
las 00:00 horas del 1 de octubre y las 23:59 horas del día 31 de diciembre de 2025 al

cve: BOE-A-2025-17000
Verificable en https://www.boe.es

Se declaran como servicios mínimos durante la huelga convocada por SLTA para el
periodo comprendido entre el día 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025, los
siguientes: