Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-17016)
Resolución de 30 de julio de 2025, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión Universitaria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 19 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 112975
Diplomas de Español como Lengua Extranjera. La prueba se calificará de apto/a o no
apto/a, siendo necesaria la valoración de apto/a para pasar a realizar las pruebas de la
fase de oposición.
Están eximidos/as de la realización de esta prueba quienes presenten con la solicitud
copia electrónica del Diploma de Español como Lengua Extranjera, nivel B2 o C2,
establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, actualmente vigente, o del
Certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de
Idiomas o Título de Licenciado en Filología Hispánica o Románica u otros Títulos
homologados, así como los/as aspirantes de nacionalidad distinta a la española en cuyos
países sea el castellano lengua oficial o co-oficial, o que hayan obtenido en España un
título universitario. Asimismo, estarán eximidas de realizar la citada prueba aquellas
personas aspirantes que acrediten haber superado dicha prueba en los últimos cinco
años al amparo de otras convocatorias para el ingreso en la Administración Pública.
2. Requisitos de las personas candidatas
Para ser admitidas al presente proceso selectivo, las personas aspirantes deberán
poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener
hasta el momento de la toma de posesión como funcionario/a de carrera, los siguientes
requisitos de participación:
2.1 Nacionalidad: Podrán participar quienes cumplan alguno de los siguientes
requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Los/as nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
c) El/la cónyuge de los/as españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no
estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los/as de su cónyuge siempre
que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha
edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
2.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y, en su caso, no exceder de la edad
máxima de jubilación.
2.3 Titulación: Estar en posesión del Título de Grado, Diplomado Universitario,
Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico u oficialmente equivalente o tener cumplidas las
condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considerará equivalente al título de Diplomado
Universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito
no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento
de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de
las Disposiciones de Derecho Comunitario.
En su caso, para acreditar la posesión de un título universitario oficial, se tendrá en
consideración lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de
agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
2.4 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
propias de las plazas convocadas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida
el ejercicio de éstas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad
reconocida por el órgano competente deberán acreditar la compatibilidad de sus
limitaciones en la actividad con las funciones de las plazas a las que aspiran.
cve: BOE-A-2025-17016
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 199
Martes 19 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 112975
Diplomas de Español como Lengua Extranjera. La prueba se calificará de apto/a o no
apto/a, siendo necesaria la valoración de apto/a para pasar a realizar las pruebas de la
fase de oposición.
Están eximidos/as de la realización de esta prueba quienes presenten con la solicitud
copia electrónica del Diploma de Español como Lengua Extranjera, nivel B2 o C2,
establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, actualmente vigente, o del
Certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de
Idiomas o Título de Licenciado en Filología Hispánica o Románica u otros Títulos
homologados, así como los/as aspirantes de nacionalidad distinta a la española en cuyos
países sea el castellano lengua oficial o co-oficial, o que hayan obtenido en España un
título universitario. Asimismo, estarán eximidas de realizar la citada prueba aquellas
personas aspirantes que acrediten haber superado dicha prueba en los últimos cinco
años al amparo de otras convocatorias para el ingreso en la Administración Pública.
2. Requisitos de las personas candidatas
Para ser admitidas al presente proceso selectivo, las personas aspirantes deberán
poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener
hasta el momento de la toma de posesión como funcionario/a de carrera, los siguientes
requisitos de participación:
2.1 Nacionalidad: Podrán participar quienes cumplan alguno de los siguientes
requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Los/as nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
c) El/la cónyuge de los/as españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no
estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los/as de su cónyuge siempre
que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha
edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
2.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y, en su caso, no exceder de la edad
máxima de jubilación.
2.3 Titulación: Estar en posesión del Título de Grado, Diplomado Universitario,
Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico u oficialmente equivalente o tener cumplidas las
condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considerará equivalente al título de Diplomado
Universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito
no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento
de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de
las Disposiciones de Derecho Comunitario.
En su caso, para acreditar la posesión de un título universitario oficial, se tendrá en
consideración lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de
agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
2.4 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
propias de las plazas convocadas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida
el ejercicio de éstas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad
reconocida por el órgano competente deberán acreditar la compatibilidad de sus
limitaciones en la actividad con las funciones de las plazas a las que aspiran.
cve: BOE-A-2025-17016
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 199