Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-29928)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Almería, por la que se acuerda la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto parque solar fotovoltaico "PSFV TABERNAS 2", sito en el término municipal de Lucainena de las Torres (Almería).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 199
Martes 19 de agosto de 2025
Sec. V-B. Pág. 47109
DOMICILIO SOCIAL: Avenida del Brillante 32, 14012 Córdoba.
FINALIDAD: Producción de energía eléctrica fotovoltaica (Grupo b.1.1 del R.D.
413/2014)
CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES:
• Denominación: PSFV TABERNAS 2
• Términos Municipales: Lucainena de Las Torres (Almería).
• Punto de conexión: En posición de la subestación Tabernas gestionada por
R.E.E. a 400 kV
• Capacidad de acceso a la red de distribución: 42 MW
• Potencia Instalada: 47,09 MW
1. Instalación generadora solar fotovoltaica. (PERE 1664)
• Emplazamiento: T.M. de Lucainena de las Torres (Almería)
• Núm. de módulos fotovoltaicos: 88.200
• Potencia pico de módulo/total potencia pico: 590 W/52.038 Kwp.
• Tecnología de seguimiento: Seguidor a 1 eje N/S seguimiento Este-Oeste.
• Número de inversores/potencia nominal total: 10 de 4.709 kVA/47,09 MW,
limitada a 42 MW.
• Centros de transformación (5): Conjunto prefabricado bajo envolvente
metálica.
• Relación de transformación: 0,66/30 kV, 5 de 9.418 kVA – Dy11-y11.
• Potencia total en transformación: 47,09 MVA.
2. Red interna de media tensión entre centros de transformación.
• Tensión nominal: 30 kV.
• Num. de circuitos: 3.
• Origen: En celdas de línea de cada C.T. haciendo E/S según configuración.
• Final: En celdas de línea de subestación elevadora.
• Conductores: RHZ1 18/30 kV de secciónes de 150/240/400 mm2.
• Instalación: Directamente enterrados.
Segundo.- La Declaración en concreto de la Utilidad Pública de la instalación, a
los efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de
los bienes y o de adquisición de los derechos afectados (Anexo I) e implicará la
urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de
cve: BOE-B-2025-29928
Verificable en https://www.boe.es
• Longitud (km): LMT 1: 5,080, LMT 2: 2,153, LMT 3: 1,013
Núm. 199
Martes 19 de agosto de 2025
Sec. V-B. Pág. 47109
DOMICILIO SOCIAL: Avenida del Brillante 32, 14012 Córdoba.
FINALIDAD: Producción de energía eléctrica fotovoltaica (Grupo b.1.1 del R.D.
413/2014)
CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES:
• Denominación: PSFV TABERNAS 2
• Términos Municipales: Lucainena de Las Torres (Almería).
• Punto de conexión: En posición de la subestación Tabernas gestionada por
R.E.E. a 400 kV
• Capacidad de acceso a la red de distribución: 42 MW
• Potencia Instalada: 47,09 MW
1. Instalación generadora solar fotovoltaica. (PERE 1664)
• Emplazamiento: T.M. de Lucainena de las Torres (Almería)
• Núm. de módulos fotovoltaicos: 88.200
• Potencia pico de módulo/total potencia pico: 590 W/52.038 Kwp.
• Tecnología de seguimiento: Seguidor a 1 eje N/S seguimiento Este-Oeste.
• Número de inversores/potencia nominal total: 10 de 4.709 kVA/47,09 MW,
limitada a 42 MW.
• Centros de transformación (5): Conjunto prefabricado bajo envolvente
metálica.
• Relación de transformación: 0,66/30 kV, 5 de 9.418 kVA – Dy11-y11.
• Potencia total en transformación: 47,09 MVA.
2. Red interna de media tensión entre centros de transformación.
• Tensión nominal: 30 kV.
• Num. de circuitos: 3.
• Origen: En celdas de línea de cada C.T. haciendo E/S según configuración.
• Final: En celdas de línea de subestación elevadora.
• Conductores: RHZ1 18/30 kV de secciónes de 150/240/400 mm2.
• Instalación: Directamente enterrados.
Segundo.- La Declaración en concreto de la Utilidad Pública de la instalación, a
los efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de
los bienes y o de adquisición de los derechos afectados (Anexo I) e implicará la
urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de
cve: BOE-B-2025-29928
Verificable en https://www.boe.es
• Longitud (km): LMT 1: 5,080, LMT 2: 2,153, LMT 3: 1,013