Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-17050)
Resolución de 11 de agosto de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos Cerámicos, para la ejecución de una campaña de promoción internacional del sector cerámico para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 200
Miércoles 20 de agosto de 2025
Mercado
Sec. III. Pág. 113470
% Aportación ICEX % Aportación ASCER
Estados Unidos.
65
35
Francia.
35
65
Italia.
35
65
Reino Unido.
35
65
Rusia.
65
35
La aportación máxima de ASCER para esta campaña asciende a cuatrocientos
once mil novecientos veinticuatro euros con noventa y dos céntimos
(411.924,92 €).
La aportación máxima de ICEX para esta campaña asciende a trescientos
cincuenta y ocho mil ochocientos diecinueve euros con ochenta y dos céntimos
(358.819,82 €).
La aportación de ASCER se ingresará mediante transferencia bancaria en la
cuenta designada al efecto por ICEX para atender los gastos asociados al
desarrollo del objeto del Convenio dentro de los treinta (30) días siguientes a la
fecha en la que este Convenio adquiera eficacia.
En el caso de que existan sobrantes o cantidades sin gastar, éstas serán
repartidas entre las partes, en función del porcentaje de contribución a los
gastos».
Tercera.
Mantenimiento del resto del clausulado del Convenio.
En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente adenda será de
aplicación el Convenio suscrito por las partes con fecha 5 de febrero de 2025.
Cuarta.
Eficacia.
La presente adenda se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una
vez inscrita, en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
(REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado»
(BOE) en el plazo de (10) diez días hábiles desde su formalización.
cve: BOE-A-2025-17050
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman la presente adenda en el lugar y fecha indicados en el encabezado,
tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último
firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera Delegada,
Elisa Carbonell Martín.–Por la Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y
Pavimentos Cerámicos, el Secretario General, José Alberto Echavarría García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 200
Miércoles 20 de agosto de 2025
Mercado
Sec. III. Pág. 113470
% Aportación ICEX % Aportación ASCER
Estados Unidos.
65
35
Francia.
35
65
Italia.
35
65
Reino Unido.
35
65
Rusia.
65
35
La aportación máxima de ASCER para esta campaña asciende a cuatrocientos
once mil novecientos veinticuatro euros con noventa y dos céntimos
(411.924,92 €).
La aportación máxima de ICEX para esta campaña asciende a trescientos
cincuenta y ocho mil ochocientos diecinueve euros con ochenta y dos céntimos
(358.819,82 €).
La aportación de ASCER se ingresará mediante transferencia bancaria en la
cuenta designada al efecto por ICEX para atender los gastos asociados al
desarrollo del objeto del Convenio dentro de los treinta (30) días siguientes a la
fecha en la que este Convenio adquiera eficacia.
En el caso de que existan sobrantes o cantidades sin gastar, éstas serán
repartidas entre las partes, en función del porcentaje de contribución a los
gastos».
Tercera.
Mantenimiento del resto del clausulado del Convenio.
En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente adenda será de
aplicación el Convenio suscrito por las partes con fecha 5 de febrero de 2025.
Cuarta.
Eficacia.
La presente adenda se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una
vez inscrita, en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
(REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado»
(BOE) en el plazo de (10) diez días hábiles desde su formalización.
cve: BOE-A-2025-17050
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman la presente adenda en el lugar y fecha indicados en el encabezado,
tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último
firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera Delegada,
Elisa Carbonell Martín.–Por la Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y
Pavimentos Cerámicos, el Secretario General, José Alberto Echavarría García.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X