Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-17047)
Resolución de 18 de agosto de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial de modificación del XVII Convenio colectivo de Empresa de Transformación Agraria, SA (TRAGSA).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 200

Miércoles 20 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 113399

de cara a la profesionalización, aun considerándose un gran inconveniente en cuanto a
la conciliación de la vida personal y familiar.
Se mantienen puestos no operativos dentro del Servicio que permitan mejorar la
respuesta ante las emergencias por incendios forestales, realizando funciones auxiliares
y de apoyo, dotando al dispositivo de mayor autonomía y operatividad en las actuaciones
en incendios forestales.
En definitiva, el presente documento nace como una necesidad de adaptación de los
sistemas de trabajo existentes con el fin de adecuarlos y dar respuesta a la evolución del
colectivo y de sus actividades, así como de responder adecuadamente a los nuevos
retos y necesidades que suponen la nueva generación de incendios forestales.
A tenor de lo anterior, con la regulación del presente anexo VII del XVII Convenio
colectivo de Tragsa, se pretende, precisamente, dar cobertura a todas las circunstancias
expuestas adecuando las condiciones laborales de las personas trabajadoras a los
requerimientos del Servicio del que es titular el MITECO. En ese sentido, se incorpora
atender las solicitudes que recibe de distintas administraciones y de colectivos
profesionales y/o sociales que reclaman la capacidad de actuación de las BRIF en
emergencias ambientales y en el medio rural con carácter excepcional y puntual. A su
vez, cumplir con los compromisos asumidos por España en el ámbito internacional,
también de manera puntual, a emergencias de incendios forestales. Se establece el
mecanismo para prestar mayor operatividad en campaña de extinción, permitiendo cubrir
de forma inmediata la emergencia, en base al nuevo articulado de del turno de especial
disponibilidad con unidades que de otra forma no estarían operativas por estar fuera de
turno y medidas tendentes a la mejora de la conciliación.
El presente anexo para su vigencia, está sometido al cumplimiento de las
condiciones impuestas a Tragsa por ser una sociedad mercantil pública estatal,
quedando por lo tanto todo lo acordado sujeto a la normativa específica en materia de
negociación colectiva, gasto de personal y régimen de autorizaciones establecido en la
normativa presupuestaria y de aplicación al sector público.
ÍNDICE
Capítulo I.

Regulación de cuestiones generales, de gestión y organización.

Artículo 1.
Artículo 2.
Artículo 3.
Artículo 4.
Artículo 5.
Artículo 6.

Ámbito funcional y personal.
Ámbito Territorial.
Vigencia y duración.
Condición más beneficiosa y Compensación y Absorción.
Modalidades de contratación.
Sistema de Organización del Trabajo.

A.1)
A.2)
B)
B.1)
B.2)
B.3)
B.4)

Campaña de Extinción de Incendios Forestales. Regulación de la jornada.
Personal operativo.
Personal no operativo.
Campaña de Prevención de Incendios Forestales.
Regulación de la jornada.
Sistema de Disponibilidad: Disponibilidad y Disponibilidad Activada.
Asistencia a Incendios Forestales en Campaña de Prevención.
Asistencia a quemas controladas.

C) Asistencia contingencias en el Mundo Rural y Natural.
D) Horas Extra.
Artículo 7. Disfrute de días durante la campaña de extinción.
Artículo 8. Vacaciones y días de libre disposición.

cve: BOE-A-2025-17047
Verificable en https://www.boe.es

A)