Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061589)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Plasencia, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025

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seguridad que se deben aplicar con objeto de garantizar la confidencialidad, disponibilidad,
integridad, autenticidad y trazabilidad de la información. Es obligación del encargado del
tratamiento el conocimiento, cumplimiento e implantación de aquellas medidas de seguridad establecidas en el Marco Normativo que, con base en la naturaleza de los servicios
prestados, sea de aplicación. El responsable se reserva el derecho de exigir al encargado la
aplicación de las medidas de seguridad adicionales cuando los requisitos de seguridad de
la información aplicables al servicio así lo requieran.
El encargado del tratamiento deberá concienciar y formar a su personal en materia de seguridad de la información, y en particular aquellos aspectos de la Política de Seguridad de
la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y su Marco Normativo de desarrollo
que sean de aplicación en base a la naturaleza de los servicios prestados.
Los trabajadores del encargado, por su parte, deben tener siempre presentes durante el
desempeño de sus funciones los principios de la ética, la profesionalidad, la confidencialidad y la responsabilidad.
De forma general, todo el personal del encargado que acceda a información de la Consejería
de Presidencia, Interior y Diálogo Social deberá cumplir con las siguientes normas:
• Acceder exclusivamente a los sistemas de información mediante el acceso y los medios
autorizados.
• Proteger la confidencialidad de la información de toda revelación no autorizada.
• Proteger la integridad de la información del responsable del tratamiento a la que tenga
acceso.
• Proteger la información y los sistemas de información de cualquier alteración no
autorizada.
• Todos los empleados del encargado deben hacerse responsables de la custodia personal
de las credenciales que tienen asignadas para el acceso a los recursos de los sistemas de
información del responsable. Estas credenciales nunca pueden ser facilitadas a terceras
personas, sean o no empleados del encargado, y los propietarios de las mismas deben
ser únicos responsables del uso que se haga de ellas.
Además, el encargado debe poner en marcha medidas de control para garantizar la supervisión de las actuaciones para sus trabajadores.