Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025061666)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo entre la empresa Urbaser, SA, y el personal adscrito al servicio RSU de la Mancomunidad Zona Centro de Cáceres (Miajadas).
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NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025

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permiso le haya sido retirado por conducir bajo influencia de bebidas alcohólicas, sustancias
estupefacientes o cualquier tipo de drogas en cuyo caso no tendrá ninguna obligación de
ofrecerle otro puesto de trabajo.
Así mismo, los 30 primeros días de privación del carné de conducir se podan compensar con
el periodo vacacional.
Artículo 28. Subrogación del personal y derechos adquiridos.
Al objeto de contribuir y garantizar el principio de estabilidad en el empleo, la absorción del
personal entre quienes se sucedan, mediante cualquiera de las modalidades de contratación
de gestión de servicio públicos, contratos de arrendamiento de servicios o de otro tipo, se
llevara a cabo en los términos indicados en la legislación laboral vigente en cada momento,
así como, en el capítulo XI del Convenio colectivo general del sector de saneamiento público,
limpieza viaria, riegos, recogida, tratamiento y eliminación de residuos, limpieza y conservación de alcantarillado (BOE 25 de octubre de 2024, núm. 258).
En todos los supuestos de finalización, pérdida, rescisión, cesión o rescate de una contrata,
así como respecto a cualquier otra figura o modalidad que suponga la sustitución entre entidades, personas físicas o jurídicas que lleven a cabo la actividad en que se trate, los trabajadores de la empresa saliente pasarán a adscribirse a la nueva empresa, sociedad u organismo
o entidad pública, que vaya a realizar el servicio, respetando ésta los derechos y obligaciones
que disfruten en la empresa sustituida, así como el puesto de trabajo donde cada uno de los
trabajadores venía prestando sus servicios.
Artículo 29. Prendas de trabajo.
La empresa proporcionará a sus trabajadores dos equipos completos, uno de invierno y otro
de verano, más un traje de agua.
En caso de que las prendas de trabajo se deterioraran por alguna causa no imputable al trabajador, se le entregarían otras prendas para reponer las deterioradas, previa justificación.
Artículo 30. Contrataciones.
El ingreso al trabajo se realizará en todo caso con cualquiera de las modalidades de contratación reguladas en la legislación laboral vigente en el momento de efectuarse.
Artículo 31. Promoción y ascensos.
En lo referente al régimen de promoción y ascensos se estará a lo dispuesto en el artículo 28
del Convenio colectivo general del sector de saneamiento público, limpieza viaria, riegos, recogida, tratamiento y eliminación de residuos, limpieza y conservación de alcantarillado (BOE
25 de octubre de 2024, núm. 258).