Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2025061693)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a la producción de largometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025

23067

c) La empresa solicitante debe estar inscrita como tal en la sección primera del Registro
Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA (Instituto de
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales), a fecha de presentación de la solicitud.
d) Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos:


— Estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.



— No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



— Disponer de sucursal u oficina permanente en el territorio nacional español.

e) C
 uando los solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de
la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la
morosidad en las operaciones comerciales, no podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en
la citada ley.
Esta circunstancia se acreditará por parte de las sociedades que, de acuerdo con la
normativa contable, puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, de
conformidad con lo previsto en el artículo 26 del Reglamento de esta ley. Para las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de
pérdidas y ganancias abreviada se establece la necesidad de acreditar el cumplimiento
de los plazos legales de pago mediante certificación, emitida por auditor inscrito en el
Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que atenderá al plazo efectivo de los pagos de
la empresa cliente con independencia de cualquier financiación para el cobro anticipado
de la empresa proveedora.
Cuarto. Requisitos de los proyectos.
1. L
 os proyectos audiovisuales deberán reunir los siguientes requisitos:
— Como consecuencia del establecimiento de las subvenciones como cuantías fijas individualizadas, el presupuesto inicial de los proyectos presentados tendrá que respetar
como mínimo las limitaciones porcentuales establecidas de acuerdo con la intensidad
máxima de las ayudas establecidas en el resuelve décimo de la presente convocatoria,
con objeto de que el porcentaje de ayuda concedida no supere los citados límites respecto al presupuesto presentado.