Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2025061734)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, por la que se aprueban los nuevos Estatutos de la Federación Extremeña de Piragüismo, aprobados en Asamblea General Extraordinaria Federativa de 15 de julio de 2024, su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 83
Viernes 2 de mayo de 2025
24161
2. F
ormarán parte de la Junta Directiva:
— La persona encargada de la Presidencia.
— La persona encargada de la Secretaría General.
— La persona encargada de la Vicepresidencia.
— 7 personas Vocales.
3. Aquellas personas Miembros de la Junta Directiva que no tengan la condición de Asambleístas pueden asistir a las sesiones de la Asamblea General con derecho a voz, pero sin
voto. Artículo 22º. Suspensión del nombramiento de las personas miembros.
La suspensión del nombramiento de las personas miembros de la Junta Directiva se producirá por las causas siguientes:
Por solicitud de la persona interesada, cuando concurran las circunstancias que lo justifiquen y así lo apruebe la persona que ostenta la Presidencia.
Por resolución del órgano disciplinario competente.
Artículo 22º. Suspensión del nombramiento de las personas miembros.
La suspensión del nombramiento de las personas miembros de la Junta Directiva se producirá
por las causas siguientes:
a) Por solicitud de la persona interesada, cuando concurran las circunstancias que lo justifiquen y así lo apruebe la persona que ostenta la Presidencia.
b) Por resolución del órgano disciplinario competente.
Artículo 23°. Cese de las personas miembros.
1. El cese de las personas miembros de la Junta Directiva se producirá por las siguientes
causas:
a) Por decisión de la persona que ostenta la Presidencia.
b) Por cese de la persona que ostenta la Presidencia.
c) Por la pérdida de cualquiera de los requisitos o condiciones necesarios para ser personas
elegidas.
Viernes 2 de mayo de 2025
24161
2. F
ormarán parte de la Junta Directiva:
— La persona encargada de la Presidencia.
— La persona encargada de la Secretaría General.
— La persona encargada de la Vicepresidencia.
— 7 personas Vocales.
3. Aquellas personas Miembros de la Junta Directiva que no tengan la condición de Asambleístas pueden asistir a las sesiones de la Asamblea General con derecho a voz, pero sin
voto. Artículo 22º. Suspensión del nombramiento de las personas miembros.
La suspensión del nombramiento de las personas miembros de la Junta Directiva se producirá por las causas siguientes:
Por solicitud de la persona interesada, cuando concurran las circunstancias que lo justifiquen y así lo apruebe la persona que ostenta la Presidencia.
Por resolución del órgano disciplinario competente.
Artículo 22º. Suspensión del nombramiento de las personas miembros.
La suspensión del nombramiento de las personas miembros de la Junta Directiva se producirá
por las causas siguientes:
a) Por solicitud de la persona interesada, cuando concurran las circunstancias que lo justifiquen y así lo apruebe la persona que ostenta la Presidencia.
b) Por resolución del órgano disciplinario competente.
Artículo 23°. Cese de las personas miembros.
1. El cese de las personas miembros de la Junta Directiva se producirá por las siguientes
causas:
a) Por decisión de la persona que ostenta la Presidencia.
b) Por cese de la persona que ostenta la Presidencia.
c) Por la pérdida de cualquiera de los requisitos o condiciones necesarios para ser personas
elegidas.