Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2025061734)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, por la que se aprueban los nuevos Estatutos de la Federación Extremeña de Piragüismo, aprobados en Asamblea General Extraordinaria Federativa de 15 de julio de 2024, su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 83

24156

Viernes 2 de mayo de 2025

TÍTULO II
Estructura orgánica
CAPÍTULO I
Organos de gobierno y administracion
Artículo 12 °. Denominación.
Son Órganos de Gobierno y Administración de la Federación Extremeña de Piragüismo: La
Asamblea General, la Presidencia, la Secretaria General y la Junta Directiva.
SECCIÓN 1.ª: LA ASAMBLEA GENERAL
Artículo 13 °. La Asamblea General.
1. L
 a Asamblea General es el Órgano Supremo de Gobierno de esta Federación y está integrada por todas las Entidades Deportivas, las personas Deportistas, Técnicos y Jueces - Árbitros o por sus representantes de acuerdo con los criterios de proporcionalidad establecidos
en el Decreto 214/2003 de 26 de diciembre.
2. L
 a Asamblea General contará con 20 personas miembros elegidas cada cuatro años, coincidiendo con el año que corresponda la celebración de los Juegos Olímpicos de verano
mediante sufragio libre, igual, directo y secreto por y entre las personas componentes de
cada Estamento de acuerdo con las directrices contenidas en el Reglamento Electoral.
Artículo 14°. Sesiones.
1. L
 a Asamblea General se reunirá preceptivamente en sesión ordinaria una vez al año para
decidir sobre cualquier cuestión de su competencia y como mínimo para tratar las siguientes cuestiones:
a) Aprobar el programa de actividades.
b) Aprobar el presupuesto del ejercicio corriente.
c) Aprobar la convocatoria de elecciones para la Asamblea General y la Presidencia.
d) Otorgar, previa autorización de la Consejería competente en materia de deporte, la
calificación oficial de actividades y competiciones deportivas.
e) F
 ijar la cuantía de las cuotas de afiliación, así como el coste de las licencias anuales.