Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025061743)
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de almazara, cuya promotora es la Sociedad Cooperativa Limitada de Hornachos, en el término municipal de Hornachos.
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NÚMERO 84
Lunes 5 de mayo de 2025

24409

— Paisaje. El impacto sobre el paisaje será mínimo teniendo en cuenta que se trata de una
zona urbana industrial. Por lo tanto, se trata de una zona antropizada.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica. Los posibles impactos que se generarán durante la fase de funcionamiento, teniendo en cuenta el tamaño de la caldera, las
características constructivas de la nave y el sistema de iluminación elegido, se prevé
que estos impactos no afectarán de forma significativa.
— Patrimonio Arqueológico y dominio público. Al objeto de protección del patrimonio arqueológico no detectado, se prevé que, con la adopción de la medida establecida en el
informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, éste no
se verá afectado por la ejecución del proyecto.
— Consumo de recursos y cambio climático. Dadas las características del proyecto en
cuanto a la actividad a desarrollar y tamaño del mismo, no se prevén efectos significativos en cuanto al uso de recursos naturales (suelo, agua) ni sobre el cambio climático.
— Medio socioeconómico. El impacto socioeconómico de la ejecución del proyecto es positivo por la generación de empleo y de la actividad económica. Esto contribuirá a fijar
población en el entorno de la instalación, que en Extremadura tiene una importancia
vital. En cuanto a la actividad económica se verá beneficiada por la recaudación de impuestos (Impuesto sobre los Bienes Inmuebles, Impuesto sobre la Actividad Económica,
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras).
— Sinergias y efectos acumulativos. Del análisis efectuado al proyecto, no se prevé que
pudieran surgir sinergias de los impactos ambientales provocados por la actividad objeto del proyecto con otras actividades desarrolladas en el entorno del mismo. Se considera que el principal efecto acumulativo se produciría en el hecho de tener el promotor
del proyecto varias balsas de evaporación en una misma zona.
— Vulnerabilidad del proyecto. El promotor incluye el apartado “Análisis de vulnerabilidad
ambiental ante riesgos de accidentes graves o catástrofes” en el documento ambiental,
de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se
modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. En él realiza un
análisis de la vulnerabilidad del proyecto frente a fenómenos sísmicos, derrumbamientos y deslizamientos de tierra, inundación, vientos, riesgo volcánico, vertido accidental
y explosión/incendios, concluyendo que las posibilidades de que ocurran graves accidentes o catástrofes, teniendo en cuenta la naturaleza del proyecto y su ubicación, son
bastantes reducidas.