Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2025061804)
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas a la producción de largometrajes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 86
Miércoles 7 de mayo de 2025
25022
— Una copia del largometraje realizado en archivo digital HD MP4 (códec H264), en
versión original.
—
Sinopsis.
— Biofilmografía del director/a.
— Cartel de la película para un tamaño de 70x100 cm.
— 4 fotos en alta resolución de la película (300 dpi).
— 5 fotos del rodaje a 300 dpi.
— 1 foto del director a 300 dpi.
— Otros materiales promocionales disponibles en formato digital.
Las copias y documentación mencionadas en este apartado serán depositadas específicamente en la sede de la Filmoteca de Extremadura y, a partir de ese momento,
se entenderán a nombre y propiedad de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes de la Junta de Extremadura.
La Filmoteca de Extremadura emitirá un certificado sobre el depósito realizado que será
incorporado al expediente.
e) Autorización expresa de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la
Junta de Extremadura para:
e.1) Exhibir el tráiler con fines exclusivamente publicitarios y/o culturales en los medios
que dicha Consejería decida y por tiempo indefinido.
e.2) Exhibir la producción en circuitos exclusivamente culturales no comerciales en los
medios que dicha Consejería decida y por tiempo indefinido, siempre con posterioridad
a los dos años desde su estreno comercial. En todo caso, y para estos fines, la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura podrá realizar
cuantas copias considere precisas.
En todo caso, la empresa productora podrá manifestar su oposición o condicionar el
ejercicio de este derecho cuando considere de forma razonable que con ello se podría
perjudicar la explotación de la misma.
f) Declaración responsable del beneficiario de la ayuda, expresando el compromiso de
entregar en un plazo de dieciocho meses desde la fecha de finalización del plazo de justificación:
Miércoles 7 de mayo de 2025
25022
— Una copia del largometraje realizado en archivo digital HD MP4 (códec H264), en
versión original.
—
Sinopsis.
— Biofilmografía del director/a.
— Cartel de la película para un tamaño de 70x100 cm.
— 4 fotos en alta resolución de la película (300 dpi).
— 5 fotos del rodaje a 300 dpi.
— 1 foto del director a 300 dpi.
— Otros materiales promocionales disponibles en formato digital.
Las copias y documentación mencionadas en este apartado serán depositadas específicamente en la sede de la Filmoteca de Extremadura y, a partir de ese momento,
se entenderán a nombre y propiedad de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes de la Junta de Extremadura.
La Filmoteca de Extremadura emitirá un certificado sobre el depósito realizado que será
incorporado al expediente.
e) Autorización expresa de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la
Junta de Extremadura para:
e.1) Exhibir el tráiler con fines exclusivamente publicitarios y/o culturales en los medios
que dicha Consejería decida y por tiempo indefinido.
e.2) Exhibir la producción en circuitos exclusivamente culturales no comerciales en los
medios que dicha Consejería decida y por tiempo indefinido, siempre con posterioridad
a los dos años desde su estreno comercial. En todo caso, y para estos fines, la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura podrá realizar
cuantas copias considere precisas.
En todo caso, la empresa productora podrá manifestar su oposición o condicionar el
ejercicio de este derecho cuando considere de forma razonable que con ello se podría
perjudicar la explotación de la misma.
f) Declaración responsable del beneficiario de la ayuda, expresando el compromiso de
entregar en un plazo de dieciocho meses desde la fecha de finalización del plazo de justificación: